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Documento BOE-A-1995-15015

Orden de 28 de abril de 1995 por la que se autoriza la ampliación de una unidad de Educación Infantil, segundo ciclo, al centro privado «Cristo Crucificado», de Fortuna (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 21 de junio de 1995, páginas 18703 a 18703 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-15015

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por doña Isabel Fernández Rodríguez, representante de la titularidad del centro privado de Educación Infantil «Cristo Crucificado», domiciliado en la calle Purísima, número 21, de Fortuna (Murcia), sobre ampliación de una unidad de Educación Infantil, segundo ciclo, que, unida a las dos unidades anteriormente autorizadas, según Orden de 25 de octubre de 1994, daría lugar a un centro de tres unidades de Educación Infantil, de segundo ciclo,

Este Ministerio, de conformidad con el artículo 14.1 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), ha resuelto:

Autorizar al centro de Educación Infantil «Cristo Crucificado», domiciliado en la calle Purísima, número 21, de Fortuna (Murcia), la ampliación de una unidad de Educación Infantil, segundo ciclo, con 20 puestos escolares que, unidos a los 80 ya autorizados, dan una capacidad para el centro de 100 puestos escolares y tres unidades. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación del centro de adaptarse, en los plazos previstos por el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado por el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 28), a la relación máxima Profesor/alumnos por unidad establecida como requisito mínimo en la normativa al respecto. El centro deberá cumplir la norma básica de la edificación, NBE CPI/91, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por el Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo.

Contra la presente Orden el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento.

Madrid, 28 de abril de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), la Directora general, Carmen Maestro Martín.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.

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