Recibido en esta Dirección General de Trabajo escrito de la Comisión Paritaria del VI Convenio Colectivo de Centros de Asistencia, Atención Diagnóstico, Rehabilitación y Promoción de Minusválidos, relativo a los errores padecidos en las tablas salariales del Convenio Colectivo, anejo a la citada Resolución, publicada en el <Boletín Oficial del Estado> número 132, de 3 de junio de 1993, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 16849, columna primera, en el cuadro correspondiente a las tablas salariales, donde dice: <Psicólogo y/o Pedagogo ...169.790 ...>; debe decir: <Psicólogo y/o Pedagogo.
Enero a agosto ... 169.193.
Septiembre a diciembre ... 175.473>.
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