Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-10406

Orden de 31 de marzo de 1995 por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo, adscritos a funcionarios de los grupos B, C y D, en el Organismo Autónomo Correos y Telégrafos.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 28 de abril de 1995, páginas 12658 a 12663 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-10406

TEXTO ORIGINAL

Vacantes puestos de trabajo en el organismo autónomo Correos y Telégrafos, dotados presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención a las necesidades del servicio, procede convocar el correspondiente concurso.

Por todo ello, este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada el mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y el Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, y en cumplimiento de la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo, previa autorización de la Dirección General de la Función Pública, ha dispuesto convocar concurso específico (02/95), para cubrir los puestos vacantes que se relacionan en el anexo I de esta Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-Podrán participar en el presente concurso los funcionarios de carrera de los Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos A, B, C y D del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que reúnan las condiciones generales y los requisitos exigidos en la presente convocatoria para cada puesto, excepto los Cuerpos o Escalas pertenecientes a Docencia, Investigación, Sanidad, Instituciones Penitenciarias y Transporte Aéreo y Meteorología.

Segunda.-1. Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios comprendidos en la base primera, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme, salvo que haya finalizado el período de suspensión.

Los funcionarios en excendencia voluntaria por interés particular (artículo 29.3.c) de la Ley 30/1984) y los que se encuentren en situación de servicio en las Comunidades Autónomas sólo podrán participar si llevan más de dos años en esa situación el día del cierre del plazo de presentación de instancias.

2. Los funcionarios con destino definitivo sólo podrán participar si en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo que participen para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado o del Departamento ministerial en que se encuentren destinados en defecto de aquélla, o hayan sido removidos del puesto de trabajo obtenido por concurso o cesados en un puesto obtenido por libre designación, o bien haya sido suprimido su puesto de trabajo.

3. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de hijos, durante el primer año del período de excedencia, sólo podrán participar si en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo que concursen para cubrir vacantes en la misma Secretaría de Estado, donde tengan reservado el puesto de trabajo, o en defecto de ésta, en el mismo Departamento ministerial donde dicha reserva sea efectiva.

4. Estarán obligados a tomar parte en este concurso los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia forzosa.

5. Los funcionarios en servicio activo con destino provisional en este Departamento, salvo los que se hallen en comisión de servicios, estarán obligados a participar en el presente concurso, solicitando como mínimo todas las vacantes a las que puedan acceder por reunir los requisitos establecidos en ésta convocatoria, excepto los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo mediante adscripción provisional, que sólo tendrán la obligación de participar solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.

Tercera.-El presente concurso específico consta de dos fases: En la primera de ellas se valorarán los méritos generales enumerados en la base cuarta y la segunda fase consistirá en la comprobación y valoración de los méritos especificados adecuados a las características de cada puesto.

Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso habrá de alcanzarse un mínimo de 4,5 puntos en la primera fase y tres en la segunda fase.

Los participantes que en la primera fase no obtengan la puntuación mínima exigida no podrán pasar a la segunda.

Cuarta.-Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.

La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezca repetida como tales. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

La valoración máxima total no podrá ser superior a dieciocho puntos.

La valoración de los méritos para la adjudicación se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Primera fase: La valoración máxima de esta fase no podrá ser superior a doce puntos.

1.1 Méritos generales:

1.1.1 Valoración del grado personal: Por la posesión de grado personal se adjudicará hasta un máximo de tres puntos según la distribución siguiente:

Por la posesión de un grado personal superior al nivel del puesto solicitado: Tres puntos.

Por la posesión de un grado personal igual o inferior en uno o dos niveles al nivel del puesto solicitado: 2,5 puntos.

Por la posesión de un grado personal inferior en más de dos niveles al nivel del puesto solicitado: Dos puntos.

1.1.2 Valoración del trabajo desarrollado: Por el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo en el que se esté nombrado de forma definitiva se adjudicarán hasta un máximo de cuatro puntos, distribuidos del siguiente modo:

Por un puesto de trabajo de nivel superior al del puesto al que se concursa, 2,5 puntos si el puesto pertenece a la misma área o dos puntos si pertenece a distinta área.

Por un puesto de trabajo de nivel igual o inferior en uno, dos o tres niveles al del puesto al que se concursa: Cuatro puntos si pertenece a la misma área o 3,5 puntos si pertenece a distinta área.

Por un puesto de trabajo inferior en cuatro o más niveles al del puesto al que se concursa: Tres puntos si pertenece a la misma área o 2,5 si pertenece a distinta área.

A estos efectos, quienes no estén nombrados en un puesto de trabajo con nivel de complemento de destino, se entenderá que prestan sus servicios en un puesto de nivel mínimo correspondiente al grupo de su Cuerpo o Escala.

La clasificación por áreas será la contenida como anexo V de la presente convocatoria.

1.1.3 Cursos de formación y perfeccionamiento: Unicamente se valorarán aquellos cursos expresamente incluidos en la convocatoria hasta un máximo de dos puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Por la participación o superación como alumnos en cursos: 0,50 puntos por cada uno, hasta un máximo de dos puntos.

1.1.4 Antigüedad: Se valorará o razón de 0,15 puntos por año completo de servicio, hasta un máximo de tres puntos, computándose a estos efectos los servicios reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario. No se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

2. Segunda fase: La valoración máxima de esta fase no podrá ser superior a seis puntos.

2.1 Méritos específicos: Los méritos específicos incluidos en el anexo I serán acreditados documentalmente mediante las pertinentes certificaciones, justificantes o cualquier otro medio admitido. Serán detallados en modelo que figura como anexo IV de esta Orden.

2.2 Para los candidatos que superen la puntuación mínima establecida para la primera fase (4,5 puntos) la Comisión de valoración valorará los méritos específicos de la siguiente forma:

1.º Por la posesión de conocimientos profesionales, estudios y/o titulaciones aplicables al puesto solicitado y experiencia profesional, justificados documentalmente por los solicitantes: Hasta un máximo de tres puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 1,5 puntos.

2.º A los concursantes que superen el mínimo de 1,5 puntos en los méritos específicos a que se refiere el apartado anterior, la Comisión de valoración los convocará para la celebración de una entrevista que versará sobre los méritos específicos señalados en la convocatoria.

En la celebración de la entrevista, la Comisión podrá verse asistida por expertos designados por la autoridad convocante. El informe emitido en la entrevista podrá ser valorado con un máximo de tres puntos y será necesario obtener un mínimo de 1,5 puntos para ser computada en el total de los méritos específicos.

Quinta.-1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos deberán estar referidos a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.

2. Los méritos generales de los funcionarios que tomen parte en el presente concurso deberán ser acreditados mediante certificación, según el modelo que figura como anexo III de esta Orden.

La certificación deberá ser expedida por la Unidad de Personal de la que dependa el funcionario.

3. Los concursantes que procedan de la situación administrativa de suspensión de funciones acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado el período de suspensión.

4. Los funcionarios procedentes de la situación de suspensión firme de funciones, de excendencia voluntaria del apartado c) del artículo 29.3 de la Ley 30/1984 y de excedencia para el cuidado de hijos acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitados para cargo público.

5. Los funcionarios con alguna discapacidad debidamente acreditada, podrán solicitar en la propia instancia la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicitados que no supongan una modificación exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión de valoración podrá recabar del interesado en entrevista personal la información que estime necesaria en orden a la adaptación requerida, así como el dictamen de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o del Ministerio de Asuntos Sociales, respecto de la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto.

Sexta.-En el supuesto de que dos funcionarios estén interesados en obtener puestos de trabajo de este concurso en una misma localidad, podrán condicionar en la solicitud sus peticiones, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos los obtengan, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por cada uno de ellos.

Deberá acompañar a su solicitud fotocopia de la petición del otro funcionario.

Séptima.-Las solicitudes para tomar parte en este concurso específico, una por cada puesto solicitado, se dirigirán al ilustrísimo señor Director general del organismo autónomo Correos y Telégrafos (Subdirección General de Gestión de Personal), calle Aduana, 29 y 31, 28070 Madrid, se ajustarán al modelo publicado como anexo II de esta resolución y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en las Jefaturas Provinciales de Correos y Telégrafos o en las oficinas previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cada uno de los funcionarios participantes podrá solicitar, por orden de preferencia, los puestos vacantes, hasta un máximo de cinco, que se incluyen en el anexo I, siempre que reúna los requisitos exigidos para cada puesto de trabajo.

Octava.-El orden de prioridad para la adjudicación de plazas vendrá dado por la puntuación total obtenida por la suma de los resultados finales de las dos fases.

En caso de empate, se atenderá a la mayor puntuación otorgada a:

1.º Méritos específicos.

2.º Grado personal.

3.º Valoración del trabajo desarrollado.

4.º Cursos de formación y perfeccionamiento.

5.º Antigüedad.

por el orden expresado.

Novena.-La Comisión de valoración estará integrada por:

El Asesor de Planificación, que actuará como Presidente.

El Subdirector general de Gestión de Personal.

El Jefe de Area de la Subdirección General de Gestión de Personal.

El Subdirector general o el Director territorial de que dependa la vacante a cubrir o personas en las que deleguen.

La Jefa de Area de Planes de Personal.

El Jefe de Servicio de Provisión de Puestos de Trabajo, que actuará como Secretario.

Podrá formar parte de la Comisión de valoración un representante de cada una de las organizaciones sindicales más representativas.

Todos los miembros de la Comisión deberán pertenecer a grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y además poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados.

La Comisión podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos en calidad de asesores, quienes actuarán con voz pero sin voto.

Décima.-Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, y los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso deberá comunicarse por escrito al órgano al que se refiere la base séptima.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización en concepto alguno.

Undécima.-1. La presente convocatoria se resolverá por resolución de la Secretaría General de Comunicaciones en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias.

2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días, si radica en la misma localidad, o de un mes, si radica en localidad distinta o comporta el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso comporta el reingreso al servico activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde la publicación de la resolución.

El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.

Duodécima.-En cualquier momento del proceso podrá recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración.

Decimotercera.-La presente convocatoria y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 31 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 24 de abril de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo), la Secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado Méndez.

Ilmo. Sr. Director general del organismo autónomo Correos y Telégrafos.

ANEXO I

Número de orden: 1. Provincia: Centro directivo. Plazas: Tres. Localidad: Subdirección General de Infraestructura. Puesto de trabajo: Analista de Sistemas. CD: 22. Complemento específico: 1.008.948 pesetas. Grupo: AB. Cursos de formación: Perfeccionamiento en Informática (Análisis) en el INAP. Perfeccionamiento en Informática (Programación) en el INAP. Descripción del puesto: Dirigir y controlar el desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información existentes. Realización de análisis de sistemas de información. Coordinación de grupos de trabajo. Méritos relativos al puesto: Conocimientos y experiencia en el análisis de sistemas. Experiencia en el manejo de sistemas operativos, metodologías de análisis y diseño, herramientas avanzadas de programación y SGBD. Capacidad de análisis de problemas. Capacidad de organización del trabajo. Conocimientos de inglés.

Número de Orden: 2. Provincia: Centro directivo. Plazas: Una. Localidad: Subdirección General de Infraestructura. Puesto de trabajo: Responsable Aplicación Servicios. CD: 20. Complemento específico: 389.388 pesetas. Grupo: BC. Cursos de formación: Informática para usuarios. Introducción a la Informática. Descripción del puesto: Asesorar a los usuarios en el funcionamiento y en la utilización de las aplicaciones informáticas que existen en el OACT. Colaborar en la resolución de todas las incidencias que les surjan a los usuarios con motivo de la utilización de aplicaciones informáticas. Méritos relativos al puesto: Conocimiento de los procesos del OACT. Conocimientos y experiencia en la explotación de sistemas informáticos a nivel de usuario final. Capacidad de organización del trabajo. Capacidad de relaciones externas. Capacidad de análisis de problemas. Conocimiento de inglés.

Número de orden: 3. Provincia: Centro directivo. Plazas: Una. Localidad: Subdirección General de Infraestructura. Puesto de trabajo: Programador de primera. CD: 17. Complemento específico: 464.472 pesetas. Grupo: BC. Cursos de formación: Introducción a la Informática en el INAP. Perfeccionamiento en Informática (Programación) en el INAP. Descripción del puesto: Diseñar, codificar y probar los programas que le sean asignados. Colaborar con los Analistas en la documentación y pruebas de integración de las aplicaciones. Utilizar las metodologías propuestas por los responsables de su equipo. Méritos relativos al puesto: Experiencia y conocimientos demostrables de programación en lenguajes C, Cobol, Natural o SQL. Conocimientos de sistemas operativos UNIX, MS/DOS o VMS. Conocimientos de inglés.

Número de orden: 4. Provincia: Centro directivo. Plazas: Tres. Localidad: Subdirección General de Infraestructura. Puesto de trabajo: Programador de segunda. CD: 15. Complemento específico: 247.584 pesetas. Grupo: CD. Cursos de formación: Introducción a la Informática en el INAP. Perfeccionamiento en Informática (Programación) en el INAP. Descripción del puesto: Codificar y probar los programas que le sean asignados. Colaborar con los Analistas en la documentación y pruebas de integración de las aplicaciones. Utilizar las metodologías propuestas por los responsables de su equipo. Méritos relativos al puesto: Conocimientos demostrables de programación en los lenguajes C, Cobol, Natural o SQL. Conocimientos y experiencias en UNIX, MS/DOS y herramientas orientadas a microordenadores compatibles. Conocimientos de inglés.

Número de orden: 5. Provincia: Centro directivo. Plazas: Una. Localidad: Subdirección General de Infraestructura. Puesto de trabajo: Operador de Consola. CD: 15. Complemento específico: 247.584 pesetas. Grupo: CD. Cursos de formación: Introducción a la Informática en el INAP. Perfeccionamiento en Informática (organización y explotación Informática) en el INAP. Descripción del puesto: Operar y controlar la explotación de los sistemas informáticos del OACT. Atender los mensajes de las consolas y actuar según los requerimientos del «software» de base y los programas de aplicación. Colaborar en los avisos de avería y en su solución. Ejecutar las órdenes de trabajo. Méritos relativos al puesto: Conocimientos generales de informática. Experiencia en el manejo de sistemas operativos y periféricos. Conocimientos de inglés.

Número de orden: 6. Provincia: Zaragoza. Plazas: Una. Localidad: Zaragoza. Puesto de trabajo: Operador Periférico. CD: 13. Complemento específico: 214.224 pesetas. Grupo: CD. Cursos de formación: Informática básica. Informática para usuarios. Descripción del puesto: Operar y controlar el funcionamiento de los dispositivos periféricos conectados a los ordenadores. Ejecutar los trabajos normales de obtención de listados, montaje y desmontaje de cintas, etc. Realizar las labores de mantenimiento preventivo. Verificar y controlar la correcta utilización, reposición y distribución de material consumible. Méritos relativos al puesto: Conocimientos demostrables generales de informática. Experiencia demostrable sobre el manejo de periféricos. Conocimientos de inglés. Experiencia y conocimientos demostrables de programación en lenguajes C, Cobol, Natural o SQL. Conocimientos de sistemas operativos UNIX, MS/DOS o VMS. Conocimientos de inglés.

NOTA: Los puestos señalados con podrán ser solicitados por los funcionarios cuyo grupo de titulación incluye el nivel del puesto solicitado.

(ANEXOS II Y III OMITIDOS)

ANEXO IV

Apellidos Nombre NRP Vacante solicitada Orden preferencia

Méritos específicos alegados por el concursante en relación con los citados en el anexo I (1) / Especificación de cursos, diplomas, etc.

(1) El interesado deberá rellenar un impreso, por lo menos, por cada puesto solicitado. En esta columna se expondrán por el concursante los méritos personales y profesionales que considere y referidos ordenadamente a los méritos que se citan en el anexo I.

Esta especificación no exime de la presentación de la pertinente documentación, sin la cual no se procedera a su valoración.

En ............... a ..... de ............. de 19 .....

(Firma del solicitante)

ANEXO V

Area de Explotación

Comprende los puestos de trabajo de tráfico postal y telegráfico, ingeniería, organización industrial y oficinas técnicas.

Area de Recursos Humanos

Comprende los puestos de trabajo de relaciones industriales, plantillas, planes de personal, formación, organización y métodos, estadística, régimen, administración y gestión de personal funcionario y laboral, retribuciones, previsión social, habilitación y medicina.

Area de Comercial

Comprende los puestos de trabajo de estudios comerciales, servicio filatélico, gestión y acción comercial.

Area de Finanzas

Comprende los puestos de trabajo de estudios económicos, adquisiciones, economía y finanzas, contabilidad, presupuestos e inversiones, servicio de giro, control de ingresos y facturación postal y telegráfica.

Area de Inspección

Comprende los puestos de trabajo de auditoría y control, información y expedientes, reclamaciones y servicio de seguridad.

Area de Secretaría

Comprende los puestos de trabajo de asuntos internacionales, legislación, recursos y asuntos generales.

Marketing

Comprende los puestos de trabajo de imagen, estudios y protocolo.

Infraestructura

Comprende los puestos de centrales, redes, obras, informática, comunicación e instalaciones.

Transportes

Comprende los puestos de análisis económico y planificación y desarrollo del transporte.

Relaciones Externas

Comprende los puestos de comunicación interna y externa, museo y biblioteca.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid