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Documento BOE-A-1992-18283

Acuerdo de 21 de julio de 1992, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, haciendo público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de fecha 14 de mayo, sobre reorganización de la Sección Primera de la Sala Tercera del mencionado Tribunal, con motivo de la entrada en vigor de la Ley 10/1992, de 30 de abril, de Medidas Urgentes de Reforma Procesal.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 31 de julio de 1992, páginas 26814 a 26814 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1992-18283

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 21 de julio de 1992, acordó, hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de 14 de mayo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 152, 1, 2. , de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, del siguiente tenor literal:

Se establecen las siguientes normas de funcionamiento y reparto de asuntos en la Sala Tercera, con carácter provisional y a reserva de que la experiencia hasta el 31 de diciembre del corriente año aconseje la adopción de otras que se estimen más convenientes.

Primera. La Sección Primera conocerá de las siguientes materias:

Recursos de casación para unificación de doctrina previstos en el número 1 del artículo 102, a, de la Ley Jurisdiccional, a excepción de los casos en que su conocimiento corresponde a la Sección que preside el Presidente del Tribunal Supremo y cuya composición detalla el número 3 de dicho artículo.

Recursos de casación en interés de la Ley.

Recursos de revisión, a salvo la competencia atribuida en esta materia a la Sala, del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Segunda. Las Secciones Segunda a Séptima conocerán de los recursos de casación en las materias que tienen actualmente atribuidas, además de los recursos contencioso-administrativos en única instancia relativos a las mismas.

La Sección Segunda conocerá también de los recursos de casación contra las resoluciones del Tribunal de Cuentas en materia de responsabilidad contable con arreglo a lo establecido en la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Tercera. La Sección Primera estará integrada por el Presidente de la Sala y por los Presidentes de las Secciones Segunda a Séptima.

NORMAS TRANSITORIAS

Primera. Las Secciones Segunda a Séptima continuarán conociendo de los recursos de apelación interpuestos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 10/1992, de 30 de abril, y de los incidentes que susciten los que puedan interponerse con posteriodad, en las materias cuyo conocimiento les está atribuido.

Segunda. La Sección Primera mantendrá su composición anterior a los sólos efectos de conocer de los recursos señalados en la fecha de aprobación de estas normas.

Madrid, 21 de julio de 1992. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

SALA SANCHEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 21/07/1992
  • Fecha de publicación: 31/07/1992
Materias
  • Administración de Justicia
  • Tribunal Supremo

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