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Documento BOE-A-1993-28698

Orden de 15 de noviembre de 1993 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 943/1990, promovido por «Hidroeléctrica Española, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 1993, páginas 34113 a 34113 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1993-28698
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1993/11/15/(2)

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, con fecha 9 de julio de 1993, en el recurso contencioso-administrativo número 943/1990 en el que son partes, de una, como demandante, <Hidroeléctrica Española, Sociedad Anónima>, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Letrado del Estado.

El citado recurso se promovió contra acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de abril de 1990, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra el Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, que regula la estructura orgánica y funciones de las unidades dependientes de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

<Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad propuesta por el señor Abogado del Estado, y estimando en parte el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor González Salinas, en nombre y representación de "Hidroeléctrica Española, Sociedad Anónima", contra el Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, que regula la estructura orgánica y funciones de las unidades dependientes de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas, debemos declarar y declaramos que el apartado b) del artículo 5. de dicho Real Decreto es disconforme a Derecho y, en consecuencia, lo anulamos. Y desestimamos en lo demás el presente recurso, y sin costas.>

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el <Boletín Oficial del Estado>, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a V. I.

Madrid, 15 de noviembre de 1993.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, <Boletín Oficial del Estado> del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 15/11/1993
  • Fecha de publicación: 01/12/1993
Referencias anteriores
  • DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 9 de julio de 1993, por la que se anula el apartado B) del art. 5 del Real Decreto 984/1989, de 28 de julio (Ref. BOE-A-1989-18569).
Materias
  • Abastecimiento de aguas
  • Aguas
  • Confederaciones Hidrográficas
  • Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente

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