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Documento BOE-A-1993-12328

Acuerdo de 22 de abril de 1993, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se hace público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de fecha 9 de marzo, por el que se establecen con criterios objetivos los turnos precisos para la composición y funcionamiento de las Salas Primera, Segunda, Cuarta y Quinta del mencionado Tribunal.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 1993, páginas 14157 a 14158 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1993-12328

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 22 de abril de 1993, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de 9 de marzo, adoptado en virtud de lo dispuesto en el artículo 152.1.1. de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, del siguiente tenor literal:

<Sala Primera: La Sala Primera actuará, mediante una sola Sala, los días lunes, miércoles y viernes de cada semana y, mediante dos Salas, los martes y jueves; este último día, también se constituirá una tercera Sala dedicada al examen del trámite de admisión de los recursos.

La designación, forzosamente compleja, de los Magistrados que han de formar cada una de las Salas será la recogida en los cuadros adjuntos, cuya composición se mantendrá inalterable durante todo el año, salvo las modificaciones que puedan imponer perentorias necesidades del servicio o necesidades personales de los Magistrados.

Para la asignación de las ponencias, se seguirá inicialmente un orden riguroso, según la antigüedad de los Magistrados y la fecha de ingreso de los asuntos, que se mantendrá durante toda la tramitación del recurso. No obstante como quiera que aproximadamente la mitad de los asuntos incoados no terminan por sentencia, existiendo causas de caducidad, inadmisión, desistimientos, terminación por auto (exequátur, recursos de queja), etc., a lo que se añaden las disfunciones generadas por posibles ausencias obligadas de determinados Magistrados (jubilación, enfermedad, excedencia, etc.), en el momento del señalamiento de las vistas se hará un reajuste o returno de ponencias para lograr la igualdad objetiva en el reparto del trabajo y una distribución racional del volumen de asuntos que se han de resolver en cada sesión de vistas.

Sala Segunda: 1. Recursos de casación: En la primera providencia se designará ponente al Magistrado que corresponda según el turno de antigüedad, entrando en el mismo, por igual, Presidente y Magistrados.

En la fase de admisión -que resolverá una Sala compuesta por el Presidente y dos Magistrados designados semestralmente por un turno riguroso- actuará de ponente, en el supuesto de que por unanimidad se acordare la inadmisión, el Magistrado a que por turno corresponda de la mencionada Sala. Acordada la admisión, el recurso se enviará al ponente primeramente designado, que procederá a instruirse del recurso y desempeñará su función hasta agotada la fase de decisión.

No obstante, llegada la fase de señalamiento para vista o fallo, se efectuará un reajuste o returno en la medida en que se haga necesario, para asegurar la debida proporción en la distribución del trabajo entre los Magistrados de la Sala, circunstancias tales como las bajas que puedan producirse, la ocasional relevación de funciones a algún magistrado por su nombramiento para instructor de causa contra las personas enunciadas en el artículo 57.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, o el acaecimiento de crisis procesales que determinen la conclusión del recurso sin sentencia.

2. Recursos de revisión: De igual forma que en los recursos de casación, se designará ponente al Magistrado que corresponda por orden riguroso de antigüedad, entrando en el turno, por igual Presidente y Magistrados.

3. Causas instruidas contra personas aforadas comprendidas en el artículo 57.2. de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de las que la Sala conoce en primera y única instancia: Clasificadas las denuncias y querellas en tres categorías, según su nivel de complejidad, lo que se hará por una sección constituida por el Presidente, el Magistrado más antiguo y el más moderno, se establecerán tres turnos para la asignación de ponencias, en los que no entrarán los Magistrados suplentes, a fin de asegurar, en lo posible, una distribución igualitaria de los asuntos muy complejos, con una mínima connotación de complejidad o desprovistos en principio de la misma.

Sala Cuarta: 1. La Sala se constituirá con cinco Magistrados, siendo uno de ellos Presidente, para la resolución de los recursos de casación para la unificación de doctrina, casación de sentencias de conflictos colectivos, de impugnación de convenios colectivos, de tutela de los derechos de libertad sindical y de las sentencias que resuelvan las materias referidas en los artículos 7 y 8 de la Ley de Procedimiento Laboral, así como para la resolución de los recursos de revisión y de error judicial. Se constituirá con tres Magistrados, siendo uno de ellos Presidente, para el conocimiento de los recursos de queja, para dictar los autos de inadmisión de los recursos de casación para unificación de doctrina, y para decidir los recursos de casación que transitoriamente vienen tramitándose de acuerdo con la Ley Procesal Laboral, ya derogada, de 1980.

Con independencia de ello, se constituirá Sala General y Plena para la decisión de recursos de casación para la unificación de doctrina cuando ello sea aconsejable, bien porque haya contradicción doctrinal de las diversas resoluciones dictadas por la Sala, bien porque se trate de un asunto nuevo, sin antecedentes en la Sala, en que sea preciso adoptar criterios ciertos para el futuro.

2. Las ponencias se turnarán a todos los Magistrados por riguroso orden de ingreso del recurso y de antigüedad de los mismos, exceptuándose de esta regla el Presidente de la Sala que asume la mitad de las ponencias que se turnan a los Magistrados.

En casos excepcionales de enfermedad y jubilación así como en supuestos en que el desarrollo de los distintos recursos -desistimientos, autos de fin de trámite, inadmisiones- provoquen una manifiesta desigualdad en los asuntos asignados a cada Magistrado pendientes de señalamiento, se efectuarán los returnos necesarios para evitar los retrasos que puedan producirse a causa de la excesiva carga de trabajo que pese sobre algunos Magistrados.

Sala Quinta: La Sala se constituirá con cinco Magistrados para resolver los recursos del orden contencioso-disciplinario, tanto en primera y única instancia como en casación, y con tres Magistrados para resolver los recursos de casación penal, salvo que el Presidente, consultada la Sala, estime conveniente la asistencia de cinco Magistrados también en los últimos.

Salvo el Ponente y el Presidente, que formará siempre parte del Tribunal salvo casos de imposibilidad o ausencia, los Magistrados que deban integrar el Tribunal serán designados mediante un turno riguroso de asistencia, que controlará el Secretario de la Sala bajo supervisión del Presidente.

Tanto en el orden penal como en el contencioso disciplinario, las ponencias se asignarán de acuerdo con un turno de reparto según el número del recurso y el orden de antigüedad de los Magistrados: Los recursos cuyo número sea el 1 corresponderán al Presidente, los numerados con el 2 al segundo en antigüedad, etc. Cuando el número del recurso sea 9, se turnará entre todos según el orden de entrada y a partir del número 10 será la penúltima cifra la que se tendrá en cuenta a efectos de reparto.

Este orden sólo se alterará cuando exista causa legal de abstención en el Magistrado a que corresponda la ponencia, en cuyo caso ésta será asignada al Magistrado que le siga en antigüedad, asignándole entonces al que resultare liberado la primera ponencia que correspondiere al que le hubiere sustituido.>

Madrid, 22 de abril de 1993.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

SALA SANCHEZ

PONENCIAS Y ASISTENCIAS DE LOS EXCMOS. SRES. MAGISTRADOS DE LA SALA PRIMERA DEL TRIBUNAL SUPREMO

Año 1993

Señalamiento de ponencias

Señor Burgos Pérez de Andrade. Primera semana: Martes y miércoles. Segunda semana: Martes y miércoles.

Señor Albacar López. Primera semana: Martes y jueves. Segunda semana: Martes y jueves.

Señor Villagómez Rodil. Primera semana: Lunes y jueves. Segunda semana: Lunes y jueves.

Señor Fernández-Cid de Temes. Primera semana: Lunes y martes. Segunda semana: Lunes y martes.

Señor Barcala Trillo-Figueroa. Primera semana: Martes y viernes. Segunda semana: Martes y viernes.

Señor Morales Morales. Primera semana: Miércoles y jueves. Segunda semana: Miércoles y jueves.

Señor Marina y Martínez-Pardo. Primera semana: Jueves y viernes. Segunda semana: Jueves y viernes.

Señor González Poveda. Primera semana: Miércoles y jueves. Segunda semana: Miércoles y jueves.

Señor Ortega Torres. Primera semana: Jueves y viernes. Segunda semana: Jueves y viernes.

Señor Martínez-Calcerrada y Gómez. Primera semana: Martes y viernes. Segunda semana: Martes y jueves.

Señor Almagro Nosete. Primera semana: Lunes y martes. Segunda semana: Martes y viernes.

Señor Gullón Ballesteros. Primera semana: Martes y miércoles. Segunda semana: Martes y miércoles.

Composición de las Salas

PRIMERA SEMANA

Sala número 1

Lunes: Villagómez, Fernández-Cid, Almagro y M. Granizo.

Martes: Burgos, Fernández-Cid, Barcala, Gullón y Malpica.

Miércoles: Burgos, Morales, González Poveda, Gullón y Casares.

Jueves: Villagómez, Morales, González Poveda y M. Granizo.

Viernes: Barcala, Marina, Ortega, Martínez-Calcerrada y Casares.

Sala número 2

Martes: Albacar, Martínez-Calcerrada, Almagro y Santos.

Jueves: Albacar, Marina, Ortega y Santos.

SEGUNDA SEMANA

Sala número 1

Lunes: Villagómez, Fernández-Cid, Malpica/Malpica.

Martes: Burgos, Fernández-Cid, Gullón, Martínez-Calcerrada y Malpica.

Miércoles: Burgos, Morales, González Poveda, Gullón y Casares.

Jueves: Morales, Villagómez, Martínez-Calcerrada y González Poveda.

Viernes: Barcala, Marina, Ortega, Almagro y Casares.

Sala número 2

Martes: Albacar, Barcala, Almagro, M. Granizo/M. Granizo.

Jueves: Albacar, Marina, Ortega, Santos/Santos.

PRIMERA Y SEGUNDA SEMANAS

Sala número 3: Admisiones

Jueves: Burgos, González Poveda y Ponente del recurso.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 22/04/1993
  • Fecha de publicación: 12/05/1993
Materias
  • Administración de Justicia
  • Tribunal Supremo

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