La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha dictado sentencia, con fecha 3 de noviembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 1.393/1992 en el que son partes, de una, como demandantes, don Ulpiano Miguel González González, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Letrado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución presunta del Ministerio para las Administraciones Públicas, que desestimaba la petición formulada por el recurrente con fecha 14 de febrero de 1991, sobre reconocimiento del nivel 30 como grado personal.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.393/1992, interpuesto por don Ulpiano Miguel González González.
No se efectúa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I.
Madrid, 9 de enero de 1995.-El Ministro para las Administraciones Públicas.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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