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Visto el texto del acuerdo sobre renuncia a la aplicación del Convenio Colectivo de la empresa «ECCO T.T., Sociedad Anónima» (número de código: 9009042) publicado en el Boletín Oficial del Estado de 4 de noviembre de 1994, y adhesión al Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Trabajo Temporal, acuerdo que fue suscrito con fecha 16 de marzo de 1994, de una parte por los designados por la Dirección de la Empresa en representación de la misma y de otra por miembros del Comité de Empresa en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, acuerda:
Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 6 de junio de 1995.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
ACTA DE ADHESION AL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL
Reunidos en el domicilio social, a 16 de mayo de 1995, las representaciones social y empresarial de la empresa «ECCO T.T., Sociedad Anónima» empresa de trabajo temporal. Por parte de la representación de la empresa don Miguel Alfageme, don Andrés Cano Mejías y don Luis Sánchez de León y por parte de la representación de los trabajadores don Francisco Mesonero, don José María Jurado y don Enric Calaf Ferrer.
MANIFIESTAN
1. Que en fecha 22 de septiembre de 1994 ambas partes suscribieron el Convenio Colectivo de la Empresa «ECCO T.T., Sociedad Anónima» empresa de trabajo temporal, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 4 de noviembre de 1994 con el número 264.
2. Que en fecha 16 de mayo se ha firmado por don Miguel Alfageme, don Luis Sánchez de León y don Andrés Cano en representación empresarial y por don José María Jurado de la Calle, don Francisco Mesonero y don Enric Calaf por la representación sindical, el Primer Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Trabajo Temporal publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 95, resultando su contenido de plena aplicación a esta empresa, dada la identidad de actividades y, siendo este, en su conjunto más favorable para los intereses del trabajador.
3. Que ambas partes se reconocen mutua capacidad y legitimación para negociar la adhesión al precitado Convenio.
Por todo ello
ACUERDAN
Primero.-Constituirse en comisión negociadora, según la composición siguiente:
Por parte de la empresa:
Don Miguel Alfageme
Don Luis Sánchez de León
Don Andrés Cano
Por parte de los trabajadores:
Don José María Jurado
Don Francisco Mesonero
Don Enric Calaf
Segundo.-Renunciar a la aplicación del Convenio Colectivo de la Empresa «ECCO T.T., Sociedad Anónima» empresa de trabajo temporal, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 4 de noviembre de 1994 con el número 264, y adherirse a la totalidad del contenido del Primer Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Trabajo Temporal publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 95, de fecha 21 de abril de 1995. En caso de que por cualquier motivo, el citado convenio deviniera inaplicable, ambas partes acordarían la aplicación inmediata del Convenio Colectivo de la empresa «ECCO T.T., Sociedad Anónima» empresa de trabajo temporal.
Tercero.-Solicitar de la autoridad laboral el registro, depósito y posterior publicación de la presente adhesión en el «Boletín Oficial del Estado».
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