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Documento BOE-A-1995-14815

Orden de 29 de mayo de 1995 por la que se convocan los Premios Nacionales de Terminación de Estudios de Educación Universitaria, destinados a quienes hayan concluido los mismos en el curso académico 1994-1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 1995, páginas 18315 a 18316 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-14815

TEXTO ORIGINAL

La conveniencia tradicionalmente mantenida de distinguir a los alumnos que hayan cursado con mayor brillantez sus estudios universitarios con un reconocimiento de carácter oficial que al mismo tiempo comporte una asignación económica aconseja convocar, un año más, los Premios Nacionales de Terminación de Estudios de Educación Universitaria para los alumnos que los hayan concluido en el curso 1994-1995. En consecuencia, y para dar cumplimiento a los principios de objetividad, publicidad y concurrencia a que debe someterse toda actividad de la Administración Pública, he dispuesto:

Primero.-Se convocan los Premios Nacionales de Terminación de Estudios de Educación Universitaria, destinados a quienes hayan concluido los mismos en centros españoles (Facultad universitaria, Escuela Técnica Superior o Escuela Universitaria) en el curso 1994-1995.

Segundo.-Se concederá un premio nacional al mejor expediente académico en cada una de las diferentes titulaciones universitarias oficiales mencionadas en el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sin tener en cuenta las diferentes especialidades. Si el Jurado de selección lo estimase oportuno, podrán concederse, asimismo, un segundo y tercer premios, así como menciones especiales con efectos exclusivamente académicos.

Quienes resultasen premiados u obtengan una mención especial recibirán un diploma acreditativo de esta distinción que será anotada en su expediente académico.

Tercero.-Unicamente los premios nacionales tendrán una dotación económica. El primer premio estará dotado con 425.000 pesetas. El segundo y tercer premios, en su caso, estarán dotados con 325.000 y 275.000 pesetas, respectivamente. La financiación se hará con cargo al presupuesto de este Ministerio, aplicación presupuestaria 18.12.484.423A.

Cuarto.-Los alumnos serán seleccionados en virtud de su expediente académico, que será valorado por la media de las notas medias obtenidas en los diferentes cursos de que conste la carrera. A estos efectos, la valoración de cada una de las distintas calificaciones será la siguiente:

Matrícula de honor: 10 puntos.

Sobresaliente: 9 puntos.

Notable: 7,5 puntos.

Aprobado: 5,5 puntos.

Para obtener dicha nota media se dividirá la suma de notas obtenidas en cada asignatura, según el precedente baremo por el número de asignaturas cursadas. A estos efectos, se computará la nota definitiva más alta obtenida en cada asignatura. No se valorarán en el expediente académico las calificaciones obtenidas en las asignaturas complementarias, en los casos de alumnos de centros en cuyos planes de estudio todavía figuren y aquellas que, según los planes de estudios, sólo puedan calificarse como «apto».

En el caso de estudios renovados la valoración de cada una de las asignaturas, según el baremo anteriormente citado, se ponderará en función del número de créditos que lo integren, de acuerdo con la siguiente fórmula matemática:

V = P x NCa / V = NCt

V / = Valor resultante de la ponderación de la nota obtenida en cada asignatura.

P / = Puntuación de cada asignatura de acuerdo con la tabla de equivalencias.

NCa / = Número de créditos que integran la asignatura.

NCt / = Número de créditos total cursado.

Los valores resultantes de la aplicación de dicha fórmula a cada asignatura se sumarán, siendo el resultado la nota media final.

El Jurado de selección podrá tener en consideración, en su valoración de los expedientes académicos, las diferentes calificaciones medias concedidas en las Universidades españolas, currículum vitae de los solicitantes y cualesquiera otros méritos que puedan ser considerados.

Las asignaturas o créditos convalidados, sin que se especifique en la convalidación la calificación obtenida, se valorarán como aprobado (5,5 puntos).

Quinto.-Los solicitantes habrán de presentar la siguiente documentación:

a) Instancia formulada según modelo que se publica como anexo a la presente Orden.

b) Certificación académica personal, siendo requisito necesario que sea original o fotocopia conformada con el original, en la que se exprese la denominación y número de asignaturas que integran el plan de estudios, especificándose si son cuatrimestrales, la calificación obtenida y el número de créditos que la integran, en su caso.

c) Breve currículum vitae con indicación, en su caso, de los premios y becas que le hubieren sido concedidos y méritos que desee alegar, acompañado de la documentación correspondiente.

d) Fotocopia del documento nacional de identidad.

Las solicitudes se presentarán en la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio, calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación terminará el día 31 de octubre de 1995.

Sexto.-El Jurado de selección estará constituido por:

Presidente: El Director general de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa.

Vicepresidente: Un Rector de Universidad.

Vocales: Cinco Catedráticos de Educación Universitaria, el Subdirector general de Becas y Ayudas al Estudio y el Subdirector general de Centros y Profesorado de la Dirección General de Enseñanza Superior.

Secretario: El Jefe del Servicio de Becas de la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio.

Séptimo.-Las decisiones tomadas por el Jurado de selección serán inapelables.

Octavo.-La resolución de la presente convocatoria con la relación de premios y menciones se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado».

Noveno.-La documentación presentada por los solicitantes podrá ser retirada dentro de los tres meses siguientes a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo será destruida.

Décimo.-Se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa a abonar los gastos que se produzcan, en su caso, con motivo de la entrega de los diplomas a los alumnos que resulten premiados.

Undécimo.-Las autoridades universitarias procurarán la máxima difusión y conocimiento de la presente convocatoria y ordenarán su inserción en el tablón de anuncios de los centros universitarios.

Duodécimo.-Queda autorizada la Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa para dictar aquellas normas que sean necesarias para el desarrollo de la presente disposición.

Decimotercero.-La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

Decimocuarto.-La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Excmos. Sres. Secretarios de Estado de Educación y de Universidades e Investigación e Ilmo. Sr. Director general de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa.

ANEXO

Modelo de solicitud de Premios Nacionales de Terminación de Estudios Universitarios 1994-1995

A) Datos personales:

(Nombre)

(Apellidos)

Nacido en , provincia de . con documento nacional de identidad y número de identificación fiscal

Domicilio (a efectos de notificación):

Calle o plaza , número ............, localidad , código postal ...................., provincia , teléfono ........................

B) Datos académicos:

Declara haber finalizado los estudios para la obtención del título de por la Universidad de en el curso académico

Calificación del trabajo o proyecto fin de carrera

Fecha de realización

Calificación del examen o prueba general cuando sea necesaria para la obtención del título de que se trate

De no ser necesaria consígnese como mérito en el currículum vitae.

Desea tomar parte en la convocatoria de Premios Nacionales de Terminación de Estudios Universitarios finalizados en el curso 1994-1995.

, ............ de de 199........

(Lugar, fecha y firma.)

Ilmo. Sr. Director general de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa.

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