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Documento BOE-A-1992-8048

Orden de 26 de marzo de 1992 por la que se crea la Comisión Asesora para la Promoción de Autores Españoles Contemporáneos en el Extranjero.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 1992, páginas 12281 a 12281 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1992-8048
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1992/03/26/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Direccion General del Libro y Bibliotecas del Ministerio de Cultura tiene entre sus objetivos y finalidades la promoción del libro español y específicamente labores de fomento de los autores españoles contemporáneos en el extranjero en aquellas presencias que de común vienen solicitadas desde el exterior y que, por su propia naturaleza, son altamente beneficiosas para dar a conocer en foros internacionales Instituciones, Centros culturales y manifestaciones literarias que se celebran en todo el mundo a los autores representativos de la creación y el pensamiento contemporáneo español en castellano o en cualquier otra lengua oficial del Estado español, por lo que conviene establecer el cauce que facilite a todos los sectores afectados la posibilidad de manifestar sus opiniones y sugerencias al respecto.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General del Libro y Bibliotecas, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, vengo en disponer:

Primero. Se crea la Comisión Asesora para la Promoción de Autores Españoles Contemporáneos en el Extranjero como órgano colegiado dependiente de la Dirección General del Libro y Bibliotecas.

Segundo.

Son funciones de esta Comisión:

a) Informar y asesorar los programas de difusión exterior que tengan como objetivo la promoción de la literatura española contemporánea.

b) Estudiar y proponer cuantas fórmulas de promoción se consideren convenientes para la mayor publicidad y prestigio de la literatura española en el extranjero.

c) Cuantos otros asuntos relacionados con las funciones anteriores les sean encomendados por el Director general del Libro y Bibliotecas.

Tercero. La Comisión estará formada por:

Presidente: El Director general del Libro y Bibliotecas del Ministerio de Cultura.

Vicepresidente: El Director de Centros de las Letras Españolas.

Vocales: Dos representantes de la Asociación Colegial de Escritores (ACE), un representante de la Asociación de Críticos Literarios (ACL), un representante de la Federación de Gremios de Editores, dos Catedráticos de Universidad, especialistas en Literatura Contemporánea.

Los vocales anteriores serán nombrados por el Director general del Libro y Bibliotecas a propuesta de las respectivas Asociaciones y Federaciones o del Consejo de Universidades, según corresponda.

Un escritor que haya obtenido el Premio Nacional de Literatura, designado por el Director general del Libro y Bibliotecas.

Secretario: Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Dirección General del Libro y Bibliotecas, designado por su Director.

Cuarto. La Comisión se reunirá, al menos, dos veces al año y siempre que lo considere oportuno su Presidente.

Quinto. Los Vocales de la Comisión se renovarán parcialmente cada año: Uno de los dos representantes de la Asociación Colegial de Escritores, uno de los dos Catedráticos de Universidad y el representante de la Asociación de Críticos Literarios se sustituirán al finalizar el primer año de actuación de la Comisión, contado a partir de la fecha de creación de la misma, sustituyéndose los restantes al finalizar el segundo año.

Sexto. El funcionario de la Comisión se regirá en lo no previsto en la presente Orden por lo dispuesto en el capítulo II, título I, de la Ley de Procedimeinto Administrativo sobre Organos Colegiados.

Séptimo. Los gastos a que den lugar las indemnizaciones por asistencias a las reuniones de la Comisión serán satisfechos con cargo al presupuesto de la Dirección General del Libro y Biliotecas.

Octavo. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Lo digo a VV. II.

para su conocimiento y efectos.

Madrid, 26 de marzo de 1992.

SOLE TURA

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Libro y Bibliotecas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/03/1992
  • Fecha de publicación: 10/04/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 11/04/1992
Referencias anteriores
  • CITA Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Comisión Asesora para la Promoción de Autores Españoles Contemporáneos en el Extranjero
  • Dirección General del Libro y Bibliotecas
  • Ministerio de Cultura
  • Organización de la Administración del Estado

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