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Documento BOE-A-1995-14944

Resolución de 14 de junio de 1995, de la Secretaría General de Justicia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 21 de junio de 1995, páginas 18640 a 18641 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-14944

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 475, 477 y 478 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el artículo 11 y siguientes del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 429/1988, de 29 de abril,

Esta Secretaría General acuerda convocar pruebas selectivas para cubrir 150 plazas, de las cuales:

Veinticinco plazas se reservarán al turno restringido de concurso de méritos entre Oficiales de la Administración de Justicia y Secretarios de Juzgados de Paz, a extinguir, que estén en posesión del título de Licenciado en Derecho y lleven, al menos, cinco años de servicios efectivos en el Cuerpo respectivo. Las plazas que queden vacantes en el concurso acrecerán al turno libre de oposición.

Ciento veinticinco plazas para cubrir en turno libre, mediante oposición.

Del total de plazas del turno libre se reservará un 3 por 100 para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 1 de octubre de 1991. Este cupo de reserva asciende a cuatro plazas, que se acumularán a dicho turno libre en el supuesto de que no sean cubiertas total o parcialmente.

En primer lugar se celebrará el concurso de méritos y, a continuación, las pruebas correspondientes al turno de oposición libre.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, la Administración Pública llevará a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, removiendo los obstáculos existentes, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal o Tribunales, se regirán por la Orden de 30 de enero de 1988, del Ministerio de Justicia («Boletín Oficial del Estado» de 22 de febrero), modificada por las Ordenes de 28 de agosto de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 29), la de 1 de octubre de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 10), la de 29 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de junio) y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.

Además de las normas citadas, será de aplicación a la presente convocatoria lo siguiente:

Primero.-El Tribunal o Tribunales que han de resolver el concurso de méritos y juzgar a los opositores del turno de oposición libre tendrán la categoría primera de las previstas en el anexo V del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Segundo.-El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «O», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 16 de mayo de 1995, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

Tercero.-El programa de la oposición para el turno libre será el publicado como anexo a la Orden de 30 de enero de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de febrero), modificado por las Ordenes de 28 de agosto de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 29) y la de 29 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de junio).

Cuarto.-Se autoriza a los Tribunales calificadores de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales a hacer públicas las calificaciones del segundo ejercicio una vez efectuada la lectura del mismo para todos los opositores de los Tribunales.

Quinto.-Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, en cuyo margen superior izquierdo figura la reseña «Ministerio de Justicia», que será facilitada gratuitamente en los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales, Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia e Interior y en el propio Ministerio. De no efectuarse la solicitud en instancia normalizada se considerará no presentada, quedando excluido el aspirante.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto.-La cantidad a abonar por los aspirantes en concepto de derechos de participación, tanto para el turno restringido de concurso de méritos como para el turno libre mediante oposición será de 7.000 pesetas que se ingresarán en la cuenta corriente cuyo número figura al pie de las solicitudes, indicando en los dos espacios en blanco los números 2-1 del Banco Bilbao Vizcaya, «Pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales». El ingreso podrá hacerse en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya, con anterioridad a la presentación de la solicitud.

En concepto de tramitación de las órdenes de pago correspondientes, los aspirantes abonarán la cantidad de 350 pesetas.

Séptimo.-La presentación de solicitudes (ejemplar para la Administración), podrá hacerse en la oficina del Banco Bilbao Vizcaya, donde haya realizado el ingreso de los derechos de examen (con entrega del ejemplar para la Administración y del ejemplar para el Banco Bilbao Vizcaya); en el Registro General del Ministerio de Justicia e Interior, calle Manzana, número 2, 28015 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En tanto no se produzca el desarrollo reglamentario de la citada Ley, las solicitudes se podrán presentar también a través de las oficinas de Correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

En ningún caso la mera presentación de la solicitud para el pago en el Banco Bilbao Vizcaya supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, del ejemplar destinado al órgano convocante.

Madrid, 14 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 20 de julio de 1994), el Secretario general de Justicia, Fernando Escribano Mora.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos.

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