Visto el expediente de indulto de don Juan Ferrer Alvarez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 5 de mayo de 1990, como autor de un delito de robo, a la pena de cinco años de prisión menor, y otro delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de seis meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 26 de mayo de 1982; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de junio de 1995,
Vengo en conmutar a don Juan Ferrer Alvarez las penas privativas de libertad impuestas por otra de un año de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de la condena.
Dado en Madrid a 9 de junio de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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