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En el recurso contencioso-administrativo número 1561/94, interpuesto por la Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios, contra Resolución de 2 de junio de 1992, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra las de 31 de julio y 15 de noviembre de 1991 sobre convocatoria de concursos, se ha dictado, con fecha 3 de mayo de 1995, por la Audiencia Nacional, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la dirección letrada de la Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios (CSI-CSIF) de Madrid contra la Resolución de 2 de junio de 1992 que desestimó el recurso de reposición formulado contra las Ordenes de 31 de julio y 15 de noviembre de 1991, de convocatoria de concursos, debemos confirmar y confirmamos dichas resoluciones administrativas por ser conformes a derecho, sin hacer condena en costas. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 30 de mayo de 1991, «Boletín Oficial del Estado» de 13 de junio), el Subsecretario, Juan Carlos Girbau García.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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