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Según lo dispuesto en el artículo 7.º de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de Semillas y Plantas de Vivero, los artículos 7.º, 8.º y 15 del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero, modificado por el Real Decreto 646/1986, de 21 de marzo, las condiciones que se fijan en el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por la Orden de 23 de mayo de 1986, modificada por las Ordenes de 26 de noviembre de 1986, de 16 de julio de 1990 y de 13 de julio de 1992, así como en los Reglamentos Técnicos de Control y Certificación correspondientes a las distintas especies, y teniendo en cuenta lo establecido en la Orden de 30 de noviembre de 1974, sobre delegación de la facultad de concesión de autorizaciones de productores de semillas con carácter provisional, así como lo dispuesto en los diferentes Decretos de transferencia de funciones a las Comunidades Autónomas, relativo a los informes preceptivos, y tras estudiar la documentación aportada y los informes presentados por las Comunidades Autónomas afectadas, he tenido a bien resolver:
Uno.-Se anula la concesión del título de Productor Multiplicador de Semilla de Cereales, a la entidad: «Abonos Arias, Sociedad Anónima», de Caravaca de la Cruz (Murcia).
Dos.-Se anula la concesión del título de Productor Multiplicador de Semilla de Cereales a la entidad «S. A. T. número 563, «La Casa del Agricultor», de Jumilla (Murcia).
Tres.-Se anula la concesión del título de Productor Multiplicador de Semilla de Cereales a la entidad Atilano Saz Anchuelo e Hijos, C. B., de Anchuelo (Madrid).
Cuatro.-Se anula la concesión del título de Productor Seleccionador de Semillas de Plantas Forrajeras y Pratenses, de Leguminosas de Grano, Remolacha y Plantas Hortícolas a la entidad: «Rústicas, Sociedad Anónima», de Madrid.
Cinco.-Se anula la concesión del título de Productor Seleccionador de Semilla de Maíz y Sorgo a la entidad: «Shell España, Sociedad Anónima», de Madrid.
Disposición final.-La presente Resolución, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de abril de 1995.-El Director general, Francisco Daniel Trueba Herranz.
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