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Documento BOE-A-1994-10572

Orden de 27 de abril de 1994 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en cada una de las siguientes ciudades de la República Dominicana: Higuey, Puerto Plata y Barahona.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 1994, páginas 14439 a 14440 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1994-10572
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1994/04/27/(1)

TEXTO ORIGINAL

El considerable aumento que ha experimentado en los últimos años la colonia española en la República Dominicana, la gran afluencia de turistas españoles, así como el fuerte aumento de la presencia de empresas españolas en otros sectores, aconsejan la creación de Oficinas Consulares Honorarias que permitan una protección rápida y eficaz de los ciudadanos españoles residentes y traseúntes de ese país.

En virtud, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Embajador de España en Santo Domingo y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares, he tenido a bien disponer:

Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en cada una de las siguientes ciudades: Higuey, Puerto Plata y Barahona, con categoría de Consulado Honorario y dependiente del Consulado de España en Santo Domingo.

La jurisdicción de Higuey comprende las regiones de Altagracia, La Romana, El Seybo y Hato Mayor.

La jurisdicción de Puerto Plata comprende las provincias de Puerto Plata, Valverde, María Trinidad Sánchez, Samaná y Sánchez.

La jurisdicción de Barahona comprende la provincia de Barahona, Pedernales, Elías Piña, Comendador, San Juan de la Maguana, Bahoruco e Independencia.

Segundo.-Como consecuencia de la creación de la Oficina Consular Honoraria de Puerto Plata, la Oficina Consular Honoraria de Santiago de los Caballeros limita su jurisdicción a Monte Cristi, Dajabón, Santiago Rodríguez, Santiago de los Caballeros, Salcedo, zona norte de la provincia de la Vega, Duarte, Espaillat y sector Fantino de la provincia de Sánchez Ramírez.

Tercero.-Los Jefes de las Oficinas Consulares Honorarias en Higuey, Puerto Plata y Barahona tendrán, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsules Honorarios.

Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 27 de abril de 1994.

SOLANA MADARIAGA

Excmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Política Exterior y Embajador de España en Santo Domingo.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/04/1994
  • Fecha de publicación: 11/05/1994
Referencias anteriores
Materias
  • Consulados
  • Relaciones Consulares
  • República Dominicana

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