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Documento BOE-A-1992-16969

Real Decreto 472/1992, de 8 de mayo, por el que se homologa el título de Diplomado en Informática de la Escuela Universitaria de Informática «Tomás Cerdá», de Santa Coloma de Gramanet, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 1992, páginas 24996 a 24996 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1992-16969
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1992/05/08/472

TEXTO ORIGINAL

Aprobado el plan de estudios que conduce a la expedición del título de Diplomado en Informática de la Escuela Universitaria de Informática <Tomás Cerdá>, de Santa Coloma de Gramanet, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona por la Comunidad Autónoma de Cataluña, procede la homologación de dicho título de acuerdo con lo que establece el artículo 58.4 y 5, de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios, y demás normas dictadas en su desarrollo.

Teniendo en cuenta que el Centro se encuentra adscrito a una Universidad pública, que el referido plan de estudios es análogo al homologado para la Escuela Universitaria de Informática de Sabadell, por acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades de 6 de octubre de 1988, y que los Reales Decretos 1460/1990 y 1461/1990, de 26 de octubre, por los que se establecen los títulos universitarios oficiales de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión e Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, y las directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtención de aquéllos, señalan un plazo de tres años para que las Universidades que vengan impartiendo enseñanzas objeto de regulación por dichas directrices se ajusten a ellas, procede homologar el título de Diplomado en Informática de la Escuela Universitaria a que se refiere el párrafo anterior, con la obligación de su adaptación a las previsiones de los Reales Decretos 1460/1990 y/o 1461/1990, antes citados, en el plazo señalado.

En su virtud, oído el Consejo de Universidades, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de mayo de 1992,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se homologa el título de Diplomado en Informática, cuyas enseñanzas organiza la Escuela Universitaria de Informática <Tomás Cerdá>, de Santa Coloma de Gramanet, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo y con efectos desde la fecha de impartición del mismo.

2. Al título a que se refiere el número anterior le será de aplicación lo establecido en los artículos 1. al 5. del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.

3. Los estudios conducentes al título que se homologa por el presente Real Decreto deberán adaptarse a las previsiones de los Reales Decretos 1460/1990 y/o 1461/1990, de 26 de octubre, dentro del plazo señalado en los mismos.

Artículo 2.

El título oficial a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad Autónoma de Barcelona, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3. del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto, que homologa el título.

Disposición final única.

Por el Ministro de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 8 de mayo de 1992.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

JAVIER SOLANA MADARIAGA

ANEXO

Plan de estudios de la Escuela Universitaria de Informática de Santa Coloma de Gramanet

Título oficial a que conducen estos estudios: Diplomado en Informática.

De primer ciclo.

Duración en años académicos por ciclos: Un ciclo de tres años.

Centro responsable de la organización del plan: Escuela Universitaria de Informática de Santa Coloma de Gramanet.

Carga lectiva global, en créditos: 270.

Créditos y porcentaje para la libre configuración de su currículum por el alumno: 34 para la especialidad de Gestión; 32 para la de Soporte de Sistemas; 30 para la de Sistemas Físicos. En las tres especialidades, entre el 11 y el 12 por 100 podrán obtenerse entre una lista de asignaturas establecida al efecto.

Se exige un proyecto de fin de carrera, al que se asignan 12 créditos, que se contabilizan en tercer curso.

Primer curso

ASIGNATURA / CREDITOS: TEORICOS-PRACTICOS

Informática Básica 12 4

Algoritmos y Programas 12 4

Algebra 12 -

Análisis Matemático 12 -

Inglés I 9 -

Una asignatura optativa, a elegir entre:

Economía 12 -

Electricidad y Electrónica 12 3

Segundo curso

ASIGNATURA / CREDITOS: TEORICOS-PRACTICOS

Asignaturas obligatorias:

Tecnología de la Programación y Lenguajes 12 4

Sistemas Operativos 9 3

Inglés II 9 -

Asignaturas optativas por especialidades:

Informática de Gestión:

Estadística y Probabilidades 9 -

Estructura de Datos y Ficheros 12 3

Economía de la Empresa I 12 -

Contabilidad I 9 -

Soporte de Sistemas:

Estadística y Probabilidades 9 -

Estructura de Datos y Ficheros 12 3

Arquitectura de Ordenadores 12 4

Sistemas Físicos:

Complemento de Matemáticas 9 -

Arquitectura de Ordenadores 12 4

Teoría de Circuitos y Diseño Lógico 12 3

Tercer curso

ASIGNATURA / CREDITOS: TEORICOS-PRACTICOS

Asignatura obligatoria:

Comunicación y Redes de Ordenadores 12 4

Asignaturas optativas por especialidades:

Informática de Gestión:

Bases de Datos 12 4

Investigación operativa 9 3

Economía de la Empresa II 12 -

Contabilidad II 9 -

Proyecto de Informática de Gestión 12 -

Soporte de Sistemas:

Bases de Datos 12 4

Ingeniería y Diseño de <Software> 12 4

Planificación de la Explotación 9 -

Investigación Operativa 9 3

Proyecto de Soporte de Sistemas 12 -

Sistemas Físicos:

Periféricos y Controladores 9 3

Tecnología de Ordenadores 9 3

Microprocesadores 12 4

Control de Procesos y Automática 12 3

Proyecto de Sistemas Físicos 12 -

Complementos de formación (Materias)

Cibernética (segundo de Licenciatura en Informática): 15 créditos.

Análisis matemático II (segundo de Licenciatura en Informática): 15 créditos.

Teoría de Autómatas (tercero de Licenciatura en Informática):

15 créditos.

Programación numérica y no numérica (tercero de Licenciatura en Informática): 15 créditos.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 08/05/1992
  • Fecha de publicación: 21/07/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 10/08/1992
Referencias anteriores
Materias
  • Homologación de títulos académicos
  • Informática
  • Planes de estudios
  • Universidad Autónoma de Barcelona

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