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Documento BOE-A-1994-10480

Resolución de 27 de abril de 1994, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del texto del Convenio Colectivo del sector de Comercio de Flores y Plantas.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 9 de mayo de 1994, páginas 14193 a 14193 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1994-10480
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1994/04/27/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo del sector de Comercio de Flores y Plantas (número de código 9901125) que fue suscrito con fecha 5 de abril de 1994, de una parte, por Confederación Española de Horticultura Ornamental (CEHOR), en representación de las empresas del sector, y de otra, por los Sindicatos UGT y CC.OO. en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 27 de abril de 1994.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA REUNION CELEBRADA POR LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE AMBITO INTERPROVINCIAL DE EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO DE FLORES Y PLANTAS

A las diecisiete treinta horas del día 5 de abril de 1994 y en su domicilio Miguel Angel, 13, 4., se reúnen, previa convocatoria, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Comercio de Flores y Plantas con la asistencia de los representantes de los trabajadores y de los empresarios que en hoja adjunta se citan. Actúa como Secretario don José María Zalbidea.

La finalidad de la reunión es la de proceder a la elaboración de las tablas salariales del Convenio para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1994, obteniéndose los siguientes acuerdos:

Primero.-Artículo 8. Salario Convenio.-Se considera salario Convenio para 1994 el que figura como tal en el anexo número 1, resultante de aplicar al salario de 1993, un incremento del 6,4 por 100, correspondiente a la revisión salarial según la cláusula establecida en el artículo 8 del Convenio.

Segundo.-Artículo 10. Pagas extraordinarias.-Se establecen dos pagas extraordinarias que se abonarán en los primeros veinte días de los meses de julio y diciembre de cada año, por el importe de salario Convenio mensual más antigüedad.

Las pagas extraordinarias vigentes para 1994 son las recogidas en las tablas del anexo número 2, correspondientes a la revisión salarial según lo establecido en el artículo 10 del Convenio.

Tercero.-Artículo 12. Complemento extrasalarial de transporte.-Se establece para 1994 un plus en concepto de transporte y tiempo de desplazamiento de 6.177 pesetas mensuales.

ANEXO 1

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE AMBITO INTERPROVINCIAL DE EMPRESAS DEDICADAS AL COMERCIO DE FLORES Y PLANTAS

(Desde el 1 de enero de 1994 al 31 de diciembre de 1994)

Tablas salariales

Cantidad mensual

Personal Técnico:

Técnicos titulados / 108.704

Técnicos no titulados / 84.506

Personal administrativo:

Jefe administrativo / 76.865

Oficial administrativo / 73.107

Auxiliar administrativo / 66.433

Aspirante / 44.601

Profesionales de oficio:

Oficial Mayor / 76.682

Cantidad por día

Oficial Florista / 2.405

Ayudante Florista / 2.361

Aprendiz / 1.459

Personal Auxiliar de Ventas / 2.331

Mozo / 2.299

Conductor de vehículos / 2.405

ANEXO 2

Pagas extraordinarias año 1994

0-2 / 2-6 / 6-10 / 10-14 / 14-18 / 18-22 / 22-26 / 26-30 / 30-34 / 34-38 / 38-42

Técnico titulado / 108.704 / 110.065 / 113.463 / 116.863 / 120.264 / 123.664 / 127.064 / 130.464 / 133.862 / 137.265 / 140.665

Técnico no titulado / 84.506 / 85.564 / 88.236 / 90.848 / 93.490 / 96.137 / 98.779 / 101.418 / 104.066 / 106.707 / 109.350

Jefe administrativo / 76.865 / 77.826 / 80.231 / 82.637 / 85.040 / 87.445 / 89.850 / 92.252 / 94.789 / 97.061 / 99.466

Oficial administrativo / 73.107 / 74.023 / 76.307 / 78.595 / 80.880 / 83.168 / 85.457 / 87.741 / 90.027 / 92.317 / 94.603

Auxiliar administrativo / 66.433 / 67.265 / 69.344 / 71.419 / 73.500 / 75.576 / 77.654 / 79.732 / 81.810 / 83.888 / 85.966

Aspirante administrativo / 44.601 / - / - / - / - / - / - / - / - / - / -

Oficial mayor / 76.682 / 77.598 / 79.887 / 82.176 / 84.466 / 86.713 / 89.043 / 91.331 / 93.622 / 95.910 / 98.199

Oficial florista / 72.150 / 73.064 / 75.345 / 77.629 / 79.909 / 82.194 / 84.477 / 86.756 / 89.039 / 91.324 / 93.604

Ayudante florista / 70.830 / 71.725 / 73.966 / 76.204 / 78.439 / 80.677 / 82.919 / 85.161 / 87.398 / 89.635 / 91.874

Aprendiz / 43.770 / - / - / - / / - / - / - / - / - / -

Personal auxiliar venta / 69.930 / 70.812 / 73.023 / 75.235 / 77.441 / 79.654 / 81.122 / 84.071 / 86.282 / 88.492 / 90.701

Mozo / 68.970 / 69.842 / 72.022 / 74.204 / 76.382 / 78.565 / 80.743 / 82.924 / 85.105 / 87.288 / 89.466

Conductor vehículos / 72.150 / 73.064 / 75.345 / 77.629 / 79.909 / 82.194 / 84.477 / 86.756 / 89.039 / 91.324 / 93.604

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/04/1994
  • Fecha de publicación: 09/05/1994
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 18 de noviembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-29185).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Flores
  • Plantas

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