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Documento BOE-A-1994-24674

Orden de 19 de octubre de 1994 por la que se declara la exención por reciprocidad, a que se refiere el articulo 5.º de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, a las entidades de navegación aérea residentes en la República de Panamá.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 1994, páginas 34673 a 34673 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1994-24674
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1994/10/19/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

En virtud de lo establecido en el artículo 5.º de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades («Boletín Oficial del Estado»del 30),

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.-Se declara, a condición de reciprocidad, la exención por el Impuesto sobre Sociedades a las entidades de navegación aérea residentes en la República de Panamá, aunque tengan en territorio nacional consignatarios o agentes.

Segundo.-Para la aplicación de la exención que se declara por esta Orden, la Dirección General de Tributos expedirá los oportunos certificados, a favor de las entidades residentes en el indicado país, a quienes afecte dicha exención.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 19 de octubre de 1994.-P. D. el Director general de Tributos, Eduardo Abril Abadín.

Ilmo. Sr. Director general de Tributos.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/10/1994
  • Fecha de publicación: 10/11/1994
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 5 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1978-31230).
Materias
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Navegación aérea
  • Panamá
  • Transportes aéreos

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