Visto el expediente de indulto de don Juan Antonio Abellán Sarrión, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 2.º del Código Penal por el Tribunal Supremo y condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, en fecha 21 de diciembre de 1992, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 13 de diciembre de 1985, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de mayo de 1995,
Vengo en conmutar a don Juan Antonio Abellán Sarrión la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 29 de mayo de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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