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Documento BOE-A-1993-18995

Orden de 12 de julio de 1993 sobre delegación de competencias en los Delegados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 20 de julio de 1993, páginas 22172 a 22173 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1993-18995
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1993/07/12/(1)

TEXTO ORIGINAL

El apartado 1.2 del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, que creó la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la redacción dada por la disposición adicional 17 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, establece que dicho Ente de Derecho Público es la organización administrativa responsable, en nombre y por cuenta del Estado de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero.

La Disposición Adicional Primera del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifican otras normas tributarias atribuye a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la competencia en la tramitación de expedientes de concesión de beneficios tributarios a las Sociedades Anónimas Laborales.

Mediante la Orden de 31 de marzo de 1992, se delegó en el Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Resolución de los expedientes de concesión de beneficios fiscales contemplados en la Ley 15/1986, de 25 de abril, de Sociedades Anónimas Laborales, estando atribuida a las Dependencias de Gestión Tributaria de las Delegaciones de la Agencia la competencia en la tramitación de los expedientes de concesión de beneficios tributarios a las Sociedades Anónimas Laborales, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley General Tributaria y 35 de la Orden de 12 de agosto de 1985.

El hecho de que el procedimiento de gestión para la concesión de beneficios fiscales a las Sociedades Anónimas Laborales se lleve a cabo por dos órganos distintos de la Administración Tributaria, dificulta el cumplimiento del plazo de resolución que establece el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que se hace necesario lograr una mayor celeridad en la tramitación y resolución de los expedientes.

Al amparo de los dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se estima conveniente delegar en los Delegados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria las competencias para la resolución de los expedientes relativos a la concesión de beneficios fiscales a las Sociedades Anónimas Laborales.

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.-Se delega en los Delegados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la resolución de los expedientes sobre concesión de beneficios fiscales contemplados en la Ley 15/1986, de 25 de abril, de Sociedades Anónimas Laborales, cuya instrucción y propuesta sean competencia de aquélla y cuya decisión esté atribuida al Ministro de Economía y Hacienda por el ordenamiento jurídico.

Segundo.-La delegación de competencias contenida en la presente orden se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento al Ministro de Economía y Hacienda pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de los expedientes que considere oportuno.

Tercero.-Los Delegados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán, en el ámbito de las competencias delegadas, someter a la Resolución del Ministro de Economía y Hacienda los expedientes que, por su transcendencia, consideren convenientes.

Cuarto.-Siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente disposición deberá hacerse constar así expresamente en la Orden correspondiente.

Quinto.-La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>, siendo de aplicación a los expedientes que se inicien a partir de la mencionada fecha.

Sexto.-A partir de la entrada en vigor de la presente Orden queda der de 31 de marzo de 1992, sobre delegación de competencias en el Director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 12 de julio de 1993.

SOLCHAGA CATALAN

Ilmos. Sres. Director general, Delegados especiales y Delegados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/07/1993
  • Fecha de publicación: 20/07/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 21/07/1993
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 179, de 28 de julio de 1993 (Ref. BOE-A-1993-19841).
Referencias anteriores
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Economía y Hacienda

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