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Documento BOE-A-1995-16236

Orden de 12 de junio de 1995 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros, del día 12 de mayo de 1995, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/664/93, interpuesto por don Rafael Angel Arnanz Delgado y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 1995, páginas 20379 a 20379 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1995-16236

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/664/93, interpuesto por don Rafael Angel Arnanz Delgado, doña Antonia Carbonell Serra, don Emilio Chiva Bartoll, don Enrique Sabucedo Penedo, don Juan José Santana Jordá y don Salvador Ventura Cervera, contra los acuerdos del Consejo de Ministros de 12 de febrero, 5 de marzo, 4 de junio y 2 de julio de 1993, por los que se desestimaron las peticiones de los recurrentes de que se les abonaran dos mensualidades por su jubilación anticipada, se ha dictado, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 24 de enero de 1995, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Julio Calvet Torres, en representación de los señores consignados en el encabezamiento de esta Resolución, contra los acuerdos del Consejo de Ministros de 12 de febrero, 5 de marzo, 4 de junio y 2 de julio de 1993, por los que se desestimaron las peticiones de los recurrentes de que se les abonaran dos mensualidades por su jubilación anticipada, cuyos acuerdos confirmamos, en los particulares impugnados, por ser conformes a derecho, y no hacemos pronunciamiento especial sobre las costas causadas.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 12 de mayo de 1995, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.

Madrid, 12 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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