Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-11327

Resolución de 6 de abril de 1995, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se hace pública la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en Il recurso contencioso-administrativo número 1.007/1992, interpuesto por don Manuel Cuadrado Iglesias.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 1995, páginas 13782 a 13782 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-11327

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.007/1992, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por don Manuel Cuadrado Iglesias, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 21 de octubre de 1994, cuyo fallo es el siguiente:

«Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Borja Lacasa Sedano, en representación de don Manuel Cuadrado Iglesias, contra el acuerdo de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora de fecha 23 de noviembre de 1990 en el particular relativo a la valoración negativa de dos de los tres tramos solicitados por el interesado, así como frente a la Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de fecha 10 de marzo de 1992, que desestimó el recurso de alzada deducido contra aquél, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones disconformes con el ordenamiento jurídico, anulándolas en lo relativo a la valoración negativa que contienen y confirmándolas en cuanto a la evaluación positiva. En consecuencia, ordenamos la retroacción de las actuaciones administrativas al trámite en que se produjo la infracción determinante de la nulidad, a fin de que por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora se proceda a valorar de nuevo los tramos solicitados por el interesado y que fueron evaluados negativamente, razonando y motivando la decisión que se adopte conforme a los principios y criterios sentados en la Orden de 5 de febrero de 1990. Todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas. Notifíquese esta Resolución conforme dispone el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, expresando que contra la misma no cabe recurso.»

Dispuesto por Orden de 23 de febrero de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,

Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.

Madrid, 6 de abril de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.

Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid