Orden de 7 de junio de 1993 por la que se establecen los servicios mínimos a aplicar a las estaciones de servicio, ante la huelga convocada a partir de las seis/siete horas del día 10 de junio, según turno, hasta las seis/siete horas, según turno, del día 14 de junio.
Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 1993, páginas 17554 a 17559 (6 págs.)