En el ejercicio de las funciones de supervisión atribuidas por la Ley 9/1992, de 30 de abril, de Mediación en Seguros Privados,
La Dirección General de Seguros ha resuelto con arreglo a lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dejar sin efecto la revocación de la autorización administrativa para ejercer la actividad de Correduría de Seguros a don Francisco José Gutiérrez Rivero y su exclusión del Registro Especial de Corredores de Seguros, acordada por Resolución de fecha 30 de diciembre de 1994.
Madrid, 9 de marzo de 1995.-El Director general de Seguros, P D., la Subdirectora general de Ordenación del Mercado de Seguros, María de los Dolores Barahona Arcas.
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