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Documento BOE-A-1992-24166

Orden 78/1992, de 21 de octubre, por la que se delegan facultades en materia de resolución de compromisos de los militares de empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 30 de octubre de 1992, páginas 36971 a 36971 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1992-24166
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1992/10/21/78

TEXTO ORIGINAL

El apartado 4 del artículo 111 de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, atribuye al Ministro de Defensa para resolver los compromisos contraídos por los militares de empleo.

El apartado 2 del artículo 15 del Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, estableció que por delegación del Ministro de Defensa, el Director general de Personal acordará la resolución de los compromisos de los militares de empleo en todos los casos, excepto en el supuesto previsto en el apartado 4 del artículo 14 del citado texto reglamentario.

Por su parte, el Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, deja sin contenido la delegación de facultades antes descrita.

A fin de lograr una mayor agilidad en acordar la resolución de los compromisos de los militares de empleo de la categoría de tropa y marinería profesional, se considera conveniente delegar en el Director general del Servicio Militar la competencia atribuida al Ministro de Defensa.

En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, dispongo:

Primero.-Delego en el Director general del Servicio Militar las facultades que, para la resolución del compromiso de los militares de empleo de la categoría de Tropa y Marinería, me confiere el apartado 4 del artículo 111 de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, excepción hecha del supuesto previsto en el apartado 4 del artículo 14 del Real Decreto 1385/1990, de 1 de noviembre.

Segundo.-El Ministro de Defensa podrá avocar para su conocimiento y resolución cuantos asuntos, relacionados con la delegación contenida en la presente Orden, considere oportunos.

Tercero.-En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de la delegación conferida se hará constar expresamente esta circunstancia, así como la presente Orden y <Boletín Oficial del Estado> de su publicación.

Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 21 de octubre de 1992.

GARCIA VARGAS

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/10/1992
  • Fecha de publicación: 30/10/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 31/10/1992
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 111.4 de la Ley 17/1989, de 19 de julio (Ref. BOE-A-1989-17199).
    • art. 22 de la Ley de régimen Juridico de la Administración del Estado, texto refundido aprobado por Decreto de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • CITA:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General del Servicio Militar
  • Ministerio de Defensa

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