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Documento BOE-A-1995-14927

Resolución de 29 de mayo de 1995, de la Universidad de Oviedo, por la que se acuerda hacer público el presupuesto de esta Universidad para el ejercicio económico de 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 20 de junio de 1995, páginas 18562 a 18617 (56 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1995-14927

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Social de la Universidad de Oviedo, en sesión plenaria celebrada el 24 de mayo de 1995, aprobó el Presupuesto de la Universidad de Oviedo para 1995, tal como establece el artículo 14.2 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria,

Por tanto, y para dar cumplimiento al requisito de la publicación exigido por el artículo 54.2 y 210 de los Estatutos de esta Universidad.

Este Rectorado, en uso de las atribuciones que le concede el artículo 72-d) de los citados Estatutos,

Acuerda su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Oviedo, 29 de mayo de 1995.-El Rector, Santiago Gascón Muñoz.

PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO DE 1995

PREAMBULO

La Ley de Reforma Universitaria proclama en el artículo 3.2.c) la autonomía económica y financiera de las Universidades en la «elaboración, aprobación y gestión de sus presupuestos» estableciendo en su artículo 54.5 la obligada adaptación, en todo caso, «a las normas que con carácter general estén establecidas para el sector público, a los efectos de normalización contable». En el ejercicio de esta importante competencia se presenta este Presupuesto de la Universidad de Oviedo para el año 1995, caracterizado por un incremento mesurado del gasto, coherente con la actual planificación de la actividad económica del Estado y con la realidad de una Institución en permanente crecimiento.

El moderado crecimiento de las principales fuentes de financiación de la Universidad (la Subvención Nominativa del Ministerio de Educación y las Tasas Académicas), exige un mayor rigor en el gasto. Además los costes financieros se elevan a causa de la situación de nuestra Tesorería, incapaz de atender con regularidad los cuantiosos gastos fijos mensuales (personal y gastos corrientes) y de anticipar las inversiones financiadas con fondos FEDER.

En el título III, relativo a la gestión de los diversos tipos de gastos, se recogen expresamente las previsiones del artículo 18 de la Ley 41/1994, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, en cuanto al crecimiento de la retribuciones íntegras del personal al servicio del Sector Público, que será del 3,5 por 100 y la austeridad en la dotación de nuevas plazas o en la modificación de las relaciones de puestos de trabajo.

En el capítulo destinado a la contratación, la Comisión de Contratación de la Universidad de Oviedo continúa siendo el órgano técnico de gestión del presupuesto de gastos, para cuantías superiores a dos millones de pesetas (2.000.000 de pesetas). También se designa al Vicerrector responsable de cada programa de gasto, incorporando en anexo, la relación de contratos de tramitación anticipada con cargo a este presupuesto.

En el apartado de Ingresos (título IV) se revisan las exenciones del pago de la matrícula de los funcionarios del Ministerio de Educación y Ciencia, constituyendo esta regulación revocación expresa de los acuerdos que en esta materia habían sido adoptados por la Junta de Gobierno y el Consejo Social. Respecto al Presupuesto de Ingresos se incorpora un anexo relativo a ingresos de financiación afectada, asignando cada ingreso a su correspondiente Programa de Gasto. Asimismo, se incluye la relación de Tasas y Precios Públicos por prestación de servicios o realización de actividades universitarias.

El presupuesto de Gastos continúa con la técnica del Presupuesto por Programas, definiendo los objetivos y líneas de actuación para el ejercicio 1995 e incorporando un anexo relativo a la plantilla de profesorado y PAS, así como la dotación de gastos de funcionamiento de Centros y Departamentos, cuya cuantía se incrementa en un 50 por 100. Por último, se incluye en un anexo la Programación Plurianual de Inversiones financiadas con fondos FEDER.

BASES DE EJECUCION DEL PRESUPUESTO

TITULO I

Normas generales

CAPITULO I

Créditos iniciales y su financiación

Artículo 1. Aprobación del Estado de Gastos e ingresos.

1.º Se aprueba el presupuesto de la Universidad de Oviedo para el Ejercicio de 1995 concediéndose créditos por un importe de 16.830.444 miles de pesetas, cuya financiación se llevará a cabo con los derechos económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio presupuestario de 1995, por un importe de 16.830.444 miles de pesetas, tal como se detalla en el estado de ingresos.

2.º La gestión del Presupuesto de la Universidad de Oviedo para 1995 se realizará de conformidad con la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, por el Real Decreto 1995/1985, de 5 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo, por las presentes normas y supletoriamente, por lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre.

Artículo 2. Distribución funcional de los créditos.

Los créditos que se aprueban, se agrupan en programas en función de los objetivos a conseguir. Su importe, que asciende a 16.830.444 miles de pesetas, se distribuye en atención a la índole de las funciones a realizar en las cuantías que se detallan a continuación:

Programa / Importe - En miles de pesetas

111-A. Consejo Social / 5.750

126-F. Publicaciones / 44.000

134-B. Coop. Promoción y Difusión Cultural en el Exterior / 220.082

313-E. Acción Social / 63.552

421-B. Perfeccionamiento del Profesorado de Educación / 19.000

422-D. Enseñanzas Universitarias / 13.361.128

423-A. Becas y Ayudas a Estudiantes / 200.522

423-B. Servicios Complementarios de la Enseñanza / 94.000

423-C. Apoyo a otras Actividades Universitarias (Extensión Universitaria) / 367.760

423-G. Apoyo a otras Actividades Universitarias (Festival de Música) / 80.000

455-C. Promoción y Coop. Cultural (Relac. Institucionales) / 21.000

457-A. Fomento y Apoyo a las Actividades Deportivas / 59.000

541-A. Investigación Científica / 2.294.650

Total programas / 16.830.444

CAPITULO II

Principios generales

Artículo 3. Limitación cualitativa de los créditos.

Los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la que hayan sido autorizados al aprobarse el presupuesto o al aprobarse las correspondientes modificaciones presupuestarias.

Artículo 4. Vinculación de los créditos.

Los créditos autorizados en los programas de gastos tienen carácter limitativo y vinculante a nivel de concepto. No obstante, los créditos destinados a Gastos de Personal (capítulo I), Gastos en Bienes Corrientes y Servicios (capítulo II) e Inversiones Reales (capítulo VI) tienen carácter vinculante a nivel de artículo.

En todo caso tienen carácter vinculante, con el nivel de desagregación económica con que aparezcan en el estado de gastos, los créditos destinados a Complemento de Productividad y Atenciones Protocolarias y Representativas.

Artículo 5. Limitación cuantitativa de los créditos.

No podrán adquirirse compromisos de gasto por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en el estado de gastos, siendo nulos de pleno derecho los correspondientes actos administrativos y disposiciones que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar.

Artículo 6. Limitación temporal de los créditos.

Con cargo a los créditos del estado de gastos sólo podrán contratarse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario. No obstante, se aplicarán a los créditos del presupuesto vigente, en el momento de expedición de las órdenes de pago, las obligaciones siguientes:

a) Las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal que perciba sus retribuciones con cargo al Presupuesto de la Universidad.

b) Las derivadas de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicios anteriores.

CAPITULO III

Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias

Artículo 7. Modificaciones de los créditos.

Los expedientes de modificación de crédito se iniciarán a propuesta de los centros o servicios gestores que tengan a su cargo la ejecución del correspondiente programa. Todo expediente de modificación presupuestaria deberá incluir, como mínimo, la siguiente documentación:

a) Memoria.-En ella se justificará la necesidad de la modificación que se propone, de acuerdo con los siguientes extremos:

Clase de modificación que se propone, indicando los conceptos presupuestarios a que afecta.

Normas legales o disposiciones en que se basa.

Recursos o medios previstos con que se ha de financiar el mayor gasto.

b) Informes.-Se acompañarán los siguientes:

Los dictámenes o informes facultativos que en cada caso procedan.

El de la Intervención, en el que, en su caso, se le acreditarán los saldos contables y las retenciones de créditos que afecten al expediente por parte del Jefe de Contabilidad.

Artículo 8. Créditos extraordinarios y suplementos de Crédito.

Cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto de la Universidad algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista crédito o éste sea insuficiente y no ampliable el consignado, el Rector, previo informe de la Gerencia y propuesta favorable de la Junta de Gobierno, elevará al Consejo Social la correspondiente propuesta de crédito extraordinario, en el primer caso, o de un suplemento de crédito, en el segundo, y en la que se especificará el recurso que haya de financiar el mayor gasto.

Artículo 9. Transferencias de Crédito.

a) Las Transferencias de Crédito entre los diversos conceptos de un mismo capítulo, serán aprobadas por el Rector.

b) Las Transferencias de Crédito entre los diversos conceptos de los capítulos de operaciones corrientes o de operaciones de capital se aprobarán por la Junta de Gobierno.

c) Las Transferencias de Gastos Corrientes a Gastos de Capital se aprobarán por el Consejo Social. Las transferencias de gastos de capital a cualquier otro capítulo serán acordadas por el Consejo Social, previa autorización de la Comunidad Autónoma.

Artículo 10. Incorporación de Remanentes de Crédito.

El Rector podrá acordar la incorporación de los remanentes de crédito anulados a la liquidación del ejercicio anterior e incorporarlos a los correspondientes créditos del Presupuesto actual.

No obstante, podrán incorporarse al presupuesto actual, directamente, y a los mismos conceptos, sin esperar a la liquidación definitiva, los remanentes procedentes de los siguientes créditos:

Los créditos del capítulo VI, Inversiones Reales, o aquellos que amparen gastos financiados con ingresos afectados, siempre que sean destinados a idéntico fin.

Los créditos, en fase contable, que amparen contratos adjudicados en el ejercicio anterior, en la parte que no se haya reconocido la obligación correspondiente al finalizar el ejercicio.

Artículo 11. Generación de Créditos.

Podrán generar crédito en el estado de gastos del Presupuesto por acuerdo del Rector, los ingresos derivados de las siguientes operaciones:

a) Aportaciones o compromisos firmes de aportación de personas fisicas o jurídicas para financiar gastos, que estén contemplados en alguno de los créditos de los distintos programas del Presupuesto.

b) Prestaciones de servicios o realización de actividades por las cuales se hayan liquidado precios públicos, en cuantía superior a los ingresos presupuestados.

La realización efectiva de dichos ingresos se justificarán en el expediente de modificación presupuestaria con el documento de ingreso aplicado al presupuesto.

c) Enajenación de bienes de la Universidad.

Artículo 12. Créditos ampliables.

La dotación de los Créditos ampliables (artículo 55 L.R.U.) se podrá incrementar:

a) En función de la efectiva recaudación de los derechos afectados, extremo que será certificado por el Jefe de Servicio de Contabilidad y Presupuestos.

b) Hasta el límite de las obligaciones que se reconozcan y liquiden, debiéndose especificar en el correspondiente expediente de modificación presupuestaria el recurso que haya de financiar el mayor gasto público.

Será competencia del Rector la aprobación de las ampliaciones de crédito.

TITULO II

Gestión presupuestaria

CAPITULO I

Fases de la ejecución del presupuesto

Artículo 13. Fase AD.

La autorización (fase A) es el acto por el cual, el Rector aprueba la realización de un gasto calculado de forma cierta o aproximada, a cargo de un concepto presupuestario determinado, sin superar el crédito disponible. Este acto no implica todavía relación con terceros, pero supone el inicio del proceso administrativo.

La disposición (fase D) o compromiso de gasto, es el acto por el cual el Rector acuerda o concreta la liquidación de haberes o la realización de obras, servicios o suministros autorizados previamente. Representa el perfeccionamiento de compromisos frente a terceros, teniendo por objeto la afectación definitiva de los créditos al cumplimiento de una obligación y vinculando a la Universidad a la realización de un gasto por cuantía determinada.

Artículo 14. Fase O.

Reconocimiento de la obligación (fase O): Es el acto por el cual se realiza la contracción de un crédito exigible contra la Universidad por el importe exacto del gasto efectivamente realizado, aceptándose formalmente la obligación respecto de un tercero que ha realizado satisfactoriamente la obra, el servicio o el suministro de que se trate.

El reconocimiento de la obligación se efectúa una vez firmada la liquidación de haberes o formalizada el acta de recepción del material u obra de que se trate, el certificado de conformidad en cuanto a cantidad, calidad y precio del suministro correspondiente o cualquier documento equivalente, en que se acredite, por persona/s competente/s, la conformidad de la Universidad respecto a la prestación, servicio, suministro u obra realizada por tercero, siendo preceptivo la presentación de la correspondiente factura con todos los requisitos legales.

Ordenación y ejecución del pago: El Rector ordenará el pago, mediante la expedición del mandamiento de pago correspondiente, contra la Tesorería de la Universidad. El procedimiento ordinario será la transferencia bancaria a favor de la entidad, sucursal y número de cuenta corriente que el interesado haya solicitado por escrito.

CAPITULO II

Pagos a justificar y anticipos de caja fija

Artículo 15. «Pagos a justificar».

Tendrán el carácter de «pagos a justificar» las cantidades que expresamente se libren para atender gastos sin la previa aportación de la documentación justificativa a que se refiere el artículo anterior.

Procederá la expedición de órdenes de pago a justificar en los supuestos siguientes:

a) Cuando los documentos justificativos no puedan aportarse antes de formular la propuesta de pago.

b) Cuando los servicios o prestaciones a que se refieran hayan tenido lugar o vayan a tener lugar en territorio extranjero.

Con cargo a los libramientos efectuados a justificar únicamente podrán satisfacerse obligaciones del ejercicio corriente.

El Rector, a propuesta del Gerente, previo informe del Interventor, establecerá las normas que regulen la expedición de órdenes de pago «a justificar».

Artículo 16. Anticipos de Caja Fija.

Se entienden por anticipos de Caja Fija, las provisiones de fondos que se realicen en Cajas y Habilitación para poder atender el pago de obligaciones de carácter periódico y repetitivo, o de ejecución inmediata (gastos de funcionamiento, de actividad docente, investigación, becas, bolsas, ayudas, etc.) o suministros menores que se producen en los Departamentos, Centros, Institutos y Servicios. Estos fondos tendrán la consideración de operaciones extrapresupuestarias.

El Rector, a propuesta del Gerente, previo informe de la Intervención determinará las normas que regulen los Anticipos de Caja Fija y las Indemnizaciones por Razón del Servicio.

TITULO III

De los gastos

CAPITULO I

Gastos de personal

Artículo 17. Costes de personal.

1.º Las retribuciones del personal funcionario docente y no docente y contratado docente, así como el laboral, se ajustarán a lo establecido por la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995.

2.º Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la citada Ley 41/1994, los costes autorizados de personal funcionario docente y no docente y contratado docente tiene la siguiente cuantía:

Personal docente (Funcionario y contratado): 5.998.635.000 pesetas.

Personal no docente (Funcionario): 1.106.527.000 pesetas.

sin incluir trienios ni gastos sociales. Tampoco incluye las partidas que, en aplicación del Real Decreto 1558/1986, de 28 de febrero, y disposiciones que lo desarrollan, vengan a incorporarse, procedentes de las Instituciones Sanitarias correspondientes, para financiar las retribuciones de las plazas vinculadas, ni el complemento especifico por méritos docentes ni el complemento de productividad por la actividad investigadora, previstos en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, reconocidos con posterioridad al 31 de diciembre de 1992.

3.º Durante 1995, las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo Personal de Administración y Servicios se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios, de acuerdo con las necesidades de crecimiento de la Universidad, y los principios de economía, eficiencia y racionalidad en el gasto público, dentro de los créditos y dotaciones existentes en el presupuesto.

En el anexo adjunto a este presupuesto se efectúa un detalle pormenorizado de los gastos de personal y se presentan los Estados de Personal Docente y de Administración y Servicios tanto funcionario como laboral.

4.º El crédito previsto para los conceptos 162 y 163 del programa 422-D, relativos a Acción Social, será distribuido por la Gerencia oídas las Juntas de Personal y el Comité de Empresa. El programa 313-E incluye, además, la cuantía de las ayudas que financian el precio de las matrículas del personal al servicio de la Universidad de Oviedo, en los términos previstos en el artículo 28.2.1 de estas bases.

5.º El crédito previsto para el concepto 131.00 del programa 422-D, correspondiente a personal para funcionarizar será transferido de los conceptos comprendidos del artículo 12 en la medida que dicho personal haya adquirido la condición de funcionario del grupo E.

CAPITULO II

De la contratación

Artículo 18. Normas de aplicación.

1.º La contratación de obras, servicios y suministros se ajustará a lo establecido en la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria y al Real Decreto 1295/1985, de 3 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo. Asimismo, la normativa general de contratación de las Administraciones Públicas se complementará con lo previsto en el presente Título.

2.º En cumplimiento del artículo 56.3 de la L.R.U., el Consejo Social podrá autorizar la Contratación Directa de Suministros de equipos para programas de investigación que superen el limite establecido para tal fin por la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 19. Importaciones.

La Universidad de Oviedo podrá concertar directamente, dentro de los limites anteriores, con empresas extranjeras, contratos puramente mercantiles, que tengan por objeto la adquisición de bienes de equipo o la prestación de servicios para la investigación, mediante importación o adquisición intracomunitaria, con las siguientes particularidades:

a) Se unirá a la solicitud una Memoria del Centro Gestor o del Investigador Principal en la que se indiquen las características jurídicas y económicas de la empresa suministradora y se expliquen las razones que aconsejan la contratación con dicha empresa.

b) La oferta y la correspondiente factura, vendrán valoradas en moneda extranjera y en ellas constarán todas las condiciones de la venta.

c) El pago podrá efectuarse previa tramitación del oportuno crédito documentario.

d) Para el reconocimiento de la obligación se levantará un Acta de Recepción o conformidad del servicio, que estará firmada por el Vicerrector de Investigación, el Director del Departamento, el Gerente y la Intervención.

Cuando se trate de servicios complementarios de la importación u otros similares como los prestados por agencias de aduanas, será suficiente la factura conformada por el responsable del gasto y el Vicerrectorado correspondiente.

Artículo 20. La Comisión de Contratación.

Primero:

1. Para la gestión del Presupuesto de Gastos de la Universidad de Oviedo existirá la Comisión de Contratación de la Universidad de Oviedo, dependiente orgánicamente del Rector y presidida por el Vicerrector de Programación e Inversiones, estará integrada por los siguientes miembros:

Vocales:

El Gerente.

La Intervención.

El Jefe del Servicio Jurídico.

El Jefe del Servicio del Centro Gestor correspondiente al programa de gasto de que se trate.

Secretario:

El Jefe de Sección del correspondiente Servicio.

2. Cuando se trate de aprobación de expedientes de Obras se integrará como vocal el Arquitecto de la Universidad, sin perjuicio de aportar el preceptivo informe técnico.

3. Cuando se trate de aprobación de expedientes cuyo presupuesto supere los 5.000.000 de pesetas se integrará como vocal el Decano o Director de centro o departamento afectado, sin perjuicio de la incorporación, a propuesta del Presidente, de especialistas, cuando la naturaleza del expediente lo exija.

Segundo:

1. Será competencia de la Comisión de Contratación efectuar las propuestas de adjudicación de los expedientes de gasto cuya cuantía exceda de 2.000.000 de pesetas.

2. También actuará como Mesa de Contratación proponiendo al Rector la adjudicación de cualesquiera concurso, subasta o procedimiento negociado en las cuantías indicadas.

3. La Comisión de Contratación será informada, periódicamente, de todas las contrataciones de cuantía inferior o igual a 2.000.000 de pesetas.

Tercero: Los créditos que el Vicerrectorado de Investigación destine para Prácticas de Laboratorio, y los que el Vicerrectorado de Ordenación Académica destine a Gastos de Funcionamiento, Actividad Docente y Prácticas de Campo, determinarán expedientes que serán resueltos por los Decanos y Directores de Centros o Departamentos según el caso, que los enviarán, con resolución motivada, al correspondiente Vicerrector.

Cuarto: La Junta de Compras de Material Informático de la Universidad de Oviedo asume las competencias anteriores en el caso de la adquisición de material informático de cuantía superior a 5.000.000 de pesetas. Estará integrada por los miembros de la Comisión de Contratación pero complementada con especialistas, nombrados por el Rector.

Artículo 21. De los responsables del programa de gasto.

1.º El centro, departamento o servicio que propone la ejecución de una obra, la prestación de un servicio o la realización de un suministro, dirigirá una solicitud al Vicerrector correspondiente, en función del programa presupuestario al que haya de imputarse el gasto.

El responsable del programa de gasto ejercerá, en su respectivo ámbito, las siguientes competencias:

Programación de necesidades y definición de líneas de actuación.

Seguimiento y control de la ejecución de su programa de gasto.

2.º Responsables del programa de gasto.

Vicerrectorado / Programa

Programación e Inversiones. / 421.B. Perfec. Profesorado de Educación.

422.D. Enseñanza Universitaria.

Investigación. / 541.A. Investigación Científica.

Relaciones Institucionales. / 134.B. Coop. Promoc. y Dif. Cult. en el Exterior.

455.C. C. Coop. Prom. Cult. (Relac. Institucionales).

Estudiantes y Extensión Universitaria. / 126.F. Publicaciones.

313.E. Acción Social.

423.A. Becas y Ayudas a Estudiantes.

423.B. Servs. complementarios de la Enseñanza.

423.C. C. Apoyo otras Actividades Univ. (Ext. Universit.).

423.G. Apoyo otras Actividades Univ. (F. Música).

457.A. Fomento Actividades Deportivas.

El responsable del Programa de Gasto 111-A será el Presidente del Consejo Social, que enviará sus propuestas directamente al Rector.

Artículo 22. Contratación de Obras, Suministros o Servicios de presupuesto inferior o igual a 2.000.000 de pesetas.

Será competente para emitir resolución aprobatoria el Vicerrector. Se tramitará un documento A.D.O. que se justificará con la siguiente documentación:

Diligencia del Vicerrector aprobatoria del gasto.

Factura conformada por el peticionario. Los Proyectos de Obras deberán estar informados, además, por la Unidad Técnica. Los gastos relativos a Proyectos de Investigación serán conformados por el Investigador Principal.

Conocerá de estos gastos la Comisión de Contratación a través de informes periódicos.

Los gastos inferiores o iguales a 500.000 pesetas podrán ser tramitados por las cajas pagadoras, de acuerdo con la normativa prevista en el artículo 16 de estas bases.

Artículo 23. Contratación de Suministros o Servicios de presupuesto superior a 2.000.000 de pesetas y de obras de presupuesto superior a 5.000.000 de pesetas.

La Gerencia tramitará una Propuesta de Gasto (Documento AD) que se justificará con la siguiente documentación:

En los supuestos que legalmente autorice el procedimiento negociado, al menos tres ofertas de otras tantas empresas o de una sola cuando se trate de bienes homologados de la Administración del Principado de Asturias o del Servicio Central de Suministros, o conste certificado de exclusividad.

Propuesta de adjudicación por la Comisión de Contratación. En suministros de equipos de investigación bastará la propuesta del Investigador Principal.

Resolución de adjudicación por el Rectorado.

Contrato, fianza y documentación de la empresa cuya adjudicación se propone.

Para reconocer la obligación se tramitará un documento O por acreedor, que se justificará con la siguiente documentación:

Factura del contratista.

Certificado de Inventario y Recepción de la obra, suministro o conformidad con la prestación del Servicio.

Copia del A.D.

Artículo 24. Registro de Contratos.

La intervención llevará un Registro de Contratos donde se tomará razón de todos aquellos contratos celebrados por la Universidad de Oviedo de cuantía inicial superior a 5.000.000 de pesetas, así como de cuantas modificaciones, prórrogas y demás vicisitudes afecten a su desarrollo. A tal efecto los centros gestores remitirán al citado Registro copia autentificada de los respectivos documentos administrativos o notariales.

TITULO IV

De los ingresos

Artículo 25. De los ingresos.

1.º Todos los ingresos de la Universidad de Oviedo se canalizarán a través del Banco de España. Las liquidaciones practicadas por la Universidad, notificadas al obligado al pago, se ingresarán en Cuentas Restringidas de Recaudación, abiertas en Entidades Bancarias y Cajas de Ahorros, para su transferencia quincenal en el Banco de España.

La fiscalización previa de los derechos será sustituida por la inherente a la toma de razón en contabilidad, estableciéndose actuaciones comprobatorias posteriores por la Intervención de la Universidad.

2.º Son ingresos finalistas los que financian conceptos del presupuesto de gastos de manera directa y específica, no pudiendo materializarse el gasto hasta la recepción material de los fondos. Se incorpora como anexo a este presupuesto la relación y cuantías de ingresos finalistas.

Por la propia naturaleza del derecho, el Rector podrá autorizar la realización de los gastos de financiación afectada, relativos a un ingreso acreditado y no recibido que esté amparado en una subvención, contrato o convenio formalizado con otra entidad.

3.º La expedición por los distintos Servicios de facturas sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido, se regirá por la normativa que dicte el Rector, garantizando, en todo caso, la remisión de una copia al Servicio de Contabilidad, para su toma de razón.

4.º La solicitud y eventual concesión de cualquier tipo de subvención por parte de los distintos Departamentos, Centros o Servicios a cualquiera entidades públicas o privadas, deberá ser comunicada al Servicio de Contabilidad, para su toma de razón.

Artículo 26. Derechos de inscripción en estudios conducentes a la obtención de títulos propios.

La recaudación de los precios por servicios académicos conducentes a la obtención de títulos propios de la Universidad de Oviedo estará directamente afectada a la financiación de los gastos de dichos cursos.

En tanto subsista la delegación acordada por el Consejo Social en sesión de 19 de septiembre de 1988, el precio de cada Curso será establecido por el Vicerrectorado de Estudiantes y Extensión Universitaria, que deberá garantizar la autofinanciación de la actividad, sin que represente coste suplementario para la Universidad, de acuerdo con el Presupuesto presentado y dentro de los márgenes retributivos del profesorado, establecidos por el Consejo Social.

La delegación se ejercerá con sujeción al artículo 13.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 27. Precios públicos durante el ejercicio 1995.

Durante el ejercicio 1995 regirán las siguientes tarifas por la prestación de servicios, realización de actividades o utilización privativa del patrimonio universitario.

1. Tarifas para alquiler de aulas de la Universidad de Oviedo.

Las tarifas establecidas durante 1995 para el arrendamiento de locales e instalaciones de la Universidad de Oviedo, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, expresadas en pesetas, son las siguientes:

Importe Pesetas

A) Celebración de exámenes:

Aulas de capacidad de más de 100 personas / 100.000

Aulas de capacidad de más de 50 y hasta 100 personas / 60.000

Aulas de capacidad de menos de 50 personas / 40.000

B) Uso no lectivo:

Aulas de medios audiovisuales, salones de actos, salas de juntas y otros similares / 100.000

C) Retribuciones de personal:

Días laborables / 9.000

Sábados / 11.000

Domingos y festivos / 13.000

El uso de la Capilla del Paraninfo será gratuito y autorizada por el Rector, previa petición del interesado. En el supuesto de que la utilización tenga lugar en horas no lectivas será preciso abonar al personal subalterno las cantidades que anteriormente se indican.

Las entidades públicas tendrán una bonificación del 50 por 100 en la utilización de instalaciones para exámenes de acceso a la Función Pública.

El Rector podrá dispensar del pago total o parcial de las cuotas a aquellas entidades sin ánimo de lucro que lo soliciten.

2. Tarifas servicio de deportes:

T. N. Pesetas / T. D. Pesetas

Uso de instalaciones:

Albergue (litera-día) / 700 / 500

Piscina climatizada / 100 / 50

Sauna / 200 / 100

Gimnasio de musculación / gratis / gratis

Polideportivo / 500 / 250

Cancha de tenis / 200 / 100

Pista descubierta / 200 / 100

Actividades:

Natación / 500 / 250

Squash / 500 / 250 Tenis / 1.800 / 1.000

Tai-Jitsu / 500 / 250

Atletismo / gratis / gratis

I.M.E.C. / gratis / gratis

Badminton / 500 / 250

Tenis de mesa / 500 / 250

Gimn. y Prep. Física / 500 / 250

Prep. Popu. y Fondo / gratis / gratis

Yoga / 5.000 / 4.000

Tiro con arco / gratis / gratis

Actividades en la naturaleza:

Montaña (salida) / 500 / 250

Descenso de río (canoa) / 1.800 / 1.500

Vela / 7.500 / 7.000

Bicicleta de montaña / 2.500 / 2.000

Golf / 4.000 / 3.000

Fin de semana-actividades / 5.000 / 4.000

T. N. (tarifa normal: carné estudiante).

T. D. (tarjeta deportiva): Precio 2.000 pesetas al año.

De acuerdo con el artículo 20, apartado 1, número 13, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, esta actividad está exenta del impuesto sobre el valor añadido.

3. Tarifas escuela infantil:

Concepto / Importe

Escolarización / 5.000 pesetas/mes

Comida / 425 pesetas/día + IVA

Merienda / 100 pesetas/día + IVA

4. Tarifas para la biblioteca universitaria:

Utilización de la red Rebiun / Importe Pesetas

A) Préstamo de documento original / 450

B) Fotocopias hasta diez páginas / 350

Cada página adicional / 35

C) Fotocopias transmitidas vía telefax (nacional) cada página / 120

5. Precios para la Residencia Universitaria «Colegio San Gregorio», «Colegio Mayor de América» y Residencia Universitaria de Profesores visitantes «Rafael Altamira» (curso 1994-1995):

Colegio Mayor «San Gregorio»:

Habitación doble: 35.000 pesetas + IVA (precio por persona y mes, sólo alojamiento).

Habitación individual: 45.000 pesetas + IVA (sólo alojamiento).

Fianza: El precio de una mensualidad.

Colegio Mayor «América»:

Habitación doble o individual: 52.000 pesetas + IVA (precio por persona y mes, alojamiento y manutención).

Habitación de postgraduado: 60.000 pesetas + IVA (precio por persona y mes, alojamiento y manutención).

Fianza: El precio de una mensualidad.

El pago de las cuotas se abonará de una sola vez al comienzo del curso, o bien fraccionadas en tres plazos pagaderos durante la primera quincena de octubre, enero y abril, respectivamente, conforme a la factura que para esas fechas habrá enviado la Administración de la Residencia.

Precios para estancias de Profesores visitantes en la Residencia Universitaria «Rafael Altamira» y en la Residencia Universitaria «Colegio San Gregorio»:

Habitación individual por un período de hasta diez días: 4.000 pesetas/día + IVA.

Habitación doble por un período de hasta diez días: 6.000 pesetas/día + +IVA.

Descuento a efectuar para estancias comprendidas entre diez y veinte días: 10 por 100.

Descuento a efectuar para estancias comprendidas entre veinte y treinta días: 25 por 100.

Descuento a efectuar para estancias superiores a treinta días: 35 por 100.

6. Tarifas del Instituto Feijoo de Estudios del Siglo XVIII:

Cuota anual de los asociados: 5.000 pesetas.

7. Tarifas de servicios comunes de investigación:

Servicio común / UNI OVI (1) - Pesetas / UNIOT (2) Pesetas / Otros (3) - Pesetas / Unidad

Análisis CHN / 300 / 1.500 / 3.000 / Muestra.

Cálculo Científico-VAX / 5.000 / 10.000 / 25.000 / 1.000-2.500 bloq. disco/año.

Cálculo Científico-VAX / 10.000 / 25.000 / 50.000 / Más de 2.500 bloques de disco/año.

Cálculo Científico-VAX / 1.000 / 2.500 / 5.000 / Hora CPU.

Cultivos Celulares / 2.000 / - / 5.000 / Persona/día.

Delineación / 4.250 / 7.250 / 10.750 / Hora.

Electrónica Industrial / 5.000 / 10.000 / 20.000 / Hora.

Granulometría / 1.000 / 1.500 / 3.000 / Por análisis.

Masas / 750 / 1.600 / 8.000 / Un módulo.

Micr. Elect.-Scanning/Microanálisis / 750 / 1.500 / 1.500 / H.-Muestra Biolo. Mat.-Part.

Micr. Elect.-Scanning/Microanálisis / 1.000 / 2.000 / 2.000 / Sombreado oro.

Micr. Elect.-Scanning/Microanálisis / 600 / 1.200 / 1.200 / Sombreado carbono.

Micr. Elect.-Scanning/Microanálisis / 750 / 1.500 / 1.500 / Punto crítico.

Micr. Elect.-Scanning/Microanálisis / 75 / 150 / 150 / Fotoimpresión B/N.

Micr. Elect.-Microsc. Elect. Trans. / 750 / 1.500 / 1.500 / Muestra biológica.

Micr. Elect.-Microsc. Elect. Trans. / 1.000 / 2.000 / 2.000 / Muestra material.

Micr. Elect.-Microsc. Elect. Trans. / 1.500 / 3.000 / 3.000 / Cuatro rejillas.

Micr. Elect.-Microsc. Elect. Trans. / 1.000 / 2.000 / 2.000 / Cada cuatro más.

Microsonda / 10.000 / 20.000 / 20.000 / Sesión.

Microsonda / 1.500 / 3.000 / 3.000 / Hora extra.

Proceso de imagen-IMCO 10 / 500 / 750 / 1.750 / Hora-equipo.

Proceso de imagen-IMCO 1000 / 750 / 1.250 / 3.000 / Hora-equipo.

Proceso de imagen-Microláser / 1.000 / 1.500 / 5.000 / Hora-equipo.

Proceso de imagen-Orden pers. / 250 / 450 / 750 / Hora-equipo.

Proceso de imagen-Plotter / 250 / 450 / 750 / Hora-equipo.

Proceso de imagen-Elab. Macro / - / 2.500 / 5.000 / Hora-prestaciones.

Proceso de imagen-Diseño, Pro. / 1.500 / 3.750 / 7.500 / Hora-prestaciones.

Proceso de imagen-Procesado / 1.000 / 2.500 / 5.000 / Hora-prestaciones.

Proceso de imagen-Análisis / 1.000 / 2.500 / 5.000 / Hora-prestaciones.

Proceso de imagen-Dis. Mult. / 1.500 / 3.750 / 7.500 / Hora-prestaciones.

Proceso de imagen-Papel vídeo / 200 / 200 / 200 / Unidad.

Proceso de imagen-Térmica / 400 / 400 / 400 / Unidad.

Proceso de imagen-Ploteado Post. / 500 / 500 / 500 / Unidad.

Microscopio de barrido / 1.000 / 2.000 / 4.000 / Hora.

Espect. y Dif. de RX-Difracción / 500 / 1.000 / 2.000 / Hora.

Espect. y Dif. de RX-Fluorescencia / 1.500 / 3.000 / 4.500 / Muestra, E. mayores.

Espect. y Dif. de RX-Fluorescencia / 1.000 / 2.000 / 3.000 / Muestra, E. traza.

Espect. y Dif. de RX-Fluorescencia / 500 / 1.000 / 1.500 / Muestra, E. pesados.

Espect. y Dif. de RX-Fluorescencia / 1.000 / 2.000 / 3.000 / Hora barrido continuo.

RX Monocristal / 50.000 / 250.000 / 500.000 / Estructura hasta 50 átomos.

RX Monocristal / 6.000 / 300.000 / 600.000 / Estruct. + de 50 átomos B. T. y C.

RMN / 100 / 5.000 / 10.000 / Hora.

Termocalorimetría / 300 / 1.000 / 2.500 / Hora.

Informática Gráfica-Computación / 200 / 400 / 600 / Hora-sesión.

Informática Gráfica-Impresora CL / 100 / 175 / 250 / Unidad.

Informática Gráfica-Plot. Elec. (AO) / 500 / 1.000 / 1.500 / Unidad.

Informática Gráfica-Hoja de list. / 0,5 / 1,0 / 1,5 / Unidad.

Informática Gráfica-Digitalizador / 100 / 200 / 400 / Unidad.

Cálculo Científico-Convex / 5.000 / 10.000 / 25.000 / 1.000-2.500 bloques de disco/año.

Cálculo Científico-Convex / 10.000 / 25.000 / 50.000 / Más de 2.500 bloques de disco/año.

Cálculo Científico-Convex / 1.000 / 2.500 / 5.000 / Hora CPU.

(1) Tarifa Investigadores Universidad de Oviedo.

(2) Tarifa Investigadores otras Universidades.

(3) Tarifa general.

8. Derechos de examen para acceder a los distintos Cuerpos y Escalas al Servicio de la Universidad de Oviedo:

Grupo A (docente y no docente) y I laboral: 3.000 pesetas.

Grupo B y II laboral o Prof. asociado: 2.500 pesetas.

Resto Funcionarios y Laborales: 2.000 pesetas.

Las pruebas de promoción del Personal de Administración y Servicios no devengarán tasas.

9. Importe de las tasas establecidas en el artículo 13, b) de la Ley 8/1989, relativas a expedición de certificaciones administrativas, copias auténticas o exhibición de expedientes en ejercicio del derecho enunciado en el artículo 37.8 de la Ley 30/1992:

Por cada certificación administrativa: 2.000 pesetas.

Por cada fotocopia sellada de documento: 1.000 pesetas.

Por cada expediente solicitado: 500 pesetas.

Artículo 28. Exenciones de los precios por la prestación de Servicios Académicos Universitarios.

1.º Serán beneficiarios de matrícula gratuita de estudios de primero, segundo y tercer ciclo los estudiantes que cumplan las condiciones siguientes:

1.1 Becarios del Régimen General de ayudas al Estudio, para titulaciones de primero y segundo ciclo.

Becarios de FPI, tanto del MEC como de la Universidad de Oviedo o del Principado de Asturias, para estudios de doctorado.

1.2 Los estudiantes que hayan obtenido matrícula de honor global en COU o premio extraordinario de bachillerato, podrán gozar por una sola vez del beneficio de matrícula gratuita en las asignaturas del primero y segundo cuatrimestre del primer año académico de sus estudios.

1.3 Los estudiantes que hayan obtenido alguna matrícula de honor en la Universidad tendrán derecho a tantos créditos gratuitos como créditos equivalentes con matrícula de honor tengan en período de matrícula anterior.

1.4 Los estudiantes procedentes de otra Universidad a los que, en virtud de Convenio, se les reconoce el derecho a la exención.

2.º Serán beneficiarios de una ayuda al estudio en el importe de la matrícula de estudios reglados de primero, segundo y tercer cielo, los que cumplan las siguientes condiciones:

2.1 Los funcionarios docentes y no docentes, el personal laboral y los profesores asociados, ayudantes y eméritos de la Universidad de Oviedo, para sí, sus cónyuges e hijos dependientes económicamente, tendrán una ayuda con cargo al programa de acción social del presente presupuesto, equivalente al 100 por 100 de los precios por la prestación de los servicios académicos universitarios.

2.2 Beneficiarios de familia numerosa menores de veinticinco años:

Primera categoría: 50 por 100 de reducción de los precios por la prestación de los servicios académicos universitarios.

Segunda categoría y Honor: 100 por 100 de reducción de los precios por la prestación de los servicios académicos universitarios.

El correspondiente importe será solicitado por la Universidad al Ministerio de Asuntos Sociales.

TITULO V

Fiscalización y control

Artículo 29. Programa de control financiero para 1995.

En cumplimiento del artículo 56.2 de la L.R.U el Rector aprobará el programa anual de control financiero, para el ejercicio económico 1995, que será ejecutado por la Intervención de la Universidad de Oviedo, dependiente orgánicamente del Rectorado, y ejerciendo sus funciones con plena autonomía e independencia respecto a los órganos sometidos a su control.

El programa comprenderá tanto la revisión del control interno como la realización de un control financiero y de eficacia en distintos centros de gasto o ingreso de la Universidad de Oviedo, mediante técnicas de auditoría, con el objeto de examinar el cumplimiento de la normativa vigente en materia presupuestaria y contable, así como para la comprobación física del inventario.

Programas de Gasto y Datos Estadísticos

Programa / Explicación / Total dotación Miles de pesetas / Porcentaje

111-A / Consejo Social / 5.750 / 0,03

126-F / Publicaciones / 44.000 / 0,26

134-B / Cooperación, promoción y difusión cultural en el extranjero / 220.082 / 1,31

313-E / Acción social / 63.552 / 0,38

421-B / Perfeccionamiento del profesorado de educación . / 19.000 / 0,11

422-D / Enseñanzas universitarias / 13.361.128 / 79,39

423-A / Becas y ayudas a estudiantes / 200.522 / 1,19

423-B / Servicios complementarios de la enseñanza / 94.000 / 0,56

423-C / Apoyo a otras actividades universitarias (extensión universitaria) / 367.760 / 2,19

423-G / Apoyo a otras actividades universitarias (festival de música) / 80.000 / 0,48

455-C / Promoción y cooperación cultural (relaciones institucionales) / 21.000 / 0,12

457-A / Fomento y apoyo de las actividades deportivas / 59.000 / 0,35

541-A / Investigación científica / 2.294.650 / 13,63 / Total / 16.830.444

Presupuestos de Gastos / 111-A Pesetas / 126-F Pesetas / 134-B Pesetas / 313-E Pesetas / 421-B Pesetas / 422-D Pesetas / 423-A Pesetas

Cap. I. Gastos de personal / - / - / - / - / / 9.826.098 / -

Cap. II. Gastos en bienes corrientes y servicios / 2.150 / 43.700 / 13.300 / 13.552 / 18.285 / 2.218.040 / 6.300

Cap. III. Gastos financieros / - / - / - / - / - / 150.000 / -

Cap. IV. Transferencias corrientes / 3.000 / - / 206.782 / 50.000 / - / - / 194.222

Cap. VI. Inversiones reales / 600 / 300 / - / - / 715 / 1.166.990 / -

Cap. VII. Transferencias de capital / - / - / - / - / - / - / -

Total gastos / 5.750 / 44.000 / 220.082 / 63.552 / 19.000 / 13.361.128 / 200.522

Presupuestos de Gastos / 423-B Pesetas / 423-C Pesetas / 423-G Pesetas / 455-C Pesetas / 457-A Pesetas / 541-A Pesetas / Total Pesetas

Cap. I. Gastos de personal / - / - / - / - / / - / 9.826.098

Cap. II. Gastos en bienes corrientes y servicios / 91.250 / 359.760 / 80.000 / 11.750 / 59.000 / 40.300 / 2.957.387

Cap. III. Gastos financieros / - / - / - / - / - / - / 150.000

Cap. IV. Transferencias corrientes / - / - / - / 250 / - / 45.000 / 499.254

Cap. VI. Inversiones reales / 2.750 / 8.000 / - / 7.000 / - / 2.209.350 / 3.395.705

Cap. VII. Transferencias de capital / - / - / - / 2.000 / - / - / 2.000

Total gastos / 94.000 / 367.760 / 80.000 / 21.000 / 59.000 / 2.294.650 / 16.830.444

Presupuestos de Ingresos / Año 1992: Importe - Pesetas / Porcentaje / Año 1993: Importe - Pesetas / Porcentaje / Año 1994: Importe - Pesetas / Porcentaje / Año 1995: Importe - Pesetas / Porcentaje

Cap. III. Gastos financieros / 2.897.783 / 22,73 / 3.713.735 / 27,94 / 4.149.095 / 27,15 / 4.868.000 / 28,92

Cap. IV. Transferencias corrientes / 8.196.285 / 64,28 / 8.002.301 / 60,20 / 8.234.800 / 53,89 / 8.933.324 / 53,08

Cap. V. Ingresos patrimoniales / 12.392 / 0,10 / 10.660 / 0,08 / 11.560 / 0,08 / 21.560 / 0,13

Cap. VII. Transferencias de capital / 1.618.843 / 12,70 / 1.542.155 / 11,60 / 2.585.558 / 16,92 / 3.007.560 / 17,87

Cap. VIII. Activos financieros / 25.000 / 0,20 / 25.000 / 0,19 / 300.000 / 1,96 / - / -

Total ingresos / 12.750.303 / - / 13.293.851 / / 15.281.013 / - / 16.830.444 / -

Presupuestos de Ingresos / Añ 1992: Importe - Pesetas / Porcentaje / Añ 1993: Importe - Pesetas / Porcentaje / Año 1994: Importe - Pesetas / Porcentaje / Año 1995: Importe - Pesetas / Porcentaje

Cap. I. Gastos de personal / 8.561.026 / 67,14 / 8.974.961 / 67,51 / 9.106.618 / 59,59 / 9.826.098 / 58,38

Cap. II. Gastos en bienes corrientes y servicios / 2.019.998 / 15,84 / 2.359.798 / 17,75 / 2.474.048 / 16,19 / 2.957.387 / 17,57

Cap. III. Gastos financieros / - / - / 75.000 / 0,56 / 75.000 / 0,49 / 150.000 / 0,89

Cap. IV. Transferencias corrientes / 220.900 / 1,73 / 247.100 / 1,86 / 389.674 / 2,55 / 499.254 / 2,97

Cap. VI. Inversiones reales / 1.948.379 / 15,28 / 1.636.992 / 12,31 / 3.235.373 / 21,17 / 3.395.705 / 20,18

Cap. VII. Transferencias de capital / - / - / - / - / 300 / - / 2.000 / 0,01

Total gastos / 12.750.303 / - / 13.293.851 / / 15.281.013 / - / 16.830.444 / -

(PRESUPUESTO DE INGRESOS Y PROGRAMAS DE INGRESO OMITIDOS)

MEMORIA DE OBJETIVOS

La Universidad de Oviedo desarrolla su actividad en el marco diseñado por la Ley Orgánica 11/1983, de Reforma Universitaria, y por el Real Decreto 1295/1985, que aprueba sus Estatutos.

Los objetivos fundamentales que se tratan de conseguir son la actualización y modernización de Planes de Estudios y la mejora de la calidad de la Enseñanza e Investigación que se hacen en la Universidad de Oviedo, con el fin de dar respuesta a las exigencias sociales de nuestra región.

El gran crecimiento del número de alumnos que la Universidad de Oviedo ha experimentado en los últimos años y el moderado crecimiento de la subvención nominativa remitida por el Ministerio de Educación y Ciencia, determinan que los incrementos de los presupuestos no hayan podido dar respuesta adecuada a algunos proyectos de calidad, debido fundamentalmente a la explosión de la demanda.

Como planteamiento general se pretende:

Atender la mayor demanda originada por el crecimiento vegetativo de la población comprendida entre los dieciocho y veintitrés años y por la elevación generalizada del nivel sociocultural del Principado que se traduce en un aumento porcentual de alumnos que acceden a la Universidad.

Adaptar las enseñanzas impartidas a las demandas sociales del mercado de trabajo del país, lo que obliga a diversificarlas y ampliarlas.

Favorecer la formación continua del profesorado y mejorar la calidad de la Enseñanza.

Fomentar las actividades de Extensión Universitaria y de relación de la Universidad con su entorno.

Mantener la capacidad en gasto corriente.

Atender las inversiones en conservación de inmuebles y equipamiento.

Dotar a la Universidad de la infraestructura y medios precisos para el desarrollo y fomento de la investigación.

Dentro de esos planteamientos generales se establecen los programas contemplados en el presupuesto cuya descripción, líneas de actuación y objetivos se desarrollan a continuación.

Programa 111-A, Consejo Social

1. Descripción

El Consejo Social es el órgano colegiado de participación de la Universidad, garantizando el contraste de pareceres e intereses. La LRU, en su artículo 14, ha investido a este órgano de la máxima legitimación social como cauce de representación de la sociedad en la Universidad, bajo el principio de que la enseñanza superior es un servicio público y patrimonio de toda la sociedad.

2. Fines

La autonomía universitaria, derecho fundamental otorgado a las Universidades tiene como contrapartida el control del rendimiento y la responsabilidad.

Son fines del Consejo Social:

Supervisar las actividades de carácter económico y el rendimiento de sus servicios, contribuyendo así, directamente, al ejercicio de la autonomía económica y financiera de las Universidades.

Promover la colaboración de la sociedad en la financiación de la Universidad.

Verificar la adecuación de la actividad de la Universidad a las exigencias sociales.

3. Objetivos e indicadores

Considerando los fines generales expuestos más arriba y las limitaciones existentes en cuanto a disponibilidad de medios materiales y personales del Consejo así como las derivadas de la propia naturaleza temporal del órgano en su forma actual, los objetivos que se persiguen son:

Objetivo 1. Mantenimiento de la actividad administrativa del Consejo: El Consejo cumplirá, al menos en su nivel actual, las competencias que la normativa vigente le atribuye (LRU, Ley 5/1985, del Consejo Social, Reglamento del propio Consejo Social y Estatutos de la Universidad).

Objetivo 2. Seguimiento de la actividad general de la Universidad: El Consejo Social será informado periódicamente de cuantos hechos relevantes se consideren oportunos por sus miembros, y adoptará los acuerdos que legalmente procedan.

Objetivo 3. Contribuir a la mejora de la gestión universitaria: Se propondrá la introducción de cuantas mejoras puedan ser útiles para el desarrollo de actividades responsabilidad de otros órganos.

Objetivo 4. Fomentar la colaboración de la sociedad y el conocimiento de la actividad del Consejo Social.

Programa 126-F, Servicio de Publicaciones

1. Descripción y fines

El Servicio de Publicaciones tiene como objeto la difusión de la labor investigadora de la Universidad y de otras obras o manifestaciones de interés científico o cultural. Además sirve de apoyo a la docencia mediante la publicación de libros de texto o apuntes.

2. Líneas de actuación

La actividad editorial se ejecuta en virtud de lo dispuesto en el capítulo VI, artículo 47, de los Estatutos de la Universidad de Oviedo.

Las líneas básicas que rigen el proceso de producción editorial son las siguientes:

Elaboración del Programa Editorial anual sobre la base de las propuestas formuladas por la Comunidad Universitaria.

Realización de campañas de divulgación y difusión de las publicaciones del Servicio tanto a nivel regional como nacional e internacional.

Elaboración de toda la gráfica ligera de la Universidad.

3. Indicadores de seguimiento

Realización del Programa Editorial del Servicio de Publicaciones de 1994.

Indicadores: Publicaciones / Cantidad: Títulos / Total unidades

Libros. / 48 / 15.000

Revistas. / 11 / 5.000

Gráfica ligera

Sobres. / 676.000

Carteles. / Difusión cultural. / 28.000

Impresos-oficios. / 885.000

Folletos-programas. / Difusión cultural. / 73.000

Tarjetas. / 26.000

Diplomas. / 35.000

Talonarios. / 9.000

Saludas. / 17.000

Invitaciones. / 9.000

Estimación para 1995:

Para 1995 se mantienen los mismos objetivos del Programa Editorial realizado para 1994, si bien con una previsión de aumento de la producción del 20 por 100 aproximadamente.

Programa 134-B «Cooperación, Promoción y difusión cultural en el exterior»

1. Descripción y fines

Los fines principales que se pretenden con este programa, están dirigidos a la gestión y fomento de los instrumentos de cooperación de la Universidad de Oviedo con Universidades e Instituciones docentes e investigadoras del extranjero, y al desarrollo de las relaciones exteriores, propiciando la proyección internacional de la Universidad y posibilitando a estudiantes y profesores la experiencia y movilidad que cada día se consideran más necesarias para una formación adecuada a las exigencias de nuestra sociedad.

Asimismo, es el cauce para canalizar la presencia institucional de la Universidad de Oviedo en conferencias y organismos interuniversitarios de rango internacional.

De esta forma los diferentes Capítulos que lo integran están destinados a los fines siguientes:

Gestión y distribución de los fondos concedidos para los programas Erasmus, Lingua y ECTS de la Unión Europea.

Desarrollo de las actividades anuales derivadas de los Convenios de Colaboración con universidades extranjeras que tienen vigentes la Universidad de Oviedo.

Gestión y desarrollo de los programas iberoamericanos ICI, Mutis e Intercampus.

Organización de los cursos Tandem de inglés y alemán.

Actividades relacionadas con la representación de la Universidad en foros extranjeros en materias de información y cooperación.

Cuotas a organismos internacionales.

Bolsas de viaje destinadas a profesores de la Universidad de Oviedo con fines de organización de redes de universidades, PICS y programas conjuntos de cooperación y movilidad.

El concepto 492 que engloba la totalidad de los programas exteriores se ha cumplido de manera satisfactoria, con aumentos significativos en el número de actividades e intercambios hasta el punto que la previsión de desarrollo para el próximo ejercicio permitirá aumentar considerablemente los ingresos tanto de la Unión Europea como de la Agencia Española de Cooperación Exterior.

Sin embargo, se vio que el concepto 485 fue insuficiente y a lo largo del ejercicio presupuestario de 1994 se planteó la necesidad de solicitar transferencia de crédito para poder atender a las solicitudes de Bolsas de Viaje.

2. Líneas de actuación

A lo largo del ejercicio 1994 se ha incrementado la demanda de participación por parte de los estudiantes y profesores de la Universidad de Oviedo en los programas de movilidad de la Unión Europea, y en especial de Erasmus, con el consiguiente aumento del número de PICS (programas interuniversitarios de cooperación); también ha aumentado el número de extranjeros procedentes de estos programas.

Ello ha exigido que en el ejercicio 1995 se introduzcan en el artículo 49, del programa de gastos, algunos cambios para una mejor consecución de los fines previstos:

Concepto 492.00: Antes denominado programa Erasmus pasa a denominarse becas Erasmus; con cargo al mismo se pagan las becas concedidas y financiadas por Bruselas.

Concepto 492.01: Suma de las aportaciones de la Universidad de Oviedo y el Ministerio de Educación y Ciencia para ayudas complementarias a las becas Erasmus.

Concepto 492.02: Se propone la creación de este subconcepto con la denominación de programa Erasmus. Son fondos complementarios transferidos por Bruselas para gastos de funcionamiento de programas.

Concepto 493: Pasa a denominarse Intercambios Universidades Extranjeras por la necesidad de introducir además de los convenios los fondos de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y que son las becas ICI y Mutis destinadas a los intercambios y programas de movilidad con América Latina.

Otras actividades que es preciso atender con este programa son:

Asistencia a los estudiantes y profesores, extranjeros, mediante el apoyo a los cursos de Lengua Española, la asistencia técnica y concreta de resolución de alojamientos y problemas específicos.

Recibimiento de delegaciones y autoridades académicas extranjeras y gastos de protocolo.

Dentro de los Foros Internacionales la Universidad pertenece a la CRE (Conferencia de Rectores Europeos), a la AUI (Asociación Internacional de Universidades) y al Grupo Compostela de Universidades.

En este caso las cuotas a dichos Organismos, la participación y presencia en los mismos se realiza a través de este programa.

Aunque pensamos que las actividades de intercambio y movilidad, así como el número de Programas con el extranjero no pueden crecer ilimitadamente, dadas las condiciones reales, la capacidad de gestión y de personal de una universidad del tamaño de la de Oviedo, se prevén todavía incrementos bastante considerables debido a la fuerte demanda y al reconocimiento y prestigio que en Bruselas se tiene de esta Universidad.

3. Indicadores

Programas / Año 1993 / Año 1994 / Año 1995

Programa Unión Europea / 52 / 56 / 74

Redes Alfa / - / - / 8

Movilidad Programa Unión Europea:

Oviedo-extranjero / 249 / 262 / 280

Extranjero-Oviedo / 229 / 230 / 230

Convenios de Cooperación / 5 / 7 / -

Movilidad Convenios de Cooperación:

Oviedo-extranjero / 22 / 26 / 28

Extranjero-Oviedo / 30 / 27 / 30

Bolsas de viaje / - / 64 / 75

Programa 313-E «Acción social»

1. Descripción y fines

Los gastos incluidos en el presupuesto de la Universidad asignados a Acción Social corresponden en su mayor parte a las ayudas para el pago de matrículas del personal de la Universidad, así como de los hijos y cónyuges del mismo (artículo 28.2.1 de las Bases de Ejecución del presente Presupuesto). Incluye asimismo la compra de material didáctico y la contratación de comidas de la Escuela Infantil, así como la asistencia del personal dependiente de Acción Social a congresos, cursos y reuniones relacionadas con temas del área, publicaciones y remisión de información al personal universitario y realización de un curso de adaptación para los objetores de conciencia que realizan la Prestación Social Sustitutoria en la Universidad.

2. Líneas de actuación

Se pretende consolidar y mejorar las prestaciones al personal universitario y a alumnos llevadas a cabo por el Area de Acción Social:

Potenciando las actividades de la Escuela Infantil como centro piloto para la reforma educativa.

Coordinando y dando respuesta a las actividades que por convenio con el Ministerio de Justicia tiene la Universidad de Oviedo como Centro Colaborador para la Prestación Social Sustitutoria del Servicio Militar.

3. Objetivos

Incrementar el número de plazas en la Escuela Infantil, procurando la formación continuada de su personal y consolidando el proyecto docente del centro.

Incrementar el número de plazas que la Universidad ofrece para la prestación social sustitutoria.

Programa 421-B «Perfeccionamiento del Profesorado de Educación»

1. Descripción y fines

El Instituto de Ciencias de la Educación (ICE) ha sido creado por la Ley General de Educación (Ley 14/1970, de 4 de agosto), y es el órgano encargado de la formación docente de los universitarios que se incorporan a la enseñanza en todos los niveles, del perfeccionamiento del profesorado en ejercicio y de realizar y promocionar investigaciones educativas así como de prestar servicios de asesoramiento técnico a la Universidad y a otros Centros del sistema educativo.

2. Líneas de actuación

CAP: Curso de Aptitud Pedagógica para la formación inicial del Profesorado de Secundaria, regulado por Orden de 14 de Julio de 1971. El correspondiente título es requisito para poder presentarse a oposiciones de E. Secundaria.

Enseñanza Universitaria: Cursos de perfeccionamiento docente para profesores universitarios y en especial para profesores asociados.

Enseñanza no Universitaria:

Organización e impartición del curso preceptivo para los mayores de veinticinco años que superan las pruebas de ingreso en la Universidad.

Cursos en convenio con el MEC.

Cursos para los Tutores de Prácticas del CAP.

Otros cursos de perfeccionamiento docente y científico para profesores no universitarios.

Publicaciones-investigaciones:

Publicación semestral de la revista «Aula Abierta», de estudios y monografías, resultado de investigaciones, y material didáctico para los cursos de formación.

REDINET: Red de Bases de Datos sobre Investigaciones e Innovaciones educativas creada por iniciativa del MEC, coordinada por el CIDE y alimentada por las Cabeceras de Zona de las Comunidades Autónomas.

BANDIED (Banco de Documentación e Investigación Educativa): Banco de Datos sobre publicaciones y líneas de investigación educativa.

3. Actividades y objetivos

CAP: Realizado de octubre a marzo y estructurado en tres partes:

Ciclo teórico: Psicología de la Educación, Orientación y Acción Tutorial, Organización Escolar, Sociología de la Educación y Módulos optativos.

Didácticas Específicas de las diversas materias.

Organización y tutoría de las Prácticas en los centros de Educación Secundaria.

Enseñanza Universitaria: Son cursos organizados para profesores de distintos Departamentos o Facultades en especial para Profesores Asociados, con el fin de analizar los elementos fundamentales de un ciclo de instrucción: A partir de un estudio de las estrategias de aprendizaje, centrado fundamentalmente en el procesamiento de la información, se analizan los principales elementos del proceso de instrucción: En primer lugar la Selección, Secuenciación y Organización de Contenidos científicos expresados en Objetivos de Aprendizaje; a continuación se seleccionan aquellos que exijan un tratamiento didáctico de Explicación Oral o de Enseñanza de Procesos Algorítmicos, para lo que se dan pautas y ejemplos de ambos enfoques metodológicos, así como de los recursos didácticos adecuados; el proceso finaliza con la evaluación. Estos elementos se formalizan en la presentación de un Proyecto Docente.

Enseñanza no Universitaria:

El curso para mayores de veinticinco años tiene como objetivo impartir a estos futuros alumnos universitarios un mínimo de conocimientos científicos y académicos, así como información de la especialidad elegida con objeto de facilitar y ampliar sus estudios en la Universidad.

Los cursos de perfeccionamiento docente y científico pretenden la actualización didáctica del profesorado así como una puesta al día en los contenidos científicos de las diversas disciplinas», alguno de ellos en convenio con el MEC.

Los cursos para los Tutores de Prácticas del CAP tienen por objeto perfeccionar la labor tutorial y aunar criterios para la realización de las prácticas del CAP.

Publicaciones-investigación: Están centradas fundamentalmente en el aspecto educativo (metodología, diseño curricular, evaluación, etc.) con el fin de servir de instrumentos de perfeccionamiento y trabajo para el profesorado en general. Asimismo, la revista «Aula Abierta» está considerada por el ISOC (Instituto de Información y Documentación en Ciencias Sociales y Humanidades) del CSIC como una de las seis publicaciones más importantes con las que establece intercambio, siguiendo las líneas de formación profesional docente, investigación educativa y difusión de cultura.

Las monografias recogen los resultados de los distinto grupos de trabajo vinculados al ICE.

REDINET: Es una Red de Bases de Datos sobre Investigaciones e Innovaciones Educativas a la que pertenecen las distintas Comunidades Autónomas y el Ministerio de Educación y Ciencia, representado por el CIDE, y distribuidas por el CPD del MEC y las Cabeceras de Zona de cada Comunidad Autónoma. Hasta el momento recogía las investigaciones realizadas en España desde 1975 en materia educativa: tesis doctorales, memorias de licenciatura, memorias de investigación, etc. A partir de ahora incluirá, también, los trabajos de Innovación educativa: Proyectos Educativos, Proyectos de Renovación Pedagógica y Diseños Curriculares.

BANDIED: Banco de Datos de publicaciones y líneas de investigación educativa, realizadas por la Universidad de Oviedo, las Universidades españolas, europeas y del resto del mundo, así como de las principales revistas educativas y editoriales en el ámbito pedagógico nacionales e internacionales.

4. Indicadores

CAP: En el curso 1994-1995 se han matriculado 581 alumnos. El Ciclo teórico ha sido impartido por 10 profesores, desde el 24 de octubre al 16 de diciembre de 1994, con un total de cincuenta y seis horas cada grupo; las Didácticas Específicas, por 33 profesores, desde el 19 de diciembre de 1994 al 2 de febrero de 1995, con un total de treinta y ocho horas cada una y casi 350 tutores para las Prácticas en los Centros de Enseñanza Secundaria, desde el 6 de febrero al 24 de marzo de 1995.

Las previsiones para el curso 1995-1996 son al menos de una estabilidad en el número de alumnos, a la espera del desarrollo del artículo 24.2, de la LOGSE respecto a la formación inicial del profesorado.

Indicadores / 1993 / 1994 / 1995

Alumnos matriculados / 600 / 767 / 581

Enseñanza Universitaria:

Se han impartido dos módulos del curso de Metodología para profesores de la Escuela de Estomatología y la Facultad de Medicina y el Módulo de Programación y Proyecto Docente para Profesores Asociados.

Se prevé impartir nuevos módulos sobre Metodología, Evaluación y Recursos didácticos en la Escuela de Estomatología y para los Profesores Asociados.

Indicadores / 1993 / 1994 / 1995

Cursos / 1 / 2 / 4

Profesores / 3 / 6 / -

Alumnos / 30 / 60 / -

Enseñanza no Universitaria: Realizados hasta la fecha en el curso 1994-1995 los cursos siguientes:

«Universidad de Otoño-Septiembre 94» en colaboración con el Colegio de Licenciados.

«Augusto y el Imperio Romano», 1 de diciembre de 1994 a 4 de marzo de 1995.

«Las posibilidades del discurso y el contenido textual», 14 de noviembre a 20 de diciembre de 1994.

«Ciencia, tecnología y sociedad», 9 de noviembre a 16 de diciembre de 1994.

«Diseño curricular de Filosofía en los Bachilleratos de la LOGSE», 15 de noviembre de 1994 a 10 de febrero de 1995.

Seminario de Evaluación de Aprendizajes, finalizado en junio de 1994 con una duración de ciento cincuenta horas.

«El Proyecto Educativo», febrero de 1995, en colaboración con el CEP de Luarca.

«Curso de Español para Profesores Extranjeros. Asturias en la práctica: didáctica, lengua y culturas españolas», 10 a 23 de marzo de 1995.

«Ciencia, Tecnología y Sociedad», 29 de marzo a 4 de abril de 1995.

En el mes de mayo se realizará el Curso para mayores de veinticinco años.

En el mes de setiembre se impartirá un curso de Formación docente para Tutores del CAP.

En el mes de setiembre se impartirá un curso-taller sobre Evaluación de Aprendizajes en colaboración con el Colegio de Doctores y Licenciados.

Indicadores / 1993 / 1994 / 1995

Cursos / 5 / 8 / 12

Profesores / 22 / 23 / -

Alumnos / 290 / 310 / -

Publicaciones-investigación:

Se han publicado dos números de la revista «Aula Abierta» y tres monografías sobre «Modelos de Enseñanza», «Banco de Pruebas de Física» y «Banco de Pruebas de Química».

Se prevé la publicación de los dos números de la Revista «Aula Abierta» correspondientes a los dos semestres del año 1995, y cinco o seis Monografías que recojerán las investigaciones en curso de los grupos de trabajo del ICE: «Evaluación de Aprendizajes», «Banco de Pruebas de Filosofía», «Banco de Pruebas de Matemáticas», «Banco de Pruebas de Geografia e Historia», «El Proyecto Educativo».

Indicadores / 1993 / 1994 / 1995

Revista aula abierta / 2 / 2 / 2

Monografías / 1 / 3 / 5

BANDIED: Durante el curso 1994-1995 el ICE de la Universidad de Oviedo pone el marcha el BANDIED (Banco de Documentacion e Investigaclon Educativa) para lo cual se están recopilando todos los trabajos publicados relacionados con la investigación y práctica educativas, por el que ya se pueden ofrecer a los profesores y alumnos de la Universidad de Oviedo una información detallada y completa de todas aquellas publicaciones asequibles para su consulta.

Programa 422-D «Enseñanzas Universitarias»

1. Descripción y fines

En la Enseñanza Universitaria, los planes de actuación siguen estando marcados por la aplicación de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria (LRU). Por ello, además del proceso de actualización y modernización de las titulaciones y planes de estudio, se sigue avanzando en mejorar la calidad de nuestro sistema universitario, con el fin de que éste responda a la demanda social y a las exigencias de nuestro sistema económico, incluidas las de integración en las Comunidades Europeas.

Este programa contempla los recursos económicos para la consecución de los objetivos de la educación superior universitaria, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Asturiana.

La LRU promulgada en el año 1983, consideraba la mejora de la calidad de la enseñanza universitaria como uno de los objetivos esenciales. Sin embargo, el crecimiento de la matricula universitaria ha sido tan espectacular que los incrementos de los Presupuestos no han podido subsanar determinados problemas de calidad derivados de la explosión de la demanda.

2. Líneas de actuación

La implantación progresiva de la reforma de las enseñanzas universitarias y el crecimiento del número de alumnos, que sitúa a la Universidad de Oviedo a la cabeza de Europa en porcentaje de alumnos matriculados en relación a la cohorte de edad.

El programa, pretende, en combinación con una política de precios publicos de la enseñanza superior más ajustada a los diferentes costes de las distintas enseñanzas, contribuir a garantizar los siguientes fines:

Ampliación de la oferta educativa existente: Se pretende:

Atender la mayor demanda de escolarización universitaria, originada por el crecimiento vegetativo del sector de población comprendida entre los dieciocho a veintitrés años, y por la elevación generalizada del nivel sociocultural del país, que se traduce, por una parte, en unas mayores tasas de escolarización en Enseñanzas Medias y, por otra, en un mayor porcentaje de acceso de estos alumnos a la Universidad.

Adaptar las enseñanzas a las demandas sociales y al mercado de trabajo del país, lo que obliga a diversificarlas y ampliarlas.

Mantenimiento de la calidad de la oferta educativa existente: Dentro de este grupo, el objetivo consiste en dotar a la Universidad de medios financieros para disponer de unas plantillas, tanto de personal docente investigador (PDI), como de administración y servicios (PAS), suficientes y bien remuneradas, y desarrollar la actividad investigadora prevista en la LRU.

Asimismo, se pretende ir dotando a la Universidad de la infraestructura de instalaciones y equipamiento suficiente.

El cumplimiento de esta línea de actuación implica:

Conseguir acercar las ratios profesor/alumno a las de los paises desarrollados de nuestro entorno y mantener las retribuciones de los primeros de acuerdo con la función y con la formación requerida,

Mantener la capacidad de gasto corriente en bienes y servicios.

Atender las inversiones en inmuebles y equipamiento.

3. Objetivos e indicadores de seguimiento

Mantenimiento, mejora y extensión de la oferta educativa.

Indicadores / Magnitud / 1993 / 1994 / 1995

Mantenimiento y ampliación de la red existente, sector público:

1.1 Alumnos de la Universidad de Oviedo / N.º alumnos / 37.790 / 39.130 / 40.945

Mantenimiento de la calidad de la enseñanza.

Indicadores / Magnitud / 1993 / 1994 / 1995

Mejoras relativas a los recursos aplicados:

N.º profesores PDI / - / 1.649 / 1.651 / 1.657

Ratio profesores/alumnos / Ratio / 1/22,92 / 1/23,70 / 1/24,71

N.º profesores doctores / Porcentaje / 50 / 62 / 65

Ratio PAS/PDI / Ratio / 1/2,00 / 1/1,97 / 1/1,91

Total personal de Administración y Servicios (PAS):

Funcionario / Efectivos / 419 / 431 / 430

Laboral / Efectivos / 404 / 405 / 438

Programa 423-A «Becas y ayudas a estudiantes»

1. Descripción y fines

El Programa 423-A «Becas y Ayudas a Estudiantes» del Presupuesto de esta Universidad está destinado a cubrir una serie de fines que en síntesis se especifican a continuación:

Completar el Programa General de Becas del M.E.C. con la finalidad de atender a aquellos alumnos que se hallan en una situación económica precaria.

Potenciar los estudios de Doctorado mediante la concesión, a los alumnos más brillantes, de becas que les permitan proseguir los estudios de Tercer Ciclo.

Propiciar la integración de los alumnos en la vida universitaria mediante la creación de Becas de Colaboración que posibiliten su formación en actividades relacionadas con Biblioteca, Informática, Deportes, Música, etcétera.

2. Líneas de actuación

Se contemplan ayudas destinadas a fomentar la participación de los alumnos mediante la realización de actividades tales como:

Asistencia a congresos o reuniones científicas.

Realización de viajes de prácticas (visitas a fábricas e instalaciones industriales).

Ayudas a colectivos de alumnos para la realización de actividades culturales o deportivas en sus Centros.

Ayudas a las Asociaciones Estudiantiles para la asistencia de sus representantes a reuniones nacionales o internacionales de organizaciones estudiantiles.

Ayudas a Asociaciones Estudiantiles para la realización de proyectos o actividades de interés para la Comunidad Universitaria.

3. Objetivos

Los objetivos del Programa 423-A de los presupuestos son fundamentalmente dotar el número de becas al estudio que concede la propia Universidad y potenciar la concesión de ayudas a los alumnos para la realización de actividades de interés para el Colectivo Estudiantil. Lo que se traduce en un importante incremento en los correspondientes conceptos presupuestarios, en virtud del acuerdo alcanzado por los estudiantes con el Ministerio de Educación y Ciencia.

Programa 423-B «Servicios complementarios de la enseñanza

universitaria»

1. Descripción y fines

Los Colegios Mayores y Residencias Universitarias están destinados a proporcionar residencia a estudiantes, profesores y personal de administración y servicios, y deben contribuir a la formación cultural y científica de quienes en ellos residen, proyectando su actividad al servicio de toda la Comunidad Universitaria, conforme al imperativo de los Estatutos de nuestra Universidad (capítulo 6.º, sección quinta).

2. Líneas de actuación y objetivos

Se pretende lograr un eficaz funcionamiento del Colegio Mayor «América», de la Residencia «Altamira», y de la Residencia «Colegio San Gregorio». Las principales líneas de actuación y objetivos son los siguiente:

Reposición permanente del utillaje necesario para la prestación del servicio de residencia y de comedor de más de los 200 colegiales y residentes alojados en dichas dependencias de forma habitual.

Gastos ocasionados en actividades culturales y deportivas propias de los Colegios Mayores y Residencias, como complemento de la actividad educativa y formativa del universitario.

Material ordinario de funcionamiento administrativo, centralizado en la Administración de los Colegios Mayores.

Libros, revistas y otras publicaciones para las bibliotecas del Colegio Mayor «América» y para la Residencia Universitaria «Colegio San Gregario».

Material informático para la atención y conservación de los equipos informáticos del Colegio Mayor «América».

Reparación en maquinarias y equipos de infraestructura (televisión, vídeos, megafonía, etc.).

Actividades lúdicas y festivas, entre las que se destacan las fiestas patronales de cada uno de los centros adscritos y la conmemoración de los veinticinco años del Colegio Mayor «América».

Se pretende realizar algunas mejoras tan necesarias como urgentes tanto en el Colegio Mayor «América» como en la Residencia «Colegio San Gregorio» (juntas de cristalería, ventanas, puertas de habitaciones, servicios de higiene, pintura, etc.).

Compra de carros bandejeros a fin de completar la nueva línea de servicio (selfservice), ya que en la actualidad se encuentran muy deteriorados. Así como la adquisición de una máquina de hielo.

3. Indicadores

Año / C.M. América: 93 / 94 / 95 / R.U. San Gregorio: 93 / 94 / 95 / R.R. Altamira: 93 / 94 / 95

Número alumnos residentes / 90 / 92 / 86 / 86 / 90 / 90 / 70 / 142 / 135

Actividades: / Culturales: 35

Deportivas: 37

Lúdicas: 7

Antiguos alumnos: 2

Servicios: / Bibliotecas: 2

Vídeo-club: 2

Prensa y revistas: 12

Aula de Música: 1

Laboratorio fotográfico: 1

Sala de ordenadores: 2

Programa 423-C «Apoyo a otras actividades universitarias»

EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

1. Objetivos

Los objetivos de las actividades desarrolladas con cargo al Programa 423-C se encuadran en el marco de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, artículos 5 y 156, correspodientes a Extensión Universitaria.

Con el fin expreso de ser el órgano en Gijón de la Extensión Universitaria ovetense y, a su vez, coordinar las actividades culturales de esta ciudad y propiciar y promover toda clase de eventos culturales fue creada por una Orden de 1956 la Cátedra Jovellanos.

La Extensión Universitaria, cuyos principios fundacionales se basaban en extender los bienes culturales que la Universidad posee y de los que es depositaria a otros estamentos sociales ajenos al cerrado círculo universitario, tiene actualmente los siguientes fines:

Procurar la formación integral de los miembros de la comunidad universitaria, mediante la programación y desarrollo de cursos, conferencias y todo tipo de actividades culturales y recreativas que puedan contribuir a la mejor realización de dicho objetivo.

Proyectar las funciones y servicios de la propia institución universitaria en su entorno social, mediante la realización de actividades similares a las descritas en el apartado anterior.

Atender especialmente a la defensa, difusión y desarrollo de la cultura asturiana, promoviendo y manteniendo actividades, servicios e instituciones conducentes a este fin.

2. Contenidos

Las actividades que van dirigidas a los distintos colectivos de la comunidad universitaria, así como a la sociedad extrauniversitaria en general, son las siguientes:

a) Actividades docentes:

1. Cursos de titulaciones propias («master» universitario, especialista universitario y experto universitario).

2. Cursos especiales a través de convenios (cursos de formación e inserción profesional y cursos para empresas).

3. Cursos de verano (cursos monográficos intensivos y de divulgación).

4. Otros cursos de postgrado (cursos de especialización y de formación continua) y cursos de libre acceso y divulgación (cursos de iniciación científica y/o técnica, de divulgación científico-cultural, de lenguas modernas y de lengua y cultura española para extranjeros).

b) Actividades científico-culturales y lúdico-recreativas:

1. Ciclos de Conferencias, Jomadas Seminarios, Reuniones Científicas, Simposios y Congresos.

2. Actividades musicales (Ciclos de Conciertos del Campoamor, Jornadas de Piano «Ciudad de Oviedo» y Conciertos de Rock).

3. Representaciones teatrales y proyecciones cinematográficas.

4. Sesiones del Campus Internacional.

5. Otras actividades.

3. Indicadores

Durante los últimos años las actividades de extensión universitaria han evolucionado, en cuanto al número de cursos y de participantes, de acuerdo con los datos que se recogen en la siguiente tabla:

Tipo de cursos / Número de cursos: 1993 / 1994 / 1995 / Número de alumnos: 1993 / 1994 / 1995

Titulaciones propias:

Master universitario / 7 / 12 / 15 / 202 / 325 / 415

Especialista universitario / 5 / 8 / 10 / 175 / 330 / 400

Experto universitario / 6 / 9 / 12 / 238 / 408 / 500

Otros cursos de postgrado:

Formación continua / 82 / 26 / 30 / 1.675 / 792 / 1.000

Esp. corta duración / 25 / 25 / 30 / 867 / 836 / 1.000

Libre acceso y divulgación:

Divulgación / 40 / 97 / 100 / 1.256 / 2.343 / 2.500

Lenguas modernas / 56 / 77 / 100 / 1.094 / 1.768 / 2.150

Plan FIP / 6 / 10 / 15 / 90 / 150 / 225

Lengua Española Ext. / 4 / 5 / 6 / 142 / 162 / 250

Cursos de verano:

Monográficos intensivos / 31 / 30 / 40 / 1.258 / 1.550 / 1.850

Divulgación/reducidos / 8 / 10 / 10 / 320 / 355 / 400

Programa 423-G «Apoyo a otras actividades universitarias»

FESTIVAL DE MÚSICA DE ASTURIAS

1. Descripción y fines

El Festival de Música de Asturias es una actividad cultural que, a lo largo de los dos últimos decenios, anualmente viene promoviendo la Universidad de Oviedo en las tres principales ciudades del Principado de Asturias, coordinando en su organización y patrocinio a sus Corporaciones Locales (Ayuntamientos de Avilés, Gijón y Oviedo), a las Instituciones representativas de la Comunidad Asturiana (Principado de Asturias, Junta General del Principado de Asturias, Caja de Asturias) y al Instituto de las Artes Escénicas y la Música (INAEM).

En el transcurso de las 19 ediciones celebradas han pasado por Asturias algunas de las orquestas sinfónicas y de cámara de mayor prestigio, destacados directores, intérpretes, solistas y cantantes líricos, compañías de ópera y ballet, etc. Con ello la Universidad de Oviedo ha impulsado fuertemente el arraigo de las actividades de música clásica en la región, ha puesto a disposición de la colectividad universitaria y de la sociedad asturiana en general unas actividades difícilmente conseguibles en las programaciones normales.

Los objetivos de esta actividad particularizada de Extensión Universitaria, se desarrollan con cargo al Programa 423-G, y se encuadran por tanto en el marco de los Estatutos de la Universidad de Oviedo.

Programa 455-C «Promoción y Cooperación Cultural»

RELACIONES INSTITUCIONALES Y MEDIOS AUDIOVISUALES

1. Descripción y fines

Los fines de este Programa son la Cooperación y Promoción con Instituciones Públicas y Privadas en el ámbito local y nacional, así como coordinar y gestionar todas las actividades de publicidad, imagen y presencia exterior de la Universidad de Oviedo, atendiendo a los compromisos y convenios existentes.

Estos fines se concretan en:

La colaboración con diferentes medios de comunicación, prensa y radio con páginas y programas específicos de la Universidad.

El apoyo a las actividades culturales que se promueven por parte de diferentes Centros y Departamentos.

Actividades informativas a nivel local, regional y nacional. Cooperación con Ayuntamientos y Administraciones Públicas, presencia institucional con Patronatos, cooperación con los Salones del Estudiante de diversas ciudades, etc.

Publicaciones: La edición de guías informativas y publicaciones sobre la Universidad. En el año 1994 se ha iniciado una línea de publicaciones de dos colecciones. «Hechos e ideas», con las reseñas de las actividades más destacadas que hemos propiciado y la colección «Resultados de la Cooperación con Iberoamérica», con la publicación de dos importantes trabajos de investigación a cargo de equipos de profesores de Iberoamérica en Oviedo.

Se editan las guías para estudiantes extranjeros en español e inglés.

Asimismo, por medio de este Programa se gestiona el Servicio de Medios Audiovisuales, que desarrolla una amplia labor de grabación y edición de actos institucionales, vídeos informativos y todos aquellos trabajos que sean de interés general, así como la colaboración en proyectos de investigación, encargo de Institutos de Investigación y Empresas.

Se ha conseguido disponer de una Unidad Móvil propia del Servicio que cuenta con todos los medios necesarios para cumplir su misión de manera óptima.

2. Líneas de actuación

Este Programa, que se gestionó de forma independiente por primera vez en 1994, ha permitido un grado de desarrollo importante para las actividades del Servicio de Medios Audiovisuales.

Una vez alcanzado un grado de equipamiento aceptable, proponemos una reducción en el Concepto de Nuevas Inversiones. No obstante, seguiremos una línea de actuación destinada a obtener financiación exterior para abordar algún nuevo proyecto, en especial la Videoteca de Prácticas para Estudiantes en el Campus de Humanidades.

También se continuará con la colaboración con las Instituciones, en concreto se realizará el «2.º Curso monográfico de Vídeo y Realización» con el Ayuntamiento de Oviedo, para el que se ha obtenido una financiación de 2.000.000 de pesetas.

Se ha adquirido una Unidad Móvil que facilita los desplazamientos del personal y el material, evitando un importante gasto en concepto de alquiler de vehículos y se han completado las instalaciones del plató y de los locales de realización y edición.

También se ha incrementado el servicio de copias y se ha dotado al Servicio de un reglamento de funcionamiento.

3. Objetivos e indicadores

Mantener los servicios que se prestan a la Comunidad Universitaria tanto los de carácter institucional como de investigación.

Atender la demanda de nuestras instalaciones para fines docentes y de prácticas siempre que ello sea posible.

Realización de vídeos encargados por Empresas, Institutos de Investigación y Administraciones Públicas.

Se llevará a cabo en colaboración con el INEM el proyecto de realización de un trabajo audiovisual sobre el Patrimonio que supone la incorporación de cuatro más dos becarios en prácticas durante el primer semestre de 1995.

Para 1995 ha sido necesaria la incorporación del capítulo VIII, artículo 86, del Programa de Gasto, para dar cauce a la participación en Empresas, en este caso la participación de la Universidad en el MEDISAT o Canal Médico por Satélite, que se desarrollará en colaboración con la Facultad de Medicina de la Universidad de Oviedo. Ello supone un incremento del gasto en 2.000.000 de pesetas, pero también se ha producido una disminución considerable en los gastos de equipamiento que se reducen de 10.000.000 de pesetas a 6.000.000 de pesetas dado que tenemos cubiertas parte de las necesidades en este sentido.

Año 1993 / Año 1994

Número total de trabajos realizados / 65 / 67

Horas grabación vídeo / 250 / 500

Horas edición y postproducción / 500 / 800

Grabación y edición videográficas / 10 / 22

Cursos impartidos / 1 / 1

Horas lectivas del mismo / 60 / 88

Objetivos 1995: El número de horas de grabación, edición y producción no podrán aumentar significativamente ya que se mantiene el personal y la capacidad de utilización de los equipos que se encuentran trabajando a pleno rendimiento.

Se observa una demanda en los trabajos por encargo y se prevé introducir un curso más dentro de los Cursos de Verano de la Universidad.

Programa 457-A «Fomento y apoyo de las actividades deportivas»

1. Descripción y fines

Según establece la Constitución Española en su artículo 43.3, corresponde a los poderes públicos el fomento de la Educación Física y el Deporte y el facilitar los medios adecuados para conseguirlo. La vigente Ley General del Deporte añade los objetivos de potenciar el deporte federado y de alta competición.

La Universidad de Oviedo, en el artículo 51 de sus Estatutos dispone: «El Servicio de Deportes, se configura como el órgano de asistencia a la Comunidad Universitaria en el campo de la Educación Física y el Deporte».

De ello y como fines primordiales para 1995 están:

Incrementar la práctica deportiva básica.

Promocionar el deporte federado y de alta competición.

2. Líneas de actuación, actividades y objetivos

Incrementar la práctica deportiva básica.

Este incremento se pretende conseguir a través de los objetivos específicos siguientes:

Promoción del deporte de participación:

Fomento de la práctica del deporte para todos.

Mantener y procurar mejorar la condición física de la Comunida Universitaria.

Infraestructura deportiva y medio:

Actualizar las instalaciones deportivas existentes.

Promover la construcción y equipamientos de otras necesidades.

Disponer de personal adecuado, tanto desde el punto de vista técnico como de mantenimiento y atención al deportista universitario.

Difundir los distintos aspectos de la educación fisica y deportiva a través de cursos, conferencias, publicaciones e intercambios.

Promocionar el deporte federado y de alta competición.

Los objetivos específicos para esta promoción son:

Mantener y promocionar el deporte de competición a través del Programa de Escuelas Deportivas Universitarias, en colaboración con el Consejo Superior de Deportes, en sus dos modalidades de iniciación y perfeccionamiento.

Promocionar el deporte de competición a través de los Campeonatos Universitarios, en todas las modalidades deportivas, tanto a nivel interno como de Campeonatos de España.

Elevar el nivel de competición en las secciones federadas hasta el nivel máximo, según los medios disponibles.

Establecimiento de convenios, tanto con entidades públicas como privadas, para utilización e infraestructura y equipamientos necesarios y no disponibles.

Disponer de sistemas de ayudas y becas para deportistas universitarios, ya contemplados en el Programa 321-A, artículo 48.02.

3. Indicadores

Participantes / Año 1992 / Año 1993 / Año 1994 / Año 1995

Campeonatos universitarios / 5.658 / 6.642 / 7.621 / 8.800

Cursos y actividades / 4.337 / 5.125 / 7.381 / 9.800

Deportes federados / 300 / 379 / 329 / 350

Programa 541-A «Investigación científica»

1. Descripción del programa y fines

Este Programa presupuestario es el mecanismo de canalización de los recursos destinados a promover la investigación científica, técnica y humanística en la Universidad de Oviedo. El Programa pretende subvencionar necesidades básicas de los investigadores que cubren los siguientes fines:

1.1 La mejora de nuestras Bibliotecas en cuanto a adquisición y disponibilidad de fondos, facilidad de acceso a la información y colaboración con otras Instituciones.

1.2 La mejora, mantenimiento e incremento de Servicios Comunes de apoyo a la Investigación. Estos Servicios pretenden cubrir necesidades de infraestructura científica y técnica que por su volumen o complejidad desbordan las posibilidades de los grupos de investigación, departamentos o centros universitarios. Están distribuidos por los diferentes campus, con preferencia en áreas científico técnicas.

1.3 La mejora de la infraestructura general de investigación.

1.4 El fomento de las tareas de investigación del personal de la Universidad de Oviedo a través de la promoción directa de actividades específicas que deben redundar en la mejora de la calidad de nuestro sistema de investigación.

1.5 El apoyo a los investigadores en aspectos que no reciben suficiente atención en convocatorias europeas, nacionales o regionales.

2. Líneas de actuación

En el Programa se contemplan las siguientes líneas de actuación:

2.1 Acciones básicas de apoyo a la investigación:

Biblioteca Universitaria.

Servicios Comunes de Investigación.

2.2 Acciones específicas de fomento de las tareas de investigación:

Convocatoria Anual de Investigación.

Financiación de infraestructura con apoyo comunitario, nacional y regional.

2.3 Otras acciones de apoyo y ayuda a la investigación.

3. Actividades

Las actividades esenciales del programa son las siguientes.

3.1 Dotación de fondos a la Biblioteca Universitaria en libros, publicaciones periódicas y otros documentos de investigación.

3.2 Informatización de los fondos bibliotecarios y contribución a la cooperación nacional interbibliotecaria (Red de Bibliotecas Universitarias del Sistema DOBIS/LIBIS, RUEDO. Red de Bibliotecas Universitarias, REBIUN) e internacional (Programa Europeo CALIBRE).

3.3 Mantenimiento y mejora del equipamiento científico y técnico de los Servicios Comunes de Investigación.

3.4 Renovación y ampliación del equipamiento científico y técnico de nuestros grupos de investigación con apoyo del Programa Operativo FEDER I+D, 1994-1999.

3.5 Convocatoria anual de Investigación de la Universidad de Oviedo, conteniendo las líneas siguientes:

3.5.1 Proyectos de Difícil Financiación Exterior.

3.5.2 Proyectos de Temática Asturiana.

3.5.3 Ayudas de Investigación Predoctoral.

3.5.4 Estancias Cortas en España y en el Extranjero.

3.5.5 Bolsas de Viaje.

3.5.6 Organización de Congresos y Reuniones Científicas.

3.5.7 Suscripción Centralizada de Revistas.

3.5.8 Dotación de Equipamiento para Prácticas de Laboratorio.

La actividad 3.5.3 se inicia en el ejercicio 1995, con una dotación de 25.000.000 de pesetas, para facilitar la iniciación de la Tesis Doctoral a aquellos alumnos de expediente brillante que desean iniciarse en la formación postgraduada de investigación y que tienen dificultades en conseguir becas nacionales o regionales en razón de las prioridades establecidas en las diferentes convocatorias.

4. Indicadores

El presupuesto de 1995 pretende mantener las actividades desarrolladas en 1994, así como compatibilizar el gasto con los compromisos de ejecución y certificación del Programa Operativo FEDER I+D 1994-1999 aprobados por el Consejo Rectoral y la Junta de Gobierno de la Universidad.

Las modificaciones mas importantes del Programa de Gastos 541-A en el año 1995 son las siguientes:

4.1 Las graves necesidades de dotación de laboratorios de departamentos y centros, acentuadas por la implantación de nuevas titulaciones y nuevos planes de estudio, reciben en el año 1995 una atención extraordinaria, al asignarse una partida de 300.000.000 de pesetas para una convocatoria especial, cofinanciada con fondos del Programa Operativo.

4.2 Se asignan 19.435.000.000 de pesetas a atender las necesidades de infraestructura y equipamiento científico general de los departamentos universitarios.

4.3 Se asignan 100.000.000 de pesetas a cubrir necesidades de informática de investigación.

4.4 Se complementa la dotación de 1994 para la Biblioteca Universitaria, de 143.000.000 de pesetas, con 50.000.000 de pesetas de gastos afectados al Programa Operativo.

4.5 En la partida de gastos no afectados del Programa 541-A se mantienen las líneas generales de 1994, cuyos conceptos más relevantes son los siguientes:

Biblioteca universitaria: 143.000.000 de pesetas.

Servicios comunes de investigación: 24.000.000 de pesetas.

Proyectos de difícil financiación exterior: 40.000.000 de pesetas.

Proyectos de temática asturiana: 30.000.000 de pesetas.

Estancias cortas y bolsas de viaje: 45.000.000 de pesetas.

Ayudas de investigación predoctoral: 25.000.000 de pesetas.

Estas actividades se han cubierto adecuadamente en el ejercicio 1994. Con la dotación de 1995 se pretenden financiar las actividades ordinarias de adquisición de libros y revistas de la Biblioteca Universitaria y los gastos de funcionamiento básicos de los Servicios Comunes de Investigación. Asimismo, se pretende financiar del orden de 60 Proyectos de Dificil Financiación y 30 de Temática Asturiana; conceder del orden de 120 Bolsas de Viaje y otras tantas Estancias Cortas; cofinanciar 20 Congresos o Reuniones Científicas y conceder unas 30 Becas de Investigación Predoctoral. Todas estas actividades son gestionadas, mediante procesos de evaluación, por la Comisión de Investigación y aprobadas, a propuesta de esta Comisión, por la Junta de Gobierno, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias.

(ANEXOS OMITIDOS)

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