La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha dictado una sentencia el 30 de enero de 1995 en el recurso contencioso-administrativo número 944/1994, interpuesto por doña Margarita Prats Gomila, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 28 de abril de 1994 que desestimó la petición de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía del grupo al que pertenece.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Primero.-Desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo.
Segundo.-Declaramos adecuados al ordenamiento jurídico los actos administrativos impugnados y, en su consecuencia, los confirmamos.
Tercero.-No hacemos declaración en cuanto a las costas procesales.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 24 de abril de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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