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Documento BOE-A-1995-12411

Orden de 28 de abril de 1995 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros del día 24 de marzo de 1995, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/194/93 interpuesto por don Tirso Febrel Molinero.

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 25 de mayo de 1995, páginas 15379 a 15379 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1995-12411

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/194/93 interpuesto por don Tirso Febrel Molinero, contra acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 16 de octubre de 1992, que desestima la reclamación de indemnización de daños y perjuicios derivados de la aplicación al recurrente del artículo 33 y de la disposición transitoria novena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, confirmado por acuerdo del mismo Consejo de fecha 26 de febrero de 1993, al resolver el recurso de reposición, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 27 de diciembre de 1994, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 194/1993, interpuesto por don Tirso Febrel Molinero, dirigido por el Letrado don Doroteo López Royo, contra acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 16 de octubre de 1992, que desestima la reclamación de indemnización de daños y perjuicios derivados de la aplicación al recurrente del artículo 33 y de la disposición transitoria novena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, confirmado por acuerdo del mismo Consejo de fecha 26 de febrero de 1993, al resolver el recurso de reposición, sin hacer expresa condena en costas.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 24 de marzo de 1995, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.

Madrid, 28 de abril de 1995.-El Ministro, P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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