En el recurso contencioso-administrativo número 213/92, interpuesto por don Fernando Aragón Martín en representación de doña Emilia Garrido Domínguez, contra la resolución de la Dirección General de la Energía, de 26 de noviembre de 1990, confirmada en alzada por Orden de 2 de diciembre de 1991, sobre inscripción provisional en el Registro de Instalaciones de venta al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción, se ha dictado, con fecha 28 de febrero de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Fernando Aragón Martín, en nombre y representación de doña Emilia Garrido Domínguez, contra la resolución dictada por la Dirección General de la Energía, de fecha 26 de noviembre de 1990, confirmada en alzada por resolución dictada por el excelentísimo señor Ministro de Industria, Comercio y Turismo de fecha 2 de diciembre de 1991 y, en consecuencia, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico, debiendo ser confirmadas. No se hace un especial pronunciamiento sobre las costas procesales en esta instancia, al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes. Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la vigente vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 30 de mayo, «Boletín Oficial del Estado» de 13 de junio), el Subsecretario, Juan Carlos Girbau García.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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