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Documento BOE-A-1995-16692

Resolución de 6 de julio de 1995, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se fija el importe bruto del cupón semestral que devengaran el 30 de enero de 1996 la Obligaciones del Estado a interés ajustable, emisión de 30 de julio de 1986.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1995, páginas 20972 a 20973 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-16692

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo previsto en el apartado 3.2.2 de la Orden de 11 de junio de 1986, que regula el procedimiento para el cálculo del importe de cada cupón a devengar por la emisión de 30 de julio de 1986, de Obligaciones del Estado con intereses ajustables, esta Dirección General hace público:

1. La media ponderada del interés nominal anual pagadero por semestres vencidos de la emisiones negociables de Deuda del Estado, interior y amortizable, realizadas durante el segundo semestre de 1994 y el primer semestre de 1995 con vencimiento a más de dieciocho meses y hasta cinco años, y que se detallan a continuación, ha sido el 8,508 por 100.

Emisión / Nominal - Millones de Pesetas / Importe nominal anual pagadero por semestres vencidos - Porcentaje

15-2-1994, de Bonos del Estado al 7,30 por 100 (*) / 608.961,06 / 7,171

Se excluyen los tramos emitidos en el primer semestre de 1994.

15-2-1994, de Bonos del Estado al 7,40 por 100 (*) / 560.382,54 / 7,268

Se excluye hasta el tramo sexto, inclusive, al tener el vencimiento a más de cinco años desde su emisión.

25-3-1990, de Obligaciones del Estado al 12,25 por 100 (*) / 395.933,30 / 11,896

Se excluyen los tramos emitidos en 1990 y 1991.

15-6-1995, de Bonos del Estado al 9,90 por 100 (*) / 144.500,20 / 9,666

(*) Tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas. El tipo nominal de interés anual pagadero por semestres vencidos equivalente se ha calculado utilizando la siguiente fórmula:

(1 + Is / 200)2 = 1 + ia / 100

donde i es el tipo de interés nominal anual pagadero por anualidades vencidas, e i es el tipo de interés nominal anual pagadero por semestres vencidos equivalente a i, expresados ambos en tanto por ciento.

2. En consecuencia, el cupón bruto que devengarán el próximo 30 de enero de 1996 las Obligaciones del Estado con intereses ajustables, emisión de 30 de julio de 1986, será del 4,25 por 100.

Madrid, 6 de julio de 1995.-El Director general, Manuel Conthe Gutiérrez.

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