Recibido el requerimiento telegráfico de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Novena) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a que hace referencia el artículo 8.2 de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, en relación con el recurso contencioso-administrativo número 1.249/1995-07, interpuesto por la Federación Estatal de Industrias Químicas y Afines de Comisiones Obreras, contra la Resolución de la Dirección General de la Energía, de 30 de diciembre de 1993, sobre fijación de servicios mínimos para la huelga de los días 3, 4 y 5 de enero de 1994, en la empresa «Repsol Butano, Sociedad Anónima»,
Esta Subsecretaría, una vez ordenada la remisión al Tribunal Superior de Justicia de Madrid del oportuno expediente y realizadas las alegaciones pertinentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, sobre Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona, ha resuelto emplazar para que comparezcan ante la citada Sala en el plazo de cinco días, a todos los interesados en el procedimiento.
Madrid, 26 de junio de 1995.-El Subsecretario, Juan Carlos Girbau García.
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