La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia, con fecha 2 de diciembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 268/92 en el que son partes, de una, como demandante don Francisco Mateos Peinado, y de otra como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 15 de enero de 1992, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 17 de octubre de 1991, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor López Royo Migoya, en representación don Francisco Mateos Peinado, contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 17 de octubre de 1991, denegatoria del reintegro de gastos de asistencia sanitaria reclamado así como frente a la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 15 de enero de 1992 que desestimó el recurso de alzada deducido contra aquélla, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones ajustadas a Derecho; sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid 9 de mayo de 1995.-El Ministro para las Administraciones Públicas.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
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