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Advertidos errores en la Resolución de 3 de julio de 1992 de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se establece una vigilancia intracomunitaria a las importaciones de determinados productos, publicada en el Boletón Oficial del Estado, de 7 de julio de 1992.
Esta Secretaría de Estado ha dispuesto su rectificación en los sigueintes términos.
Artículo 1º: El texto de la designación del producto del código NC 6404 + queda modificado de la siguiente forma:
Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural, artificial, o regenerado, y parte superior (corte) de materias textiles.
Artículo 2º: La Presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín oficial del Estado.
Madrid, 29 de julio de 1992.-El Secretario de Estado de Comercio. Miguel Angel Feito Hernandez.
Ilmo. Sr. Director general de Comercio Exterior.
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