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Documento BOE-A-1994-5178

Resolución de 10 de febrero de 1994, de la Secretaría de Estado de Comercio Exterior, por la que se delegan atribuciones en distintas autoridades del departamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 1994, páginas 7209 a 7209 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1994-5178
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1994/02/10/(8)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1289/1993, de 30 de julio, estableció la estructura orgánica del Ministerio de Comercio y Turismo, estructura que fue modificada mediante el Real Decreto 2235/1993, de 17 de diciembre, que crea la Secretaría de Estado de Comercio Exterior, rediseñando su estructura orgánica y reconociendo al Secretario de Estado, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1558/1977,de 4 de julio, las atribuciones previstas en los números 1, 4, 5, 6, 7, 10 y 11 del artículo 14 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, sin perjuicio de la superior dirección del Ministro de Comercio y Turismo.

Con la finalidad de lograr una mayor eficacia, agilidad y coordinación en la gestión de los servicios dependientes de la Secretaría de Estado de Comercio Exterior, resulta conveniente proceder a realizar la presente delegación de atribuciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Primero.-Quedan delegadas en el Subsecretario de Comercio y Turismo las siguientes atribuciones:

a) Las mencionadas en los apartados 5, 6 y 7 del artículo 14 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado.

b) Las contenidas en el artículo 9 del Real Decreto 2164/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal.

c) La autorización y disposición de gastos; la liquidación de las obligaciones e interesar del Ministerio de Economía y Hacienda; la ordenación de los pagos correspondientes a los créditos consignados en los programas de gasto de la Secretaría de Estado para gastos de bienes corrientes y servicios.

d) La autorización y disposición de los gastos; la liquidación de las obligaciones e interesar del Ministerio de Economía y Hacienda; la ordenación de los pagos correspondientes al resto de los créditos incluidos en los programas propios de la Secretaría de Estado cuando no hubiera sido objeto de delegación expresa en los titulares de los órganos superiores y Centros directivos dependientes de esta Secretaría de Estado.

e) Las facultades de contratación referidas al titular del Departamento en la legislación de Contratos del Estado y Patrimonio del Estado y atribuidas al Secretario de Estado en virtud del Real Decreto 2235/1993 de 17 de diciembre.

Segundo.-Se delegan en el Director general de Servicios las siguientes atribuciones:

a) Las facultades a que se refieren los párrafos c) y e) del apartado primero de la presente Resolución hasta el límite de 25.000.000 de pesetas, y las del apartado d) en cuanto no estén delegadas expresamente en los titulares de otros Centros directivos de la Secretaría de Estado, con idéntico límite cuantitativo.

b) La expedición y firma de documentos contables relativos a gastos previamente acordados con cargo a créditos de los programas de gastos de la Secretaría de Estado.

c) Interesar del Ministerio de Economía y Hacienda la ordenación de pagos, relativos a gastos previamente acordados con cargo a créditos de los programas de gastos de la Secretaría de Estado.

d) La tramitación y, cuando proceda, la aprobación de las cuentas justificativas de indemnizaciones por razón de servicio, nóminas, pago de factura o certificaciones por obras, servicios o suministros, todo ello referido a gastos previamente acordados con cargo a créditos de los programas de gastos de la Secretaría de Estado.

Tercero.-Se delegan al Director general de Política Comercial las facultades a que se refiere el párrafo c), del apartado primero de la presente Resolución y las mencionadas en el apartado d) hasta un límite de 400.000.000 de pesetas en lo que corresponde a su Dirección General.

Cuarto.-Se delegan al Director general de Comercio Exterior las facultades a que se refiere el párrafo c), del apartado primero de la presente Resolución y las mencionadas en el apartado d) hasta un límite de 50.000.000 de pesetas en lo que corresponde a su Dirección General.

Quinto.-En todo caso, las autoridades el Ministerio de Comercio y Turismo en las que se realizan las delegaciones contenidas en la presente disposición podrán, en el ámbito de las competencias que por esta Resolución se les delega, someter al Secretario de Estado los expedientes que por su trascendencia consideren conveniente. Asimismo, el Secretario de Estado podrá reclamar para su conocimiento o resolución en todo momento cualquier expediente o asunto de los que son objeto de esta delegación.

Sexto.-Siempre que se haga uso de las delegaciones contenidas en la presente disposición, deberá hacerse constar así en la resolución pertinente.

Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 10 de febrero de 1994.-El Secretario de Estado de Comercio Exterior, Apolonio Ruiz Ligero.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/02/1994
  • Fecha de publicación: 04/03/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 05/03/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 21 de marzo de 1994 (Ref. BOE-A-1994-7416).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
    • art. 9 del Real Decreto 2164/1984, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-1984-26812).
    • art. 14, apartados 5, 6 y 7 de la Ley de régimen Juridico de la Administración del Estado, texto refundido aprobado por Decreto de 26 de julio de 1957 (Gazeta: Ref. 1957/10111) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • CITA:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Comercio Exterior
  • Dirección General de Política Comercial
  • Dirección General de Servicios del Ministerio de Comercio y Turismo
  • Ministerio de Comercio y Turismo
  • Secretaría de Estado de Comercio Exterior
  • Subsecretaría del Ministerio de Comercio y Turismo

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