Visto el expediente de indulto de don José Vicente Rodríguez Alvarez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de León, en sentencia de fecha 12 de abril de 1993, revocatoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de Ponferrada de fecha 23 de septiembre de 1992, como autor de un delito de robo, a la pena de un año de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 12 de diciembre de 1986; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de mayo de 1995,
Vengo en indultar a don José Vicente Rodríguez Alvarez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no cometa delito en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 19 de mayo de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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