Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 9 de noviembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid) en el recurso contencioso-administrativo número 27/91, promovido por «Cubiertas y MzoV, Sociedad Anónima», contra resolución presunta de este Ministerio desestimatoria por silencio administrativo del recurso de alzada formulado sobre reclamación de intereses de demora por el retraso en el pago de las liquidaciones provisionales de las obras de construcción de un Centro de Salud en La Bañeza (León), cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo y anulamos y dejamos sin valor, por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, los actos administrativos que impugna el recurso y condenamos a la Dirección General del Instituto Nacional de la Salud demandada al pago a la demandante "Cubiertas y MzoV, Sociedad Anónima", en concepto de intereses de demora, más el importe de los intereses de la cantidad a que asciendan esos intereses, más la cantidad a que alcance el IVA al tipo del 12 por 100, por retraso en el pago de las liquidaciones provisionales de obra efectuadas por la empresa por razón de la construcción de obras ejecutadas. No hacemos una expresa condena en costas a ninguna de las partes.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 23 de diciembre de 1994.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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