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Documento BOE-A-1995-16857

Orden de 26 de junio de 1995, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se hace pública la adjudicación definitiva del concurso de traslados del Cuerpo de Maestros y sus procesos previos, convocados por la de 14 de octubre de 1994.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 12 de julio de 1995, páginas 21324 a 21462 (139 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1995-16857

TEXTO ORIGINAL

Una vez efectuadas las últimas modificaciones vacantes por Resolución de 19 de junio de 1995, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos y en cumplimiento de lo previsto en la base 67 a 70 de la Orden de 14 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 28 de octubre), por la que se convoca concurso de traslados en el Cuerpo de Maestros, esta Consejería ha resuelto:

Primero.-Relacionar en el anexo I las modificaciones «de oficio» efectuadas en el fichero de participantes del concurso para corregir errores detectados en la adjudicación provisional de la convocatoria con anterioridad a cualquier reclamación de los propios participantes.

Segundo.-Resolver las alegaciones presentadas a la adjudicación provisional, dirigida a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos en el anexo II de la presente Orden, mediante sus apartados I.1, Alegaciones estimadas, y I.2, Alegaciones desestimadas, por orden alfabético de provincias y apellidos y nombres de los alegantes.

Tercero.-Relacionar alfabéticamente en el anexo III a los Maestros que han causado baja en el concurso, por haber desistido del mismo, al ser su participación voluntaria y acogerse a lo establecido en la base 68 de la Orden de convocatoria ya citada.

Cuarto.-Hacer pública la lista definitiva de los destinos adjudicados a centro en concreto, con indicación de la especialidad a los Maestros que se relacionan en el anexo IV de la presente Orden, en el orden de prelación de las cuatro convocatorias: Readscripción en el Centro, Readscripción en la Zona, Derecho Preferente y Concurso General de Traslados.

Quinto.-Relacionar alfabéticamente a los Maestros que han presentado escritos de alegación o desistimiento fuera de plazo en el anexo V.

Sexto.-Los destinos adjudicados son irrenunciables, como se indica en la base 68 de la Orden de convocatoria.

Séptimo.-La toma de posesión del nuevo destino se efectuará el día primero de septiembre de 1995, cesando en el de procedencia el último día de agosto del mismo año.

Octavo.-La adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime de impartir otras enseñanzas o actividades que puedan corresponderle, de acuerdo con la organización pedagógica del centro.

Noveno.-En concordancia con la base 61 de la Orden de convocatoria, podrán ser anulados los destinos adjudicados que no se hayan ajustado a las normas de la misma, por lo que se corregirán lo errores materiales o de hecho que se produzcan, como también viene prevenido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décimo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo dispuesto en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 26 de junio de 1995.-La Consejera, Inmaculada Romacho Romero.

ANEXO I

Rectificaciones de oficio

Provincia de Almería

Alcalá Colacios, María Jesús.-En el apartado de Readscripción en el Centro le corresponde la antigüedad en el centro cuatro años dos meses y dieciocho días, y como funcionaria de carrera veintiséis años cero meses y tres días.

Provincia de Córdoba

Avalos Mangíbar, Araceli.-En el subapartado g.4 (publicaciones del baremo no le corresponde puntuación alguna, siendo la puntuación por el apartado g), 4 puntos.

García Murillo, María del Carmen.-Por el apartado d) le corresponden 21,7497 puntos por veintiún años y nueve meses de servicios como funcionaria de carrera.

Provincia de Granada

Detectado error en la puntuación del apartado e) de los participantes de esta provincia a los que la Comisión Provincial de Baremación otorgó centésimas en contra de lo prescrito en la Orden de convocatoria que concede 0,10 puntos por cada diez horas, no siendo puntuables el resto de horas que no lleguen a diez, procede detraer «de oficio» dichas centésimas a los referidos participantes que las tuvieren, a quienes el programa informático del Centro de Proceso de Datos dejó a cero su puntuación por el correspondiente subapartado en la adjudicación provisional, restituyéndoles su correcta puntuación para la adjudicación definitiva.

García García, Guillermina.-Por el apartado d) le corresponden 14,9163 puntos por catorce años y once meses de servicio activo en el Cuerpo de Maestros.

Ramón Romero, Pilar.-Por el subapartado f.2 le corresponden 1,5 puntos que por error fue mecanizado en el subapartado g.2.

Sánchez Ruiz, Purificación.-En el apartado b) del baremo no le corresponde puntuación alguna.

Provincia de Jaén

Cañada Jiménez, María Dolores.-Por el apartado a) del baremo le corresponden 0,5831 puntos.

Campos Manzanares, Fátima.-Por el apartado b) del baremo le corresponde 1 punto.

Castillo Martínez, María de la Paz.-Por el apartado b) le corresponden 0,5 puntos.

Díaz Rodríguez, Emilia.-Por el apartado b) le corresponde 1 punto.

García Barragán, Concepción.-Por el apartado b) le corresponden 0,5 puntos.

González Jaén, Trinidad.-Por el apartado b) le corresponde 1 punto.

Hernández de la Torre, Angela.-Por el apartado b) le corresponden 0,5 puntos.

Jódar Ogayar, Juan Ramón.-Por el apartado b) le corresponden 1,5 puntos.

Malo Ortega, Natividad.-Por el apartado a) le corresponden 1,1666 puntos.

Moyano Fuentes, Manuel.-Por el apartado b) le corresponde 1 punto.

Muñoz Jiménez, María Dolores.-Por el apartado b) le corresponde 1 punto.

Rodríguez Martínez, María de la Cruz.-Por el apartado b) le corresponden 2,5 puntos.

Ruiz Joyanes, María Inés.-Por el apartado b) le corresponden 1,5 puntos.

Señor Domínguez, María Luz.-Por el apartado b) le corresponden 2,5 puntos.

Provincia de Málaga

Detectado error en la puntuación del apartado e) de los participantes de esta provincia a los que la Comisión Provincial de Baremación otorgó centésimas en contra de lo prescrito en la Orden de convocatoria que concede 0,10 puntos por cada diez horas, no siendo puntuables el resto de horas que no lleguen a diez, procede detraer «de oficio» dichas centésimas a los referidos participantes que las tuvieren, a quienes el programa informático del Centro de Proceso de Datos dejó a cero su puntuación por el correspondiente subapartado en la adjudicación provisional, restituyéndoles su correcta puntuación para la adjudicación definitiva.

Aranda Jurado, Carmen.-Por el subapartado g.4 le corresponden 0,25 puntos y por el resto de los subapartados del apartado g) no le corresponde puntuación alguna.

González Domínguez, Luisa.-Por el subapartado g.4 le corresponde 1 punto y por el resto de los subapartados del apartado g) no le corresponde puntuación alguna.

Provincia de Sevilla

Detectado error en la puntuación del apartado e) de los participantes de esta provincia a los que las Comisiones Provinciales de Baremación otorgaron centésimas en contra de lo previsto en la Orden de convocatoria que concede 0,10 puntos por cada diez horas, no siendo puntuables el resto de horas que no lleguen a diez, procede detraer «de oficio» dichas centésimas a los referidos participantes que las tuvieren, a quienes el programa informático del Centro de Proceso de Datos dejó a cero su puntuación por el correspondiente subapartado en la adjudicación provisional, restituyéndoles su correcta puntuación para la adjudicación definitiva.

Hernández Fuentes, Sinforiano.-Procede dar de baja por el apartado 3 del concurso (otras Readscripciones en el Centro) al no cumplir los requisitos indicados en la base 1.c de la Orden de convocatoria.

Prieto Falcón, María de los Angeles.-Por el subapartado g.3 le corresponden 0,50 puntos y por el g.4, 1 punto, siendo la puntuación total del apartado g), 1,5 puntos.

ANEXO II

II.1 Alegaciones estimadas

Provincia de Almería

García Granados, María del Carmen.-Procede estimar su alegación al corresponderle 2 puntos por el apartado e) y no 1,90. Sin embargo, su número de registro es correcto como puede verse en el listado alfabético general de la adjudicación provisional.

León Ruiz, Francisca Inmaculada.-Procede grabar correctamente sus peticiones en el concurso, ya que únicamente figuraban grabadas en su soporte informático las once últimas.

Verdeguer Monje, María del Carmen.-Procede corregir error en la mecanización de su primera petición, debiendo constar como en su instancia consignó: 04002039-MU.

Provincia de Cádiz

Baena Ruiz, Manuel.-La vacante de Educación Física que reclama en el C.P. «Menéndez Pidal», de Conil de la Frontera, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Calero Fernández, Pedro Miguel.-Si bien el ordenador adjudicó primero a las compañeras a que se refiere, al habérseles consignado 1,5 puntos por el apartado f.1 y a usted por el f.2, se han revisado los sobres de documentación presentada por ambas y se comprueba que no les corresponde a ninguna de las dos puntuación por el apartado f, dado que a González Peñalver, Salud, se le ha dado por error 1,5 puntos por el mismo título que utilizó para ingresar en el Cuerpo, y González Pérez, Trinidad, no presentó el título por el que ingresó al Cuerpo como distinto al de Licenciada, tal como se dice en la convocatoria.

Casuso López, José María.-Procede corregir error en sus apartados a) y d), correspondiéndoles 34 y 16,8330 puntos, respectivamente, ya que se restaron el año y nueve meses de servicios especiales como si fueran de excedencia voluntaria.

Fajardo Sánchez, Carmen Angélica.-Procede corregir su puntuación del apartado g) al corresponderle 0,5 puntos que reclama.

Jiménez Fuentes, Alejandro.-Procede corregir error en la puntuación del apartado a) por el que corresponden 8 puntos desde el 1 de septiembre de 1989 tanto al señor Escalante Vera como al señor Megías Gutiérrez, circunstancia comunicada al Ministerio de Educación y Ciencia.

Navarro Guzmán, Teresa.-Se accede a su petición, continuando su participación en el concurso.

Ripalda Gil, Julio.-Procede rectificar su puntuación por el apartado d) del baremo, al llevar seis años y dos meses en servicio activo como funcionario de carrera desde el 1 de septiembre de 1988, debiendo constar 6,.1666 puntos por dicho apartado.

Román Muñoz, Francisco.-Procede darle de alta en el concurso cumplido el requisito de firma de su instancia, presentada con el resto de la documentación dentro del plazo del concurso, el 16 de noviembre de 1994.

Sánchez Díaz, María Caridad.-Procede corregir error en la mecanización informática de su primera petición, que aparecía grabada: 11005548C-MC en lugar de MU, como ya ha sido corregida de acuerdo con su instancia original.

Provincia de Córdoba

Aguilera Casado, María Auxiliadora.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Juan Carlos I», de Porcuna, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Arroyo Trillo, Antonio.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Santos Mártires», de Córdoba, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Capdevila Orozco, José.-Procede corregir error en su primer apellido, ya que debe constar correctamente: Capdevila.

Gómez Ruiz, Luis Gonzalo.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Jesús», de Posadas, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Jiménez Oteros, Dolores.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Nuestra Señora de la Sierra», de Cabra, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Márquez Navarro, Juan Luis.-Revisada su puntuación por el apartado b) le corresponden 19 puntos por quince años de difícil desempeño: Once años en la Escuela Rural «La Ventilla», acogida al antiguo Estatuto del Magisterio (Base Treinta y Ocho), más cuatro en el CAEP «Guadalquivir» desde 1 de septiembre de 1990.

Martínez Serrano, Marina.-Se estima parcialmente su alegación. La vacante de Preescolar que reclama en el C.P. «Alvaro Cecilia Moreno», de Fernán Núñez, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

La adjudicación es correcta según las bases 27 y 28 de la convocatoria.

Morales Serrano, Ana María.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «El Prado», de Lucena, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Navarro Carretero, María Dolores.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Nuestra Señora de la Expectación», de Encinas Reales, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Novas Díaz, Angel.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Moreno de Pedrajas», de Villanueva de Córdoba, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Ortega Medina, Cristina.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Nuestra Señora de la Expectación», de Encinas Reales, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Ramírez Gabardino, María del Carmen.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Tirso de Molina», de Córdoba, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Rodríguez Párraga, Encarnación.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Nuestra Señora de la Expectación», de Encinas Reales, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Romero del Puerto, Francisco.-La vacante de Preescolar que reclama en el C.P. «Sor Felipa de la Cruz», de Balalcázar, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Ruiz Moreno, José.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «La Inmaculada», de El Viso, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Vílchez Molina, Soledad.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Juan Ramón Jiménez», de Cañada del Rabadán, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Provincia de Granada

Casado Capell, Alfonso.-Rectificada de oficio la puntuación del apartado e), le corresponde 1,10 puntos. En la resolución definitiva del concurso se le adjudicará destino si en derecho le corresponde.

Cepeda Calzado, Teresa.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «El Doncel», de Granada, se adjudica en resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Chamorro Pérez, Elena.-Procede rectificar su puntuación tanto por el apartado a), por el que le corresponden 5 puntos desde 1 de septiembre de 1990, como por el apartado d) 14,1666 puntos desde el 1 de septiembre de 1980.

Chillón Domínguez, Pedro.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Adelantado Pedro de Mendoza», de Guadix, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Corral Rodríguez, María Avelina.-Procede corregir error en la puntuación, ya que por el apartado a) del baremo le corresponden 56 puntos, y una puntuación total de 85,5833 puntos.

Expósito Ruiz, Manuel.-Revisado su expediente, se comprueben que le corresponden por el apartado e) 2 puntos y por el g) 1 punto. Sin embargo, por el f) no le corresponde puntuación alguna, al no haber presentado fotocopia compulsada del título por el que ingresó en el Cuerpo dentro del plazo de presentación de instancias, como se indica en la convocatoria.

Fernández Soria, Julio.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Ciudad de Baza», de Baza, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

García Martínez, Antonio.-Revisada su puntuación, procede rectificar no sólo el apartado a), por el que desde 1 de septiembre de 1985 le corresponden por nueve años 24 puntos, sino que también procede rectificar el apartado d), por el que le corresponden 11,1666 puntos por once años y dos meses completos desde 1 de septiembre de 1983.

López Praena, Encarnación.-Procede darle de alta en el apartado 3 de readscripción en su centro, ya que solicitó la habilitación de Pedagogía Terapéutica dentro del plazo del concurso, antes del 18 de noviembre de 1994, correspondiéndole de acuerdo con la titulación que acompañó.

Martínez Muñoz, Enrique.-Revisado su expediente de participación, se comprueba que no presentó documentación alguna justificativa de méritos por los apartados e) y g) del baremo en los que por error de mecanización informática se grabaron 0,4 y 0,5, respectivamente, debiendo quedar en cero puntos ambos apartados.

Mingorance García, Isabel.-La vacante de Preescolar que reclama en el C.P. «La Cruz», de Dúrcal, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Mingorance González, María José.-Procede corregir en su puntuación, a saber: a) 0; b) 0,5000; c) 10,1666; d) 10,1666, y e) 2,0000 puntos. Total: 24,3332 puntos.

En cuanto a la puntuación asignada por el apartado g) del baremo, es correcta.

Mochón Jiménez, María Soledad.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Fuentenueva», de Granada, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Parras Casas, Ana María.-Se estima parcialmente su alegación y a la Maestra doña María Encarnación Alcántara Espadafor procede corregir la puntuación asignada por los apartados c) y d), por los que le corresponden 1,1666 puntos.

En el sobre de participación en el concurso no consta que presentará dentro del plazo de solicitudes fotocopia del título o resguardo utilizado para el ingreso en el Cuerpo, por lo que no procede su alegación referente al apartado f).

Peral Ramos, Concepción.-Procede asignarle por el apartado e) del baremo 2 puntos, no mecanizados por error.

Pérez Casares, Berta.-Se estima parcialmente su alegación, puntuándole por el apartado e) 0,10 puntos más por el curso «Aportaciones Históricas de la Química». Al no especificar el mínimo de horas el curso «Estrategias para la Innovación Didáctica» no se puede baremar (anexo I de la Orden de convocatoria).

No procede puntuarle por el apartado f), ya que no adjuntó fotocopia compulsada del título o resguardo utilizado para su ingreso en el Cuerpo, como dice la convocatoria.

Raya García, Enriqueta.-Se estima parcialmente su alegación. De oficio se rectifica la puntuación asignada por el apartado e), le corresponden 2,20 puntos, ya que las centésimas en la puntuación total por dicho apartado se desprecian.

En cuanto a lo alegado por el apartado f), dado que no presentó ni fotocopia compulsada del título o resguardo por el que ingresó en el Cuerpo de Maestros, dentro del plazo de solicitudes que establece el baremo, no procede su alegación.

Ripoll Quintana, María del Pilar.-Una vez rectificada de oficio la puntuación asignada por el apartado e) (le corresponden 0,90 puntos), en la resolución definitiva del concurso se le adjudicará lo que en derecho le corresponde.

Royo Costa, Encarnación.-Procede incluir la habilitación de Preescolar en su soporte informático, por lo que en la resolución definitiva del concurso se le adjudica lo que le corresponde.

Sánchez Romero, Piedad María Luz.-Procede estimar su reclamación en aplicación de la base 22 de la Orden de convocatoria, al tener mayor puntuación que las compañeras a que alude y haberse producido error informático que debe subsanarse en la Orden de adjudicación definitiva.

Sierra Ruiz, María Josefa.-Procede corregir error de mecanización de su petición 9.º, que aparecía en el soporte informático grabada con el código de Molvizar 181330001-IM en lugar del código 181530001-IM consignado en el original de su instancia. En la resolución definitiva del concurso se le adjudica el destino que le corresponde.

Siles Torres, Juan José.-Se estima parcialmente su alegación. En el apartado g.3) le corresponden 1,50 puntos al haber desempeñado durante tres años el cargo de Coordinador de Ciclo.

Sin embargo, al no adjuntar fotocopia compulsada del título o resguardo utilizado para su ingreso en el Cuerpo, como preceptúa el apartado f) del baremo, no procede su alegación.

Vázquez Martos, María del Carmen.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Adelantado Pedro de Mendoza», de Guadix, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Provincia de Huelva

Conde Huelva, Pastora.-La vacante resulta que reclama de Ciclo Inicial y Medio en el C.P. «Triana», de Trigueros, si se produce, en la resolución definitiva del concurso se adjudicará a quien en derecho corresponda.

Torres Antuña, María Jesús.-Procede estimar parcialmente su alegación en lo referente al apartado e).2, por el que le corresponde 1 punto por 102 horas de perfeccionamiento.

No le corresponde puntuación por publicaciones, dado que la fotocopia compulsada que presenta no contiene el preceptivo ISBN que dice la convocatoria, no pudiendo aceptarse nueva documentación según la base 53.

Zarcero Pimentel, Ana María.-Procede corregir error en la mecanización de su petición 5.ª que, en efecto, es 410220001-FI como aparece en su instancia original y no 410020001-FI como había sido grabada erróneamente.

Provincia de Jaén

Cañada Jiménez, Dolores.-Procede dar tratamiento informático a su participación en el concurso en las habilitaciones de Preescolar y Ciencias Sociales, no mecanizada por error, por lo que en la resolución definitiva se le adjudica lo que en derecho le corresponda.

Muñoz Oya, Timoteo.-Se estima su alegación, procediéndose a dar de baja por el apartado 5), Derecho Preferente, para la localidad de Huelma a la Maestra doña Encarnación Martínez Guzmán, ya que la unidad le fue suprimida en la Escuela Unitaria «Fuente del Roble» correspondiente a la zona de Villacarrillo.

Recuerda Burgos, Antonio.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Carlos I», de Porcuna, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Utrera González, Andrés.-Se estima parcialmente su alegación y en la resolución definitiva del concurso se adjudicará a quienes correspondan las vacantes de Ciclo Inicial y Medio en los CC.PP. «San Isidro Labrador», de Puente de Génave; «Santa Teresa», de Jaén, y «Nuestro Padre Jesús del Llano», de Baños de la Encina. El resto o están regentadas en propiedad definitiva o están afectadas por la planificación escolar.

Villaitodo García, Dolores.-Procede corregir la puntuación asignada por el apartado b) al señor Carpio Bueno, a quien no corresponde puntuación alguna por ese apartado.

Provincia de Málaga

Cárdenas Durán, Rosa María.-Se estima parcialmente su reclamación. Una vez corregidas de oficio las puntuaciones asignadas por el apartado e) a doña Rocío Mayorga Vega, doña Verónica Fernández Lara y doña María Paz Arrabal Cabello, se les adjudica el destino que les corresponde.

A la señora Viciana López, al proceder de escuela suprimida, hasta la sexta convocatoria no se le adjudica destino de oficio.

Esteban Arroyo, José.-Se estima parcialmente su alegación, y la vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C. P. «Juan Ramón Jiménez», de Málaga, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde. Las demás que reclama están afectadas por la planificación escolar.

Gálvez Marfil, María Teresa.-Procede grabar el código de especialidad de Educación Preescolar que consignó correctamente en su primera petición. Al no constar correctamente en el fichero informático, no obtuvo el destino que reclama, por lo que en la resolución definitiva del concurso se le adjudica, si el derecho le corresponde.

García Reche, Isabel.-Procede acceder a lo solicitado, ya que el destino desde el que participa es el único definitivo que ha tenido en el Cuerpo en el concurso de traslados, incluido su anexo V, del curso escolar 1980/1990, habiendo tomado posesión del mismo y único con efecto de 1 de septiembre de 1990. De ahí que por el c) le corresponden 8,1666 puntos.

González Dueña, José Antonio.-Procede estimar parcialmente su escrito de alegación en cuanto al error producido en no puntuar con 0,3 las «I Jornadas sobre Integración de Enseñanza Primaria, Enseñanza Secundaria y Formación Profesional». No así el curso de «Parálisis cerebral» al ser imposible que en dos días se acrediten treinta horas lectivas.

González González, María Angeles.-Debido a error de mecanización informática no se puntuó su apartado a) del baremo, por el que le corresponden 16 puntos por siete años y dos meses desde el 1 de septiembre de 1987.

Herreros Rodríguez, Marina Victoria.-Se estima parcialmente su alegación. Procede corregir error en su puntuación, correspondiéndole por el apartado a) 1,0000; d) 14,1666 y e) 2,400 puntos.

Sin embargo por el apartado g) del baremo no le corresponde ninguna puntuación, ya que en el sobre de participación del concurso no consta certificación alguna de cargo unipersonal.

Lara de la Torre, Gracia María.-Procede corregir error en la mecanización de su puntuación por el apartado g), que debe quedar en 1,5000 puntos, siendo la puntuación total de 9,8332 puntos.

Planas Espinosa, Francisco.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Juan Ramón Jiménez», se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Ramos Jiménez, Juan Luis.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Cristo de Mena», de Málaga, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien corresponde.

Real Pascual, José Manuel.-Procede grabar correctamente el código del C.P. «Rafael Ríos», de Almayate, que consignó correctamente en su solicitud. Al no estar grabado en la cinta magnética, no obtuvo el destino que le correspondía.

Villalba Gómez, María Encarnación.-Procede corregir su puntuación, ya que por el apartado b) le corresponden 0,50 puntos.

Zambrano Gutiérrez, Ana.-Procede corregir error en su puntuación, ya que por el apartado a) le corresponden 46,0000 puntos, quedando la puntuación total en 74,4165 puntos.

Provincia de Sevilla

Adame Fernández, Carmen.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «San José Obrero», se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Aguilar Pérez, María Magdalena.-La vacante de Preescolar que reclama en el C.P. «El Real», de Carmona, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Arroyo Fernández, Rafaela.-Una vez rectificada de oficio la puntuación del apartado e) del baremo (1,80 puntos), en la resolución definitiva del concurso se le adjudica lo que en derecho le corresponde.

Barreñada Bandera, Natividad.-Procede dar tratamiento informático correcto a su modalidad de participación, ya que participa como propietaria definitiva y no como provisional, como había sido considerada por error.

Barrio Robles, Josefa de la Cinta.-Procede actualizar su fichero de habilitaciones con la inclusión de las de Educación Preescolar y Ciencias Sociales, que no estaban incluidas por error.

Bravo Bueno, María Isabel.-Procede darle opción c) por a) que tenía solicitada en su instancia de concurso y por error no fue grabada.

Buza Martínez, María Josefa.-Procede dar tratamiento informático correcto a su participación en el concurso en cuanto a peticiones de readscripción en el Centro. En la resolución definitiva se le adjudica lo que en derecho le corresponde.

Cancela Ramos, Antonio.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Luis Cernuda», se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Durán del Barrio, José.-La vacante de Música que reclama en el C.P. «San José», de Puebla de Cazalla, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Eliso Vélez, Benita.-Las dos vacantes de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Alvarez Quintero», de Utrera, se adjudican en la resolución definitiva del concurso a quienes en derecho corresponden.

Endrino Nevado, Josefa.-Procede actualizar su fichero informático con la inclusión de la habilitación de Pedagogía Terapéutica.

Fernández Romero, María Angeles.-Se rectifica la puntuación del apartado e) del baremo, debiendo quedar: e.1) 0,50 puntos y e.2) 2,000 puntos, con un total de 19,6666 puntos, ya que las horas que sobran y no llegan a diez no se puntúan.

García Prieto, Isabel.-Las dos vacantes de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Alvarez Quintero», de Utrera, se adjudican en la resolución definitiva del concurso a quienes en derecho corresponden.

García Reyes, Josefa.-Procede adjudicarle 2 puntos por el apartado e) al no haber sido computado por error el curso de Educación Especial para la integración escolar, de 400 horas; que no sirve para habilitación en Pedagogía Terapéutica.

Gordillo Flores, María Jesús.-Se estima parcialmente su alegación en cuanto a la puntuación del apartado e.1) del baremo, que aparece «O» en la adjudicación provisional cuando le corresponden 0,3000 puntos.

El cargo de Secretario del Centro se puntúa a partir del 1 de julio de 1986, fecha en la que, de conformidad con el punto quinto de la Orden de 18 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 20), se dictan las normas para la elección y constitución de los órganos de centros públicos, por lo que la puntuación asignada por el apartado g) es correcta.

Herrera Barranco, Joaquín.-Procede corregir error en la puntuación del apartado g) del baremo a la señora León Alvertos, quien debe tener: g.1) por tres años de Director de Centros Públicos 4,5 puntos, y en el apartado g.2) por dos años como Jefe de Estudios y tres como Secretario de Centro Público, 5 puntos. Total por dicho apartado: 9,5 puntos.

Ibáñez González, Gloria María.-Revisado su expediente, se comprueba que no se grabó 0,5 puntos por el apartado e.1. Procede en consecuencia grabarlo, quedando su puntuación por el apartado e): 2,50 y la puntuación total en 21,1666 puntos; adjudicándosele el destino que le corresponde a esa nueva puntuación.

López Cuevas, José.-Procede dar tratamiento informático correcto a su participación en el concurso por el apartado de concurrencia y/o consorte, y se les adjudica en la resolución definitiva destino, si en derecho les corresponde.

Macía Gómez, Dolores de la Cinta.-Procede corregir error en su apartado del Derecho Preferente, debiendo constar el b), como procedente de unidad suprimida.

Malo Alcalá, Encarnación.-Se revisa su soporte informático en el concurso, consignándole su participación como propietaria definitiva.

Melendo Valencia, José Luis.-Vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Virgen del Robledo», de Constantina, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Morcillo Madruga, María Milagros. Se estima parcialmente su alegación, una vez corregida de oficio la puntuación asignada por el apartado e) del baremo (1,50 puntos), se le adjudicará en la resolución definitiva del concurso destino, si le corresponde, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se procede a dar de baja las peticiones efectuadas fuera de esta Comunidad (Orden de 25 de abril de 1991, apartado X, punto 3.º, «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 26).

Muñoz Barrera, María Josefa.-Un vez rectificada de oficio la puntuación asignada por el apartado e) de los Maestros contra los que reclama (en la adjudicación provisional aparecen los «0») en la resolución definitiva se le adjudica, de alcanzarle vacante, lo que en derecho les corresponda.

Murillo Núñez, Josefa.-Se estima parcialmente su escrito en lo que respecta al 0,5 por el apartado b) y 1,8 por el e), no correspondiéndole puntuación por el f) ya que no presentó en el plazo indicado fotocopia del título por el que ingresó en el Cuerpo, como dice la convocatoria, ni por título o resguardo.

Otero Muñoz, Agustín.-Una vez rectificada de oficio la puntuación del apartado e) de don Jaime Ortega Villarejo, que en la resolución provisional aparecía con «0» puntos, en la resolución definitiva se le adjudica destino, si en derecho le corresponde.

Patiño Toledo, Ana María.-Procede corregir error en su puntuación, ya que por el apartado a) le corresponden 3,000 puntos, quedando la puntuación total en 14,9666 puntos (punto 5 del apartado a) del baremo de la convocatoria).

Pecellín Garrote, Manuela.-Procede dar tratamiento informático a su participación en el concurso en las habilitaciones de Educación Preescolar, Ciencias Sociales y Filología; Lengua Castellana y Francés, no mecanizadas por error.

Pérez Alonso, Julia Isabel.-Procede dar tratamiento informático a su participación en el concurso en las habilitaciones de Preescolar y Ciencias Sociales, no mecanizadas por error, por lo que en la resolución definitiva se le adjudica lo que en derecho le corresponde.

Pérez Moreno, Ana María.-Una vez rectificada de oficio la puntuación del apartado e) del baremo (1,20 puntos), en la resolución definitiva del concurso se le adjudica lo que le corresponde.

Pérez Sánchez, María Teresa.-Procede corregir error en la petición en segunda y tercera, debiendo constar el código 300300001, en ambas.

Portero Durán, José María.-Las dos vacantes de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Virgen del Monte», de Cazalla de la Sierra, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Prada Guerrero, Cristobalina.-Revisado su expediente de concurso de traslados, procede asignarle 0,30 puntos más por el apartado e.1) del baremo, quedando éste con una puntuación total de 0,60 puntos.

Reina Alfaro, Alicia.-Procede estimar parcialmente su reclamación, ya que por el apartado e) le corresponden 0,90 puntos. Sin embargo, no le corresponde puntuación por el apartado f), ya que no presentó dentro del plazo de presentación de instancias ni el título de ingreso al Cuerpo ni el de Licenciado o resguardo, como indica la convocatoria.

Rodríguez Novoa, María del Carmen.-Procede mecanizar en el soporte informático su participación en el concurso, y en la resolución definitiva se le adjudica destino si en derecho le corresponde.

Rodríguez Reina, María del Carmen.-Procede consignar el código de centro de procedencia provisional, siendo éste 41000168, C.P. «Reina Fabiola», de Alcalá de Guadaira (Sevilla).

Talavera Ruiz, María del Pilar de.-Se estima parcialmente su alegación. Una vez rectificada de oficio la puntuación del apartado e) del baremo, que aparecía con 0 puntos mientras le corresponden 1,60 puntos, se le adjudica el destino que le corresponda en la resolución definitiva del concurso.

Procede consignarle su destino provisional en el concurso.

Al ser su participación forzosa en el concurso, está obligada a obtener destino y al no corresponderle las únicas dos peticiones solicitadas en el apartado 13), se le destina a nivel provincia en localidad de mayor censo.

Urías Alvarez, Rafael.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Virgen del Rocío», de Camas, se adjudica en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponde.

Vázquez Cuadrón, Felipe.-Las dos vacantes de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Virgen del Monte», de Cazalla de la Sierra, se adjudican, en la resolución definitiva del concurso a quien en derecho corresponden.

Vela Torrea, María Aránzazu.-Procede corregir error en la puntuación del apartado e) por el que le corresponden 2 puntos.

Provincias de otras Comunidades

Mas Femenia, María Rosario.-Se modifica su participación en el concurso con la inclusión de su habilitación de Filología; Lengua Castellana e Inglés, que no había sido incluida por error para la adjudicación provisional.

II.2 Reclamaciones desestimadas

Provincia de Almería

Acuyo Fernández, Inmaculada.-Revisado su expediente se comprueba que la puntuación que le asignó la Comisión Provincial por el apartado e) es correcta y de acuerdo con la Orden de convocatoria.

Berbel Martínez, María José.-La adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades del nuevo sistema educativo (LOGSE) demanda actuaciones de la Administración en la planificación educativa a corto y medio plazo que evite la asignación de plazas no previstas en el futuro. En consecuencia la vacante de Ciencias Sociales que reclama, no es ofertada en el presente concurso de traslados, ya que de hacerlo supondría su supresión en los próximos cursos.

Carmona Herrera, María Remedios.-La puntuación que le asignó la Comisión Provincial de Almería es correcta y en concreto lo referido a su apartado g), según la documentación que adjuntó en el plazo de presentación de instancias (bases 52 y 53).

Domene Egea, Isabel.-Revisado su expediente de concurso de traslados 94/95, no le corresponde puntuación alguna por el apartado e) del baremo, tal como le asignó su Comisión Provincial, dado que no presentó documentación justificativa de los méritos de ese apartado junto a la instancia (base 52).

Espinosa Gaitán, Emilia Carmen.-Revisado su expediente, la puntuación que le asignó la Comisión Provincial en el apartado e) es correcta, dado que la certificación del curso «La Educación Hoy ¿Qué/Cómo Enseñar?» del colectivo El Sabinal que presentó con la instancia, no tiene la homologación correspondiente a que se alude en la convocatoria.

García Carmona, José Jesús.-No procede su alegación según anexo I de la Orden de convocatoria, al no ser un Conservatorio Elemental de Música, Administración competente en materia de perfeccionamiento del profesorado. Por ello no tuvo en cuenta su reclamación la Comisión Provincial, que no puntuó los dos cursos a que alude.

García López, Ana María.-No procede su alegación según la base 1.c) de la convocatoria. Sin perjuicio de ello, no puede participar sólo para pedir su propio puesto del que es propietaria definitiva.

Giménez Campuzano, Antonio Francisco.-Las vacantes de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Los Almendros», de Almería, están afectados por la planificación escolar.

La adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades del nuevo sistema educativo (LOGSE) demanda actuaciones de la Administración en la planificación educativa a corto y medio plazo que evite la asignación de plazas no previstas en el futuro. En consecuencia, la vacante resulta de Ciencias Sociales que reclama, no es ofertada en el presente concurso de traslados, ya que de hacerlo supondría su supresión en los próximos cursos.

López Garrido, Francisca.-Se ha revisado la documentación presentada en su sobre con la instancia y es correcta la puntuación que le asignó la Comisión Provincial en concreto por el apartado g) del baremo, según las bases de la convocatoria.

López Medina, Clotilde.-No procede su alegación según la base 53 de la convocatoria. Sin perjuicio de ello, al estar en un concurso de funcionarios de carrera, sólo deben tenerse en cuenta los méritos de servicios prestados como tales funcionarios de carrera.

Márquez Belmonte, Isabel.-No procede su alegación según la base 53 de la convocatoria al no haber presentado la certificación a que alude dentro del plazo de presentación de instancias que finalizó el 18 de noviembre de 1994.

Martínez Sola, Aurora.-No procede su alegación, ya que, según la base 43, en caso de empate en puntuación total y en apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primero y en su caso segundo apellido según dos letras «O» y «T» sorteadas y comunicadas por el Ministerio de Educación y Ciencia, como se ha publicado en los tablones de anuncios de las Delegaciones y en el «Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre de 1994 (página 37131).

Pérez Capel, Juana.-No procede su alegación según la base 43, completada por la Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre), ya que Pérez Rodríguez va delante de Pérez Capel, siendo el último desempate por la letras «O» y «T» en el primero y, en su caso, en el segundo apellido.

Ramos Galera, María Dolores.-Las vacantes de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Los Almendros», de Almería, están afectadas en la planificación escolar.

La adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades del nuevo sistema educativo (LOGSE) demanda actuaciones de la Administración en la planificación educativa a corto y medio plazo que evite la asignación de plazas no previstas en el futuro. En consecuencia, la vacante resulta de Ciencias Sociales que reclama, no es ofertada en el presente concurso de traslados, ya que de hacerlo supondría su supresión en los próximos cursos.

Reche Navarro, Clara.-No procede su alegación, dado que la certificación que presentó la señora Martínez Martínez tenía membrete, sello del CEP y firma del que certifica, además de la compulsa correspondiente, elemento de los que carece la hoja adjunta. Pero incluso aunque se le sumara la puntuación en vez de por el e).1 por el e).2, la puntuación final de la señora Martínez siempre sería 7,1332 puntos.

Tapía Segura, Isabel María.-No procede su alegación según la base 43 de la convocatoria, ya que los Maestros a que alude tienen 1,1666 en el apartado c) y en el d) y usted tiene 0,1666 en estos apartados.

Villegas Herrera, Josefa.-En el sobre de participación en el concurso de traslados, no consta ninguna certificación que ocupará cargo de Coordinador de ciclo.

Según la base 43, en caso de empate en la puntuación total y en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y en su caso del segundo según dos letras «O» y «T», públicas por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia en el «Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre de 1994, siendo correcto el destino adjudicado a la Maestra contra la que reclama.

Provincia de Cádiz

Barrio Montada, Pablo de.-No procede su alegación, dado que las peticiones a que alude, no son de Ciclo Inicial y Medio, habiéndosele adjudicado de oficio por delante de los compañeros a que se refiere, en localidad de mayor censo.

Barrios Olmedo, María Josefa.-La disposición derogatoria primera del Real Decreto 1774/1994, de 5 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 30 de septiembre) deroga los apartados f), g), h) e i) del artículo 18 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio.

Cubero Capilla, Isabel.-En los centros «Andalucía», «El Tejar» y «Los Boliches», no se han producido vacantes resultas de Preescolar. Sí ha sido anunciada una vacante adjudicada a participantes con 27,3332 puntos y usted participa con 22,3332 puntos.

Delgado Lobato, Ernesto.-No procede su alegación, ya que no demuestra documentalmente dentro del plazo de presentación de instancias más que el desempeño del cargo de Director escolar los cursos 71-72 y 78-79, siendo correcta la puntuación que le asignó en el apartado g) la Comisión Provincial de Cádiz.

Escalante Vera, Rafael.-La puntuación que le asignó la Comisión Provincial de Cádiz en el apartado g) es correcta.

Se le informa además, que por reclamación de otro participante se corrige la puntuación de su apartado a), que debe quedar en 8 puntos, según lo indicado en dicho apartado a).3 del baremo, desde el 1 de septiembre de 1989, en que fue adscrito por concurso a centro español en el extranjero, perdiendo su destino anterior, con derecho preferente a la localidad a la vuelta.

Fernández Valle, María del Carmen.-No está legitimada para participar por los apartados 3 de Readscripción en el Centro, según la base 2 de la Orden de convocatoria, y no cumplir en consecuencia el requisito establecido en el apartado c) de la base 1.

Flores Morla, María José.-La vacante resulta de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Arquitecto Leoz» de Puerto Real se ha adjudicado a participante por el apartado 5), Derecho Preferente, con 61,0664 puntos.

García Benítez, A. Pedro.-En los centros que reclama no se han anunciado vacantes de Educación Física ni producido resulta alguna, excepto en el C.P. «José María Hinojosa», en que se ha adjudicado con 14,5666 puntos la vacante de Educación Física, y usted participa con 4,8332 puntos.

García Ufano, María Cruz.-El Real Decreto 1774/1994, de 5 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 30 de septiembre), en la disposición derogatoria primera, deroga los apartados f), g), h) e i) del artículo 18 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio.

Garrido Viñas, Francisco.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Azahar», de Fuengirola, está afectada por la planificación escolar. En los centros C.P. «El Albero», de Las Lagunas, C.P. «García del Olmo» y «El Chaparral», de El Chaparral, todas plazas de Ciclo Inicial y Medio, están cubiertas en propiedad definitiva.

González Fernández, María del Carmen.-No procede su alegación, dado que usted es propietaria provisional desde que es funcionaria de carrera en servicio activo, es decir desde 1 de septiembre de 1991, siendo correcta la puntuación del apartado c), 3,1666 puntos, igual que el d), tal como ha certificado su Delegación Provincial.

La adjudicación es correcta de acuerdo con las bases de la convocatoria y en concreto las bases 27, 28 y 43 en los casos de empates en puntuación. En la adjudicación por provincias «de oficio» se adjudican localidades de mayor a menor censo.

González Valdayo, Isabel.-Como preceptúa la base 58 de la Orden de convocatoria, las instancias se relacionarán conforme a las instrucciones unidas a las mismas, por lo que las peticiones a nivel provincia sólo podrán ser consignadas por los participantes de las modalidades 3, 6 ó 10 del apartado 6 del concurso y usted participa por la modalidad 1.

Jáuregui Losada, María Laura.-Todo provisional está obligado a concursar y obtener destino definitivo, bases 26 y 27 de la Orden de 14 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28), por lo que se accede a su petición.

López Martínez, Inmaculada.-No procede su alegación dado que según la base 56, sólo se puede presentar una instancia y usted presentó dos contradictorias: En una pedía por Educación Física y en otra la mismas peticiones por Educación Preescolar, no pudiendo modificarse nada ni priorizar, según la base 58, párrafo tercero.

Mayor Rodríguez, Rosa.-No procede su alegación según la base 43 de la Orden de convocatoria, completada por la Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Medina Pérez-Rejón, Margarita.-No procede su alegación, ya que su puntuación es correcta y de acuerdo con el baremo y los méritos alegados. La adjudicación se ha efectuado de oficio, según las bases 27 y 28 de la Orden de convocatoria.

Merino Mandly, Francisca Julia.-No procede su alegación según la base 22 de la Orden de convocatoria, dado que la señora Pozo Cuadrado tiene 48,3330 puntos y usted ha obtenido destino en Cádiz como había solicitado. El derecho preferente no es absoluto. Si hubiera una sola vacante y usted fuera la única con derecho preferente, sería suya, pero al llegar vacante par una del apartado 5 y para una del 6, el centro lo deciden los puntos.

Millán Merello, Beatriz.-La vacante convocada en el C.P. «Federico García Lorca», de Chiclana, por Pedagogía Terapéutica fue adjudicada al señor Otero Iglesias con 12,8666 puntos y en el C.P. «Quintanilla», de San Fernando, ni se ha convocado vacante ni se ha producido resulta alguna. Las plazas de las que están en prácticas en Adultos no podrán proveerse hasta el próximo concurso. Al no resolverse dicha fase de prácticas hasta finales de julio próximo, después de resuelto el concurso general de traslados, pudiendo en caso de resultar no aptos volver a sus destinos, las vacantes que resulten se proveerán en el próximo concurso.

Montero Dosado, María del Carmen.-No procede su alegación, dado que usted participa por el apartado 6, mientras el Maestro a que alude participa por el apartado 4 que es preferente en la adjudicación, como se indica en la introducción y en la base 57 de la Orden de convocatoria.

Navarro Gómez, José Enrique.-La vacante de Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza que reclama en el C.P. «Sagrada Familia», de Jerez de la Frontera, no tiene previsto su funcionamiento en la planificación escolar.

Núñez Amarillo, Joaquín.-No está legitimado para participar por el apartado 2, ya que no cumple el requisito de la base 1, b), de la Orden de convocatoria al estar adscrito al puesto de Filología, Lengua Castellana y Francés para el que está habilitado por haber ingresado en el Cuerpo por esa especialidad. Con fecha 17 de enero de 1994 se le extendió certificado por la que se actualizaban sus habilitaciones y en el mismo se «dejaba sin efecto cualquier otra que se hubiera expedido anteriormente al interesado», como es el caso del que presenta de 4 de junio de 1990, que anuló por erróneo al no ser el Inglés el idioma por el que ingresó sino el Francés, como consta en su título administrativo.

Otero Muñoz, Agustín.-No ha solicitado entre sus 288 peticiones ni La Muela ni Torre Alháquime. Se le ha adjudicado correctamente destino según las bases 27 y 28, y al existir empate en puntuación y apartados prevalece usted por ser Otero sobre Ruiz y Fuentes, habiéndosele adjudicado de oficio localidad de mayor censo.

Peralta Pérez, José Alfonso.-No procede su alegación según la base 43 de la Orden de convocatoria, ya que el señor Cordeiro va por delante de usted al tener 1 punto por el apartado b) y usted 0 puntos por ese apartado, habiéndosele adjudicado a ambos sendas resultas producidas en el C.P. «Nuestra Señora de la Luz», de Tarifa.

Pieras Vázquez, Inmaculada.-No ha solicitado ni el centro que se le ha adjudicado ni el adjudicado a sus compañeras. Se trata de una adjudicación de oficio y según la base 43, siendo las letras del alfabético «O» y «T», se le ha adjudicado Ubrique, de mayor censo que Villamartín.

Pinzón González, Sacramento.-La vacante resulta de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Inspector Padre

Franco», de San Fernando, se ha adjudicado a participante por el apartado 2), Readscripción en el Centro, por estar adscrito a un puesto para el que no está habilitado.

Plaza Domínguez, María Isabel.-La adjudicación es correcta y de acuerdo con la base 28. Al no haber solicitado ninguno de los centros ni localidades que indica en su reclamación segunda, se le ha adjudicado de oficio en la primera provincia solicitada y primera especialidad, en localidad de mayor censo de las que cita.

Las vacantes resultas de Ciclo Inicial y Medio que reclama están afectadas por la planificación escolar.

La adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades del nuevo sistema educativo (LOGSE) demanda actuaciones de la Administración en la planificación educativa a corto y medio plazo que evite la asignación de plazas no previstas en el futuro. En consecuencia, la vacante de resulta de Filología, Lengua Castellana que reclama, no es ofertada en el presente concurso de traslados, ya que de hacerlo supondría su supresión en los próximos cursos.

Río Jiménez, Raquel del.-«Una vez entregada la instancia, por ningún concepto se alterará la petición, ni aun cuando se trate del orden de prelación de los puestos solicitados» (base 58 de la Orden de convocatoria).

Robleda Gómez, María del Pilar.-No procede su alegación, dado que el artículo 2 del Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio, declara equivalente el título de Profesor expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, «únicamente a los efectos de impartición de las enseñanzas de Música en los grados Elemental y Medio...».

Romero Cramazou, María Dolores.-La adjudicación recaída en las señoras Navarro Guzmán y Pancorbo Martos es correcta, ya que participan con 42,1666 y 45,666 puntos, respectivamente, y usted con 19,9497 puntos, como indica la base 22 al referirse al destino.

Ruiz Manceras, Juan Jesús.-No procede su alegación, ya que no presentó fotocopia compulsada del título por el que ingresó en el Cuerpo, como se dice en la convocatoria (anexo I, apartado f)).

Sánchez Chapela, María Teresa.-Tanto el código 41003327-C, que corresponde al C.P. «Virgen de la Soledad», como el 410750001, que corresponde al de la localidad de Pilas, no lo ha consignado en sus peticiones a centros y/o localidades.

Sánchez Silva, Ana María.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Baelo Claudia», de Algeciras, está afectada por la planificación escolar.

Santamaría Rey, María Rosario.-«Una vez entregada la instancia, por ningún concepto se alterará la petición, ni aun cuando se trate del orden de prelación de los puestos solicitados» (base 58 de la Orden de convocatoria).

Toscano Barroso, Trinidad.-No procede modificar ni borrar ninguna de sus peticiones según la base 58 de la Orden de convocatoria, por lo que se acepta su renuncia al concurso y se le da de baja del mismo.

Vázquez Rincón, Mercedes.-Las dos plazas a que alude del C.P. «Ramón Crossa», de Ubrique, por la especialidad de Preescolar fueron adjudicadas a Ortega López, Luciana, y a Ortega Montoya, Catalina, con 2,3332 puntos, mientras su puntuación es de 1,8332 puntos.

Vega de la Muela, Juan María de la.-No procede su alegación, dado que usted participa por el apartado 6 del concurso y el señor Tijeras por el apartado 5 del derecho preferente a la localidad de El Puerto de Santa María, en donde fue suprimido su puesto de trabajo.

Vegazo Marín, Asunción.-Tanto su puntuación como la adjudicación son correctas. En su petición 154.ª figura el código de La Línea y no de Zabal (110220003). Aparte de ello, las resultas a que se refiere han sido adjudicadas todas a participantes de mayor derecho, como se puede comprobar en el listado hecho público en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 6 de mayo de 1995.

Provincia de Córdoba

Capilla León, José Manuel.-No es posible acceder a su desistimiento, dado que, según las bases 27 y 28 de la Orden de convocatoria, está obligado a participar y a obtener destino dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Castán Berdonce, Andrés.-La vacante de ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Los Califas», de Córdoba, está afectada por la planificación escolar.

Díaz López, María del Pilar.-La puntuación asignada en el apartado g) por la Comisión Provincial es correcta y de acuerdo con la convocatoria del concurso de traslados del Cuerpo de Maestros, en que sólo se puntúan servicios como funcionario de carrera, no interinos.

Gómez Arévalo, María del Carmen.-Las vacantes de Preescolar que reclama en el C.P. de Bélmez están cubiertas en propiedad definitiva. La señora Barrios, que tiene solicitada jubilación hasta el 31 de agosto de 1995, sigue siendo definitiva del centro. La señora Doñas, hasta tanto no se publique en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» la resolución de la fase de prácticas del concurso de Adultos, es definitiva en su centro y no puede adjudicarse su puesto hasta el próximo concurso.

Higuera del Miral, María Isabel.-No procede su alegación. Su adjudicación es correcta y de acuerdo con las bases 27 y 28. En los desempates de puntuaciones totales se aplica la base 43, completada por Resolución ministerial de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Jiménez Mateos, María Encarnación.-Los desempates se efectúan por la base 43 de la Orden de convocatoria de 14 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28), cuya base 71 daba un plazo de dos meses para recurso contencioso-administrativo, sin que tenga constancia esta Consejería de que lo haya interpuesto.

La Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre) del Ministerio de Educación y Ciencia establece las letras «O» y «T». Los apartados c) y d) de doña Ana María Ortiz Trenado son correctos, de acuerdo con los servicios certificados por su Delegación Provincial en los mismos.

Su adjudicación es correcta, de acuerdo con las bases 27 y 28 de la Orden de convocatoria.

Jiménez Montes, Antonio.-El cargo de Secretario del centro se puntúa a partir del 1 de julio de 1986, fecha en la que, de conformidad con el punto quinto de la Orden de 18 de mayo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 20), se dictan normas para la elección y constitución de los órganos de los centros públicos.

Moreno Sánchez, Fernando.-No procede su alegación, dado que en un concurso de funcionarios de carrera únicamente se tienen en cuenta servicios prestados como tales funcionarios de carrera, no como interinos. De ahí que, revisados los expedientes de los Maestros a que alude, se les ha detraído por tal motivo la puntuación erróneamente adjudicada, con excepción de Rodríguez Rubio, a quien se ha puntuado por un artículo escrito en el «Ideal» de fecha 10 de noviembre de 1994. A los Maestros Ikonicoff Fiszbein, Diego Angel, y Sierras Ruiz, Josefina, a los que se les ha puntuado como Coordinadores de Ciclo durante el curso 94/95, a ambos 0 puntos en el apartado g).

A Cano Palomino no le corresponde puntuación, por publicación que no tiene el preceptivo ISBN. A García Pérez tampoco tiene el preceptivo ISBN la publicación que presenta ni se puntúa el curso de Coordinador de Ciclo en que era interino.

A Ortega Ruiz, Joaquín, no le corresponden 1,50 puntos, ya que fue Coordinador de Centro de Adultos sólo seis meses.

Al resto: Sotomayor Román, María Dolores; Ruiz Pardo, Pedro Jesús; Camero Gala, Esther, y Linares Durán, María José, se les deja a cero el apartado g) por habérseles puntuado desempeño de cargos en período en que no eran funcionarios de carrera.

Moyano Cuevas, María Inmaculada.-No está legitimada para participar por el apartado 3, ya que no cumple los requisitos de la base 1, c), de la convocatoria.

Provincia de Granada

Almagro Pérez, Margarita.-No procede su alegación, ya que se ha revisado la puntuación de doña Elena Díaz Rubio y es correcta, teniendo en cuenta su antigüedad en el centro desde el 1 de septiembre de 1977 (42 puntos) y en el Cuerpo desde el 10 de septiembre de 1971 (23,1666 puntos), habiéndole asignado la Comisión Provincial 2 y 10 puntos por el apartado e) y g) en función de los méritos alegados.

Por el apartado f) no le corresponde puntuación alguna, al no haber aportado dentro del plazo de presentación de instancias, que terminó el 18 de noviembre de 1994, fotocopia compulsada del título por el que ingresó en el Cuerpo, como se indica en el baremo (ver, además, las bases 52 y 53 de la convocatoria).

Alonso Jiménez, Antonio.-La vacante de Filología, Lengua Castellana e Inglés que reclama en el C.P. «San José de Calasanz», de Zagra, no está creada jurídicamente, por lo que no es tal vacante para ser provista en este concurso de traslados.

Antequera Manzano, José.-Revisada la documentación presentada dentro del plazo de presentación de instancias, según las bases 52 y 53, la puntuación que le asignó la Comisión Provincial por el apartado g) es correcta.

Agustín Morales, Antonio.-Examinada la documentación presentada conjuntamente con la instancia, según las bases 52 y 53, es correcta la puntuación asignada por la Comisión Provincial en los apartados f) y g) del baremo. En cuanto al f), no presentó en el referido plazo la fotocopia compulsada del título por el que ingresó en el Cuerpo, como se dice en dicho apartado.

Caballero Herrera, María Dolores.-Se ha revisado su puntuación y es correcta en los apartados c) y d) de servicios provisionales y en activo en el Cuerpo de Maestros como funcionaria de carrera, así como el e) de cursos de perfeccionamiento. Se ha comprobado, sin embargo, que la Comisión, por error, le dio 1,5 puntos por el apartado f) al puntuar el título por el que ingresó en el Cuerpo.

Calvo Díaz, Francisca.-Revisada la documentación que adjuntó a la instancia, como se indica en las bases 52 y 53, es correcta la puntuación que le asignó la Comisión en los apartados f) y g) del baremo. Con respecto al f), no presentó fotocopia compulsada del título por el que ingresó en el Cuerpo, como se dice en dicho apartado.

Carmona Carrillo, María del Carmen.-Revisado su expediente, es correcta la puntuación asignada por su Comisión Provincial en el apartado g) con 0 puntos, de acuerdo con la documentación presentada dentro del plazo de presentación de instancias (bases 52 y 53).

Castillo Garófano, Rafael.-No procede su alegación según el apartado f) del baremo de la convocatoria, dado que la fotocopia compulsada que ahora presenta con fecha 13 de mayo de 1995 debió presentarla dentro del plazo de solicitudes que terminó el 18 de noviembre de 1994 (base 53).

Castro Ponce, Encarnación.-Todo provisional está obligado a concursar y obtener destino definitivo, bases 26, 27 y 28 de la Orden de convocatoria, por lo que no puede desistir del concurso de traslados.

Cazorla Fernández, Purificación.-No procede su alegación según la base 53, ya que no aportó dentro del plazo de presentación de instancias la fotocopia compulsada del título alegado para ingresar en el Cuerpo, como se dice en el apartado f) del baremo.

Ceballos Rodríguez, Josefa.-No procede su alegación según la base 22 de la Orden de convocatoria, ya que la señora Rubio tiene mayor puntuación y usted ha tenido destino en Granada, como solicitó. Existiendo vacante para las dos, el centro elige primero la de mayor puntuación, sea del 5 o del 6.

Cervera Martín, María del Carmen.-El destino adjudicado es correcto, al no corresponderle destino por el apartado B) peticiones de localidades y/o centros, le ha sido adjudicado a nivel provincial en localidad de mayor censo.

Cobo Alfara, Luisa.-Su adjudicación es correcta de acuerdo con las bases 27, 28, 43 y restantes de la convocatoria.

En la citada 43 se regulan los casos de empates en puntuación.

Cuesta Fernández, Salvador.-No procede su alegación, al no existir constancia ni nombramiento de Director en su Delegación Provincial.

Domenech Navarro, María del Carmen.-La puntuación asignada por el apartado a) del baremo es correcta, los dos años de temporalidad en Educación Especial, como su propio nombre indica, no son definitivos, ya que tomó posesión como definitivo al término de los mismos.

Durán Roelas, María del Pilar.-No procede su alegación, dado que no aportó dentro del plazo de presentación de instancias la fotocopia compulsada del título por el que ingresó en el Cuerpo, como indica la convocatoria.

Fajardo del Castillo, Julio Javier.-No procede su alegación según la base 53 de la convocatoria, al no haber aportado dentro del plazo de presentación de instancias el título por el que ingresó en el Cuerpo, como indica el anexo I de la convocatoria, apartado f).

Fernández Morales, María del Carmen.-No le ha correspondido ninguno de los destinos solicitados según su puntuación, por lo que al ser voluntaria en el concurso, no se le ha adjudicado destino alguno.

Gallardo Martínez, Antonio.-No procede su alegación, dado que no presentó fotocopia compulsada del título por el que ingresó en el Cuerpo, como indica la convocatoria.

Gallardo Muñoz, Andrés.-No procede su alegación según la base 53 de la Orden de convocatoria, al no tenerse en cuenta ninguna documentación que se aporte después del 18 de noviembre de 1994, último día de plazo de presentación de instancias y documentación acreditativa.

Gallego Fernández, José Antonio.-La adjudicación recaída en el señor Ruiz Ríos es correcta, ya que participa con 80,4266 puntos, como indica en la base 22, al referirse al destino en centro concreto.

García Rejón, Ana.-La adjudicación provisional recaída en la señora Sánchez Peralta es correcta, ya que al no especificar ninguna especialidad en el derecho preferente en su instancia y estar obligada a participar por todas sus habilitaciones se le ha adjudicado por la primera que tiene en su fichero: Ciclos Inicial y Medio.

García de los Reyes, María Teresa.-Su adjudicación es correcta, de acuerdo con las bases 27 y 28 de la Orden de convocatoria. En caso de empate hay que tener en cuenta la base 43, completada por la Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre), según todo lo cual Peralta Velasco va por delante de García de los Reyes.

Gómez Palacios, Isabel.-Su adjudicación es correcta, ya que al participar únicamente por el apartado 6 del concurso general de traslados, estando obligada a participar y obtener destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía, según las bases 26.4 y 28 de la Orden de convocatoria, no teniendo derecho preferente alguno.

González Cabrera, María Teresa.-Su adjudicación es correcta de acuerdo con las bases 27 y 28 de la convocatoria, donde se indica que va forzosa al concurso y debe obtener destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuándose los desempates, según la base 43, desarrollada por la Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

González Gutiérrez, María Josefa.-No le corresponde puntuación alguna por el apartado f), como ya determinó su Comisión Provincial, al no haber presentado conjuntamente con la instancia la fotocopia compulsada del título que alegó para el ingreso en el Cuerpo, como se dice en la Orden de convocatoria, no pudiéndose admitir ahora, al prohibirlo la base 53 de la misma.

Herrera Villena, Salvador.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Victoria Eugenia», de Granada, está afectada en la planificación escolar.

Huertas Morales, Herminia.-La adjudicación es correcta, al estar obligada a participar en el concurso general de traslados y obtener destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía de no corresponderle destino de los solicitados, según las bases 26.4 y 28 de la Orden de convocatoria de 14 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28).

Jaimez Quintana, Pilar.-No procede su alegación, según la base 43. En caso de empate en la puntuación total y en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y en su caso del segundo, según dos letras, «O» y «T», publicadas por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Llorens Montes, María Elena.-El apartado a) del artículo 18 del Real Decreto 895/1989 es de aplicación a los señores Gallego Fernández y García del Corral, ya que en el concurso anterior obtuvieron vacante en Granada capital, anulándoseles por error informático, a pesar de que hubo nombramientos a Maestros de peor derecho, ya que se les aplicó el artículo 37 del mencionado Decreto.

Martín Pérez, Angela.-No procede su alegación, ya que por el apartado d) se puntúan los servicios prestados como funcionario de carrera y no como interino, habiendo tomado posesión como tal funcionaria de carrera a efectos desde el 1 de septiembre de 1978, según la Delegación Provincial de Granada, donde radica su expediente como funcionaria del Cuerpo de Maestros.

Martín Villodres, María Encarnación.-No procede su alegación, según la base 43. En caso de empate en la puntuación total y en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y en su caso del segundo según dos letras, «O» y «T», publicado por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Martínez Martínez, Carmen.-Su puntuación por el apartado a) del baremo es correcta al haber tomado posesión como «propietaria definitiva» en el C.P. «Jean Piaget» con efectos de 1 de septiembre de 1985. Su nombramiento en el mismo centro el 1 de septiembre de 1983 fue con carácter temporal por dos años.

Martínez Ortega, María Angeles.-No procede su alegación, ya que se ha revisado la puntuación de doña Elena Díaz Rubio y por el apartado a) tiene diecisiete años desde el 1 de septiembre de 1977, con 42 puntos; por el d) tiene veintitrés años y dos meses desde el 10 de septiembre de 1971, con 23,1666 puntos, y por los apartados e) y g) la Comisión Provincial le asignó 2 y 10 puntos, respectivamente, en función de los méritos alegados.

Martínez Sánchez, Federico.-La puntuación que le asignó la Comisión Provincial por el apartado g) es correcta de acuerdo con el baremo y con la documentación que presentó conjuntamente con la instancia, como indica la base 52 de la convocatoria.

Medel Peinado, Luis Miguel.-La adjudicación provisional es correcta y de acuerdo con las bases 27 y 28 de la convocatoria, al habérsele adjudicado de oficio por ser forzoso y en el orden de peticiones de provincias, la solicitada en sexto lugar y especialidad tercera de sus habilitaciones.

Medina López, Araceli.-No procede su alegación según la base 43. En caso de empate en la puntuación total y en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo, según dos letras, «O» y «T», publicado por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Molina Quintana, Francisca.-Se ha revisado su expediente de participación en el concurso de traslados y no consta que aportó dentro del plazo de presentación de instancias fotocopia del título o resguardo utilizado para su ingreso en el Cuerpo (bases 52 y 53).

Molina del Valle, Francisco.-No procede su alegación en cuanto al apartado g), ya que el cargo de Secretario no puede puntuarse con anterioridad a la Orden de su creación como cargo unipersonal de 18 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 20). En cuanto al e), se ha corregido de oficio eliminando centésimas contrarias en ese apartado a la convocatoria restituyéndole 0,1 por el e).1, quedando el apartado e): 2,1 puntos.

Morillas Trave, María del Carmen.-A usted se le adjudicó la petición 244.ª, y con anterioridad a la misma no ha solicitado ninguna de las localidades que dice en su alegación: Ni Bacor Olivar, ni Ugíjar, ni Laroles, ni ninguno de los centros de esas localidades.

Muros Moya, Joaquín.-No procede su alegación, según la base 43. En caso de empate en la puntuación total y en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo, según dos letras, «O» y «T», publicado por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Ortega Herrera, Bienvenido.-La señora Ortigosa Frías participa en el concurso desde la situación de «excedente», luego no deja resulta en el concurso.

Quero Montes, Hortensia.-La vacante resulta de Pedagogía Terapéutica, que reclama en el C.P. «Jean Piaget» está afectada en la planificación escolar.

Ramos Ortega, Ramón.-No procede su alegación según la base 14 de la Orden de convocatoria, que excluye los apartados f), g), h) e i) del artículo 18 del Real Decreto 895/1989, derogados por el Real Decreto 1774/1994, de 5 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 30 de septiembre).

Reche Chacón, María Matilde.-Hasta tanto no se publique en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», la Orden de cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia no se puede acceder a lo solicitado por usted.

Sánchez Peralta, Gloria Purificación.-Su adjudicación es correcta, así como la de la compañera a que alude, que tiene mayor puntuación. Al no haber consignado en las casillas correspondientes la preferencia para obtener destino por ninguna de sus especialidades, se le ha adjudicado de oficio en la primera de las que consta en su fichero: Ciclos Inicial y Medio. Debe tener en cuenta las bases 16, 21, 22 y 58 de la Orden de convocatoria.

Sánchez Pérez, María del Rosario.-Por el apartado b) no le corresponde puntuación alguna, ya que estuvo en centro CAEP en comisión de servicios no en propiedad definitiva en centro desde el que participa en el concurso, aparte de que los servicios de ese apartado se puntúan a partir del curso 90-91, según la base 39. En el apartado e) tiene reconocidos 2,40 y no 0,4 puntos como dice.

Sánchez Rodríguez, José María.-La única plaza vacante de Preescolar que existe en el C.P. «Nuestra Señora de las Nieves», de Las Gabias, se anunció al concurso por Resolución de 17 de febrero de 1995 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 3 de marzo).

Segarra Ramírez, Antonio.-No está habilitado para Filología, Lengua Castellana e Inglés, ya que se le denegó por Resolución de 15 de febrero de 1994, no habiendo presentado nueva solicitud por el procedimiento establecido en la Orden de 30 de septiembre de 1992 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 17) ni aportado nueva documentación justificativa en el sobre del concurso de traslados, donde tampoco aparece el anexo V.

Soto Navarro, José.-La puntuación asignada por la Comisión Provincial en su apartado g) es correcta de acuerdo con la documentación presentada.

Torre Gallegos, Rafael de la.-El destino adjudicado en la resolución provisional a doña María Jesús Rivas Ramírez en el C.P. «Maestro J. Herrera», de Nerja, por la especialidad de Filología, Lengua Castellana e Inglés, es correcto. Usted no está habilitado por dicha especialidad.

Ureña Borrego, Matilde.-No procede su alegación. Según la base 43, en caso de empate en la puntuación total y en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo según dos letras, «O» y «T», publicadas por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Valverde Jiménez, María José.-Presentó con fecha 12 de noviembre de 1994, dentro del plazo de solicitud del concurso de traslados, el anexo I correspondiente a reconocimiento de nuevas habilitaciones en Educación Física, especialidad que tenía reconocida de oficio con fecha 12 de septiembre de 1994 (base 33 de la convocatoria).

El destino adjudicado es correcto, de acuerdo con las bases 27 y 28 de la Orden de convocatoria.

Vega Ravelo, Aurora.-No procede reclamación, ya que no adjuntó fotocopia compulsada del título o resguardo utilizado para su ingreso en el Cuerpo, como indica el apartado f) del baremo de la Orden de convocatoria.

Provincia de Huelva

Alcobendas Buenestado, Rosa María.-No procede su alegación, según la base 58 de la Orden de convocatoria de 14 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28).

La única petición suya es 21001004C-PR y en Cortegana no se ha efectuado ninguna adjudicación por la especialidad de Preescolar en la resolución provisional del concurso.

Alvarez Villanueva, María Victoria.-No procede su alegación. No se han tenido en cuenta sus 154 peticiones, dado que no consignó códigos de especialidad en las mismas, según la base 58, habiéndosele adjudicado de oficio en la primera provincia solicitada en localidad de mayor censo y por la primera especialidad que consignó en el apartado C) de peticiones.

Balbuena Antoniety, Lorenzo.-La vacante resulta que reclama en el C.P. «Moreno y Chacón», de Ayamonte, está afectada por la planificación escolar.

Bermejo Muñoz, Guadalupe.-La vacante resulta de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el CPRA «Adersa V», de Alájar, está afectada en la planificación escolar.

Durán Sánchez, José Ramón.-No procede su alegación, ya que en caso de empate en puntuación se aplica la base 43 de la convocatoria, estando Cano delante de Durán según el último criterio de desempate completado por Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre), que indica que se comienza por las letras «O» y «T».

Maíllo Oliva, María Elena.-No le corresponde puntuación por el apartado b), ya que no ha sido ni propietaria definitiva ni provisional en el C.P. «Padre Pío», de Sevilla, sino que ha estado en ese centro en comisión de servicios interprovincial, según los apartados b) y c) del baremo.

Martínez Gordillo, Violeta.-La vacante resulta que reclama en el C.P. «Moreno y Chacón», de Ayamonte, está afectada por la planificación escolar.

Rodríguez Fernández, Angel.-No procede su reclamación al no ser equivalente el título que presenta a una diplomatura universitaria, como se indica en el apartado f), 1, de la Orden de convocatoria.

Provincia de Jaén

Anula Medina, Carmen.-No procede su alegación, dado que se le ha adjudicado su petición 16.ª y entre sus 15 primeras no figuran ni los códigos de las localidades en los que se ha adjudicado vacante o resulta por la especialidad de Música, a saber: 23000507C-MU y 23001275C-MU.

Arco Linares, Marina.-En los centros que reclama, todas las plazas de Preescolar están cubiertas por propietarios definitivos. Los propietarios provisionales no generan resultas.

Cabello López, María Asunción.-No le corresponde puntuación alguna por el apartado b) al no estar catalogado su centro como rural en ninguna de las Ordenes que se citan en la base 39 de la Orden de convocatoria ni lleva el indicativo (1) en el anexo VII de dicha Orden de 14 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28). Tampoco le corresponde por el apartado g) al no tener nombramiento de cargo directivo alguno.

Cano Titos, Juana.-No procede su alegación, según la base 43. En caso de empate en la puntuación total en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo, según dos letras, «O» y «T», publicadas por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Díaz Vargas, María del Carmen.-No es posible acceder a su pretensión. Su adjudicación es correcta según las bases 27 y 28. Aparte de ello, sólo ha rellenado 90 de 300 peticiones posibles.

Fernández Herrera, María del Carmen.-No procede su alegación. Según la base 43, en caso de empate en la puntuación total en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo, según dos letras, «O» y «T», publicado por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre), por lo que el destino adjudicado a las Maestras contra las que reclama es correcto.

Fernández Pérez, Araceli.-No procede su alegación. Según la base 43, en caso de empate en la puntuación total en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo, según dos letras, «O» y «T», publicadas por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

García Azaustre, María del Mar.-Como preceptúa la base 58 de la Orden de convocatoria, «una vez entregada la instancia, por ningún concepto se alterará la petición ni aun cuando se trate del orden de prelación de los puestos solicitados».

Godoy Vílchez, Rosario.-No procede su alegación al no haber efectuado la opción de baremación c) por a), marcando la cruz en la casilla correspondiente de la instancia, como preceptúa la base 40 de la Orden de convocatoria.

Hidalgo Rubio, Pilar.-No le corresponde puntuación por el apartado a) dado que al ser excedente voluntaria no participa como propietaria definitiva de centro alguno.

Jerez Sánchez, Juan Manuel.-La vacante de Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza que reclama en el C.P. «Angel López Salazar», de Baeza, no tiene previsto su funcionamiento en la planificación escolar.

Martínez Arroyo, Manuel.-La propiedad definitiva que ostenta la obtuvo en el concurso específico de Educación Especial resuelto por Orden de 30 de mayo de 1988 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 28 de junio), por lo que no procede su participación en el concurso por el apartado 3). Otras readscripciones en el centro (base 1.c) de la Orden de convocatoria).

Martínez Cadenas, Pedro Antonio.-El cargo de Secretario de C. P. se puntúa a partir de 1 de julio de 1986, fecha en la que, de conformidad con el punto quinto de la Orden de 18 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 20), se dictan normas para la elección y constitución de los órganos de los centros públicos.

Merino Ruiz, Virginia.-No procede su alegación, ya que no presentó el cese en dicho cargo, a fin de comprobar que lo había desempeñado un año para poder puntuarlo, como ya desestimó la Comisión Provincial en su día.

Millán Herrera, Consuelo.-No le corresponde puntuación por los apartados b) y g). Por el b), la Unitaria de Miller de Santiago de la Espada no está catalogada como colegio público rural en ninguna de las Ordenes de la base 39 de la convocatoria ni lleva el indicativo (1) en el anexo VII de la misma Orden de convocatoria de 14 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28). Tampoco le corresponde por el g) al no tener nombramiento para cargo directivo alguno.

Molina García, Isabel.-No procede su alegación, ya que el tiempo de servicios que reclama por el apartado b) del baremo lo desempeñó como interina y no como funcionaria de carrera como se establece en el baremo de la convocatoria.

Moreno Rodríguez, Elías Enrique.-En la Orden de 26 de julio de 1991 («Boletín Oficial del Estado» de 28 de agosto), en la página 28430 aparece con 17,3050 puntos doña Isabel Molina García.

Revisada la puntuación asignada a la señora Molina García, es correcta, a saber: b) 0,5000 puntos; c) 3,1666 puntos; d) 3,1666 puntos; e) 2,000 puntos, y g) 1,5000 puntos. Total: 10,3332 puntos.

Ortega Montoya, Catalina.-No procede su alegación. Según la base 43, en caso de empate en la puntuación total y en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo, según dos letras, «O» y «T», publicado por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Ortega Serrano, María Ascensión.-Al estar vacante la plaza de Música en el C.P. «Padre Rejas», de Jamilena, se ha anunciado al concurso de no existir sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Pérez Martínez, Antonio María.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Azahar», de Fuengirola, está afectada por la planificación escolar.

Hasta su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de la Resolución que evalúa la fase de prácticas del concurso de méritos de Adultos, sigue adscrito al C.P. «Palma de Mallorca» en vacante de Ciclo Inicial y Medio.

Rueda Lara, Antonio.-El cargo de Secretario del centro se puntúa a partir de 1 de julio de 1986, fecha en la que, de conformidad con el punto quinto de la Orden de 18 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 20), se dictan normas para la elección y constitución de los órganos de los centros públicos.

Ruiz Joyanes, María Inés.-La vacante resulta de Pedagogía Terapéutica, que reclama en el C.P. «Jean Piaget», de Armilla, está afectada por la planificación escolar.

La señora Sabio Rodríguez, su anterior destino definitivo es «Patronato», por lo que al no ser de régimen ordinario de provisión no deja resulta.

Soria López, Francisco.-La adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades del nuevo sistema educativo (LOGSE) demanda actuaciones de la Administración en la planificación educativa a corto y medio plazo, cuya organización depende de la Dirección General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional, que evite la asignación de plazas no previstas en el futuro. En consecuencia, la vacante de Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza, que reclama, no es ofertada en el presente concurso de traslados, ya que de hacerlo supondría su supresión en los próximos cursos.

Provincia de Málaga

Acosta Velasco, Leonor.-La certificación que aporta no tiene carácter de Diplomatura, al no haberla impartido la Universidad, sino un centro colaborador, aparte de que no está homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Al estar en la situación de comisión de servicios, no se le puede asignar puntuación por el apartado b) del baremo.

Alvarez Díaz, Remedios.-Los códigos de Estepona, Alozaina, Sayalonga y Cuevas del Becerro no los ha consignado en ninguna de sus peticiones a centros y/o localidades. Sin embargo, si tiene consignado el de Parauta: 290770001 en su petición 193.ª y el del C.P. «Nescania», código 29008322, del Valle de Abdalajis al número de orden 242.ª.

Banderas Hernández, María Dolores.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Sagrado Corazón» está afectada por la planificación escolar.

Benito Cepeda, Isabel.-La puntuación asignada por la Comisión Provincial en su apartado g) es correcta de acuerdo con la documentación presentada con la instancia. La certificación que adjunta a su reclamación no tiene valor alguno según la base 53 de la convocatoria: «No serán tenidos en cuenta los méritos no invocados en las solicitudes ni tampoco aquellos que no se justifiquen documentalmente durante el plazo de presentación de instancias».

Borrego Mariano, Valentín.-No procede su reclamación, dado que el adjudicatario de la plaza de Educación Física en el C.P. «Pablo Ruiz Picasso», de Fuengirola, se acogió a lo prescrito en el último párrafo de la base 33 de la convocatoria solicitando la habilitación dentro del plazo de presentación de instancias, rellenando su anexo V y correspondiéndole por curso de especialización. En el C.P. «Los Campanales», de Las Lagunas, no se ha adjudicado ningún puesto de Educación Física.

Cañete Casado, Enriqueta.-Revisado su expediente, se comprueba que la puntuación que le asignó la Comisión Provincial en el apartado g) es correcta y ajustada al baremo y los méritos alegados en el plazo de presentación de instancias como indican las bases 52 y 53.

Cañete Velasco, María Jesús.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Los Almendros», de Guaro, está afectada por la planificación escolar.

Castro Adamuz, Antonio.-La primera especialidad por la que ejercita el derecho preferente es la de Ciclo Inicial y Medio, por lo que los destinos adjudicados a usted y a la Maestra contra la que reclama son correctos.

Chacón Mohedano, María Isabel.-La adjudicación es correcta, según las bases 27 y 28 de la convocatoria. Al no corresponderle ninguna de las peticiones solicitadas por el apartado B), Localidades y/o Centros, se le ha adjudicado a nivel provincia (apartado C) en localidad de mayor censo, ya que Guadalcanal tiene 3.144 y la reclamada 1.947 habitantes.

Delgado Cuevas, Margarita.-Las vacantes resultas que reclama se han adjudicado con 24,1666 puntos a participantes con mayor puntuación que usted.

Esteban Arroyo, José Manuel.-La puntuación asignada por el apartado g) del baremo es correcta. En el sobre de participación del concurso no consta que presentara dentro del plazo de solicitudes la certificación de Coordinador de Centro en el C.P. de Preescolar «Arco Iris», de Cártama.

Fernández Cano, Juan Ramón.-Las dos vacantes de Preescolar que reclama en el C.P. «Julio Caro Baroja» no están creadas jurídicamente; el resto que reclama están afectadas en la planificación escolar.

Franco Cucarella, Miguel.-Al no reclamar nada en concreto no es posible responder a su alegación.

García Pérez, Antón.-Todas las plazas de Ciclo Inicial y Medio del C.P. «Los Llanos», de Alora, están cubiertas en propiedad definitiva.

Gómez Toranzo, José Luis.-La señora Prieto Samper, si bien está empatada en puntuación total con usted y en todos los apartados y subapartados, va por delante en el último desempate de acuerdo con las letras «O» y «T», como se contempla en la base 43 de la Orden de convocatoria, completada por la Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Illescas Muñoz, Elisa.-No procede acceder a puntuarle c) por a) dado que no lo solicitó en su instancia de concurso, dejando en blanco la casilla correspondiente a la opción, por lo que se le ha puntuado por el apartado a) como consignó en su anexo XIII. (Ver base 58).

Landa Vargas, María Magdalena.-No procede su alegación, según la base 53 de la Orden de convocatoria, al no haber aportado dentro del plazo de presentación de solicitudes, que finalizó el 18 de noviembre de 1994, la documentación justificativa de los méritos correspondientes al apartado f) del baremo.

Leal Villalba, María Teresa.-Revisada la puntuación que le asignó la Comisión Provincial por su apartado f), es correcta. El Diploma de posgrado en Logopedia no puede considerarse Diplomatura Universitaria equivalente al primer Ciclo de una Licenciatura que son tres cursos completos, es decir, los tres primeros.

León Bailén, Manuel Fernando.-No está legitimado a participar por derecho preferente al haber derogado el apartado i) del artículo 18 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, el Real Decreto 1774/1994, de 5 agosto («Boletín Oficial del Estado» de 30 de septiembre). Su adjudicación es correcta de acuerdo con las bases 26, apartado 4 y 28, de la Orden de convocatoria.

López Madroñero, José María.-No puede puntuarse el desempeño del cargo de Secretario antes del curso 86/87 porque no había sido creado como cargo unipersonal en los colegios públicos hasta la Orden de 18 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 20), con efectos puntuables a partir del 1 de julio de 1986.

Maicas Aranda, Jaime.-La puntuación que le ha asignado la Delegación Provincial es: a) 8,0000; d) 14,3332; e) 1,0000, que totalizan 23,3332 puntos, como consta en la ficha definitiva rellenada por la Delegación y como se deduce del cómputo de servicios y méritos puntuables, según el baremo de la convocatoria.

Mates Llamas, Eva María.-No procede su alegación. Según la base 43, en caso de empate en la puntuación total y en los apartados y subapartados por su orden, se resolverá como último criterio el alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo según dos letras «O» y «T» publicadas por Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Mesa Gomera, María Eugenia.-La vacante resulta de Pedagogía Terapéutica que reclama en el C.P. «Jean Piaget», de Armilla, está afectada por la planificación escolar.

Moreno Segovia, María Estrella.-Como indica en su alegación, al ser propietarios provisionales los Maestros que dejan las vacantes a que alude, no dejan resultas.

Navas Rodríguez, María Dolores.-No procede su alegación, dado que, ni fue nombrada Directora ni era funcionaria de carrera. El concurso de traslados en que participa es para funcionarios de carrera y los servicios que se puntúan son como tales funcionarios de carrera, que para usted son a partir del 1 de septiembre de 1994.

Palacios Rueda, Concepción.-La Comisión Provincial de Málaga no tuvo en cuenta su reclamación correctamente, ya que el centro a que se refería no es público, como dice la convocatoria.

Pozo Rogel, Antonio.-Se ha revisado su sobre de participación, teniendo en cuenta la base 53 de la convocatoria y se ha comprobado que su puntuación es correcta por todos y cada uno de los apartados del baremo.

Prieto Samper, María José.-No procede su reclamación según el texto del apartado f). No presentó en el plazo de instancias, que finalizó el 18 de noviembre de 1994, ni el título o resguardo por el que ingresó en el Cuerpo ni el título o resguardo de Licenciatura en Geografía e Historia.

Puerta López, Juan Ramón.-No procede su reclamación, ya que en caso de empate se sigue lo indicado en la base 43 de la convocatoria, donde no se alude para nada al número de lista, estando por delante de Villegas Pedraza, pues las letras sorteadas para comenzar en caso de todos los empates son la «O» y «T» por Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Ramírez Prieto, Santiago.-La vacante que reclama en el C.P. «Sagrado Corazón», de Málaga, está afectada en la planificación escolar.

Robles Jiménez, Teodora.-Al poder renunciar a la jubilación LOGSE hasta el 31 de julio de 1995, la señora Jiménez Luque, la vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «El Albero» será objeto de provisión en el próximo concurso que se convoque, siempre que tenga previsto su funcionamiento en la planificación escolar.

En el C.P. «Los Campanales», de Las Lagunas, todas las plazas de Ciclo Inicial y Medio están cubiertas en propiedad definitiva.

Rodríguez Pascual, José.-Revisado su expediente, es correcta la puntuación otorgada por la Comisión Provincial de Baremación y en concreto del apartado f) por el que no le corresponde puntuación alguna, según el anexo I, f) de la Orden de convocatoria.

Sánchez de Mora Pérez, Gloria.-No está legitimada para participar por derecho preferente dado que es excedente voluntaria y el Real Decreto 1774/1994, de 5 de agosto, ha derogado el apartado i) del artículo 18 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, que lo contemplaba.

Sanjuan Solís, Luis.-No le corresponde puntuación por el aparado g), ya que sólo se puede puntuar el desempeño del cargo de Secretario de un colegio público a partir de su creación por Orden de 18 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 20), con efectos a partir del 1 de julio de 1986.

Vázquez García, Raúl.-La vacante de Filología, Lengua Castellana que reclama, no tiene previsto su funcionamiento en la planificación escolar.

Vegas Burgos, Remedios.-Su adjudicación es correcta de acuerdo con las bases de la convocatoria y en concreto las bases 27 y 28. En Málaga capital no ha quedado desierta ninguna vacante convocada de Música ni de Preescolar, habiéndose adjudicado todas y las resultas producidas a participantes de apartados preferentes como 1 ó 5 y del 6 con mayor puntuación que la suya.

Provincia de Sevilla

Almuedo Cuadrado, María Luisa.-Según la base 41 y el anexo I. 5 de la Orden de convocatoria, se le debe puntuar el apartado a) desde que tomó posesión en el centro en que fue objeto de supresión (1 de septiembre de 1991 hasta el 18 de noviembre de 1994), son tres años y dos meses: Tres puntos. En ese tiempo van incluidos los servicios que estuvo provisional hasta obtener el destino desde el que participa.

Ballesteros Limón, María del Carmen.-En el C.P. «San Isidoro» la vacante de Preescolar que reclama está cubierta en propiedad definitiva.

Bermúdez Aquino, Francisco Javier.-No procede su alegación, ya que no ha solicitado ni el destino que se le ha adjudicado ni el adjudicado a las compañeras que dice. Es una adjudicación de oficio según la base 43, siendo usted primero según el sorteo del alfabético de letras «O» y «T» y habiéndosele adjudicado Ubrique, de mayor censo que Villamartín.

Boza Benavente, Ignacio.-Al ejercitar el derecho preferente a zona y no a localidad, el destino adjudicado es correcto.

Burson González, Rafael.-No procede su alegación, el destino adjudicado es correcto.

Bustamante Rodríguez, Ascensión.-La Orden de 7 de abril de 1993 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 15), apartado X.3, establece que todos los seleccionados en el proceso selectivo de oposición estarán obligados a obtener el primer destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Caballero Herrera, María Dolores.-La puntuación asignada en el concurso es correcta: Apartado c), 2,1666; d), 2,1666; e), 2,0000, y f), 1,5000 puntos. Total: 7,8332 puntos.

Caballero Rey, Isabel.-Se ha revisado su sobre de participación, y la puntuación otorgada es correcta en todos y cada uno de los apartados. En consecuencia se le adjudica el destino que en derecho le corresponde.

Cobo Sanz, Carlos.-Al solicitar por el apartado B) peticiones de centros y/o localidad, con el código 410550003 la localidad de Lora del Río, se adjudica el centro concreto de menor a mayor código del mismo y el C.P. «Virgen de Setefilla» (código 41002476) tiene menor código que el C.P. «Reyes de España» (código 41002487), siendo el destino adjudicado a la Maestra contra la que reclama, correcto.

Cortés Montaño, Juana Isabel.-Revisada la puntuación asignada en el concurso, es correcta, por el apartado g) del baremo no le corresponde lo reclamado por usted.

Domínguez Rodríguez, María del Carmen.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Virgen de Luna», de Escacena del Campo, se ha adjudicado a participante con 23,1332 puntos.

Durán del Barrio, José.-Al no corresponderle destino por el apartado B) peticiones de centros y/o localidades, se le ha adjudicado a nivel provincia en vacante en localidad de mayor censo.

Fernández Bueno, Concepción.-Al no especificar a quienes se refiere, que no han obtenido destino por no aparecer en el listado por puntuaciones hecho público, no puede ser tenida en cuenta su alegación.

Fernández de Santaella Fuentes, María Rosario.-No procede su alegación según la base 43 de la Orden que cita, desarrollada por Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre), que indica que las letras de sorteo para el comienzo del último desempate son la «O» y la «T» .

García Gómez, Melchora.-La puntuación que le asignó su Comisión Provincial por el apartado g) es correcta de acuerdo con la Orden de la convocatoria, ya que la certificación de desempeño de coordinadora del colegio público de Educación Profesional de Adultos, de 1 de enero de 1992 hasta el 30 de junio de 1992 son seis meses, que no llega a un año.

Godoy García, Lázaro.-Se ha revisado su expediente de participación en el concurso de traslados y la puntuación que le ha asignado la Comisión Provincial de Sevilla es correcta de acuerdo con el baremo de la convocatoria (anexo I de la Orden de 14 de octubre de 1994).

González Granado, Máximo.-La adjudicación es correcta de acuerdo con las bases de la convocatoria y en concreto con las bases 27 y 28.

González Martínez, Dolores.-No procede su alegación. Según la base 58 de la Orden de convocatoria: Una vez entregada la instancia, por ningún concepto se alterará la petición, ni aún cuando se trate del orden de prelación de los puestos solicitados.

En la resolución definitiva del concurso se le adjudica lo que le corresponde.

González Mercado, María Aurora.-No procede su alegación, según las bases 27 y 28 de la Orden de convocatoria de 14 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28).

González Pérez, José Nicolás.-En el C.P. «Reyes de España», de Lora del Río, sólo existe una plaza de Filología, Lengua Castellana e Inglés, cubierta en propiedad definitiva.

González del Río, Angela Felisa.-No procede su alegación al no estar comprendida su participación en ningún apartado de la base 1 c) de la convocatoria de readscripción en el centro.

Guisado Gómez, María.-No procede su alegación, ya que en casos de empate se procederá según se indica en la base 43 de la Orden de convocatoria de 14 de octubre de 1993 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28), desempatándose en último extremo por el alfabético según sorteo de letras «O» y «T» (Resolución de 21 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre, página 37131).

Gutiérrez Pérez, Antonio.-Hasta tanto no se publica la Resolución por la que se resuelve la fase de prácticas de puestos de trabajo docentes de carácter singular en centros para la Educación de Adultos, con la calificación de «apto» o «no apto», la vacante del C.P. «Zurbarán», de Sevilla, está cubierta en propiedad definitiva por el señor Ocaña.

Gutiérrez Serrano, Francisco.-No procede su reclamación dado que el C.P. «Pablo Ruiz Picasso», de Los Palacios, código 41009974, no figura entre sus peticiones de centros, mientras que el C.P. «Nuestra Señora del Carmen», en Torre de la Reina, código 41002244, figura en su petición 139 por la especialidad de Música.

Hierro Bujalance, María del Carmen.-El cargo de Secretario de centro se puntúa a partir de 1 de julio de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 20) por la que se dictan normas para la elección y constitución de los órganos de los centros públicos.

Al ser coautora de la publicación «Aportaciones para la enseñanza dinámica de la Geología en la Educación General Básica», la puntuación asignada por el apartado g 4, es correcta.

Jurado Marchena, Consolación.-Al ser provisional y forzosa en el concurso y no corresponderle ninguna de las peticiones consignadas por el apartado B) de su solicitud, se le destina de oficio en localidad de mayor censo.

Lanzas Murillo, María del Pilar.-La adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades del nuevo sistema educativo (LOGSE) demanda actuaciones de la Administración en la planificación educativa a corto y medio plazo que evite la asignación de plazas no previstas en el futuro. En consecuencia, la vacante resulta de Filología, Lengua Castellana que reclama, no es ofertada en el presente concurso de traslados, ya que de hacerlo supondría su supresión en los próximos cursos.

López Cuevas, José.-La adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades del nuevo sistema educativo (LOGSE) demanda actuaciones de la Administración en la planificación educativa a corto y medio plazo que evite la asignación de plazas no previstas en el futuro. En consecuencia, la vacante resulta de Ciencias Sociales que reclama, no es ofertada en el presente concurso de traslados, ya que de hacerlo supondría su supresión en los próximos cursos.

López Rodríguez, José.-No procede su alegación. Según la base 43, en caso de empate en la puntuación total y en los apartados y subapartados por este orden, se resolverá como último criterio el alfabétio del primer apellido y, en su caso, del segundo según las letras «O» y «T» publicadas por Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre).

Luque Robles, Enrique.-La adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades del nuevo sistema educativo (LOGSE) demanda actuaciones de la Administración en la planificación educativa a corto y medio plazo que evite la asignación de plazas no previstas en el futuro. En consecuencia las vacantes resultas de Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza que reclama, no es ofertada en el presente concurso de traslados, ya que de hacerlo supondría su supresión en los próximos cursos.

Malo Valiente, Manuel.-Las vacantes resultas que reclama en el C.P. «San Telmo» y C.P. «Las Granjas», de Jerez de la Frontera están afectadas por la planificación escolar, el resto de las reclamadas se han adjudicado a participantes de mayor derecho.

Al ser la señora Valero Múgica propietaria provisional, no genera resulta.

Martín del Río, Josefa.-Las vacantes de Ciclo Inicial y Medio que reclama en los centros «La Paz» y «Palma de Mallorca», de Torremolinos, están afectadas por la planificación escolar. en los centros «María de la O», «Antonio Machado», «Rafael Alberti» y «Las Flores», todas las plazas están regentadas por propietarios definitivos y los provisionales no generan resultas.

La adaptación de los puestos de trabajo a las necesidades del nuevo sistema educativo (LOGSE) demanda actuaciones de la Administración en la planificación educativa a corto y medio plazo que evite la asignación de plazas no previstas en el futuro. En consecuencia, la vacante resulta de Filología, Lengua Castellana y Francés que reclama, no es ofertada en el presente concurso de traslados, ya que de hacerlo supondría su supresión en los próximos cursos.

Mateo Frías, Juan.-Todo provisional está obligado a concursar y obtener destino definitivo, base 26 de la Orden de 27 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28), por lo que no se accede a su petición.

Medina Reina, María Guadalupe.-Ni Puerto Serrano ni La Muela han sido solicitados por usted en el apartado B), peticiones de localidades y/o centros, por lo que se le ha adjudicado a nivel provincia en vacante de localidad de mayor censo de población.

Molero Cruz, Juan de Dios.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «La Candelaria» está afectada por la planificación escolar.

Molina González, Francisco.-No ha obtenido destino en la adjudicación provisional al no corresponderle ninguno de los solicitados.

Monsalve Almenara, Manuel José.-En su caso la adjudicación provisional es correcta. No aparece en la lista de adjudicaciones efectuadas, ya que sólo ha sido solicitado un puesto de trabajo, el de Ciencias Sociales en el C.P. «Manuel de Falla», de Málaga, para el que no había vacantes ni resulta prevista en la planificación escolar. No se le adjudica de oficio hasta la sexta convocatoria después de la supresión.

Montín Vázquez, María del Carmen.-El destino adjudicado a los Maestros contra los que reclama es correcto, participan por el apartado A) del derecho preferente y usted por el B). No le alcanza vacante.

Moral Ortiz, Antonio.-La puntuación asignada por el apartado e): 1,70 puntos, es correcta de acuerdo con el bareno de la Orden de convocatoria.

Muñiz Santodomingo, María Dolores.-En la Resolución de 17 de febrero de 1995 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 3 de marzo), en el C.P. «Borbolla» no se anuncia ninguna vacante.

Muñoz Barrera, María Josefa.-Al no referirse a ninguna persona en concreto que, además, según su alegación no figura en el listado de adjudicaciones, no es posible atender a su reclamación.

Pérez García, Antonio.-La vacante de Filología, Lengua Castellana e Inglés a que alude está afectada por la planificación escolar.

Prado Comesaña, María Angeles del.-Las vacantes de Ciclo Inicial y Medio que reclama en Aznalcóllar están afectadas por la planificación escolar.

Rodríguez González, Manuel.-Se ha revisado su puntuación y se comprueba que por el apartado a) le corresponden 38 puntos de servicios definitivos desde el 1 de septiembre de 1974 al 31 de agosto de 1989, más 1,1666 puntos de un año y dos meses completos de servicios provisionales después del reingreso, quedando el apartado a) en 39,1666 puntos; b), 0; c) 0; e) 0; f) 0, ya que no le corresponde puntuación por el título de Licenciado al no haber presentado fotocopia compulsada del título por el que ingresó en el Cuerpo, como dice la convocatoria, y por el g) 4,5, quedando la puntuación total en 62,8332 puntos.

Rodríguez Peña, María Luisa.-El curso a que alude no se ajusta a la convocatoria, ya que está organizado por un Ayuntamiento que no tiene competencias en materia de formación del profesorado y que carece además de la homologación correspondiente.

Rueda Reina, Mercedes.-No procede su alegación, ya que el desempate se efectúa como se indicaba en la base 43 de la Orden de convocatoria, desarrollada por Resolución de 21 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre, página 37131).

Ruiz Castilla, Angel Gabriel.-Hasta tanto no se creen jurídicamente las vacantes de Música que reclama no serán objeto de provisión en el concurso.

Se han revisado las puntuaciones de los participantes a que alude en su reclamación número 2, y son todas correctas de acuerdo con la Orden de convocatoria.

Salinas San Martín, María Cruz.-Su adjudicación es correcta, de acuerdo con las bases de la Orden de convocatoria, y en concreto las 27, 28, 43 y el baremo del anexo I.

Santos Nieto, Ana María.-Como preceptúa la base 43 de la Orden de convocatoria, en caso de empate de la puntuación total se dirimirá por la mayor puntuación de los apartados y subapartados por su orden, y como último criterio el orden alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo, según dos letras sorteadas y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 6 de diciembre de 1994, siendo éstas la «O» y la «T», por lo que los destinos adjudicados a los Maestros contra los que reclama son correctos.

Soler Lara, Angeles.-La adjudicación provisional es correcta, así como la de la señora Toro Trejo, según la base 22 de la convocatoria, ya que a usted se le ha adjudicado destino en Ecija, pero ella tiene preferencia a elegir centro al tener mayor puntuación.

Se da el caso de que no participó en el apartado 1 de readscripción en el centro en que fue suprimido su puesto, apartado que es preferente al 5 y al 6.

Torné Pérez, Josefa Angeles.-Se revisa la puntuación asignada en el concurso, correspondiéndole por el apartado a) 1,2499 y d) 7,2499, total 8,4998 puntos, no correspondiéndole la opción c) por a), por no haberla marcado en su instancia.

Al no estar habilitada para Preescolar no puede obtener destino por esa especialidad, dado que se archivó su solicitud de habilitación al haber transcurrido ya más de cuatro meses desde el requerimiento de diez días que se le hizo de documentación justificativa, según el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Urraco Rodrigo, María Dolores.-La vacante de Ciclo Inicial y Medio que reclama en el C.P. «Pedro Garfias» está afectada por la planificación escolar.

Vázquez Casero, Pilar.-La puntuación de tres puntos en el apartado a) es correcta, de acuerdo con el baremo del anexo I de la convocatoria, ya que se ha tenido en cuenta la antigüedad desde 1 de septiembre de 1991 en el centro en que fue suprimido su anterior destino. Consecuentemente es correcta su puntuación total, al ser correctos los otros apartados del baremo.

Velasco Carrillo de Albornoz, María del Carmen.-Al no corresponderle ninguna de las peticiones efectuadas por el apartado B) de su solicitud, se le ha adjudicado a nivel provincial (apartado C) de su preferencia.

Provincias de otras Comunidades

Fernández García, María Elvira.-La resulta a que alude, producida por don Prudencio Coca Alvarez, fue adjudicada en la resolución provisional a doña Carmen Crespo García por el apartado 5 del derecho preferente, procedente de Escuela suprimida y con 37,6666 puntos.

Río Alvarez, Máximo Antonio del.-Se ha revisado el expediente de participación del señor Ramos Salvador y reúne todos los requisitos exigidos para el apartado 5.c) del derecho preferente a la localidad de Fuengirola, está habilitado en Educación Física, especialidad primera por la que solicitó el derecho preferente, siendo correcto el centro adjudicado, todo ello de acuerdo con las bases de la convocatoria.

Tejero Casedas, María del Carmen.-Se ha revisado el expediente de participación del señor Ramos Salvador y reúne todos los requisitos exigidos para el apartado 5.c) del derecho preferente a la localidad de Fuengirola, está habilitado en Educación Física, especialidad primera por la que solicitó el derecho preferente, siendo correcto el centro adjudicado, todo ello de acuerdo con las bases de la convocatoria.

Villalba García, Francisca.-En el C.P. «Juan Ramón Jiménez», de Marbella, todas las plazas de Ciclo Inicial y Medio existentes en la plantilla están ocupadas por propietarios definitivos, no existiendo vacante alguna de esa especialidad.

ANEXO III

Relación alfabética de participantes que han desistido

de su participación en el concurso

Acosta Torres, José.

Aguilar Dueñas, Rosalía.

Aguilar Ruiz, María Soledad.

Aguilera Pérez, María Ascensión.

Agúndez García, Pedro.

Agúndez Rebollo, Juan Jesús.

Alberola Fernández, María Dolores.

Albusac Bautista, María Rosario.

Alcocer Alvarez, Bernardino.

Alconchel Jiménez, Rosario.

Alférez Alférez, María Luisa.

Alias Navarro, Antonio.

Alonso Reche, María Angustias.

Alvarez Pareja, María Salomé.

Alvarez Romo, María Angeles.

Amador Busto, José.

Amigó Martín, Juan de Dios.

Andrés Navarro, Aniceta.

Andrés Rodríguez, María Luz.

Angel Alvarez, Manuel.

Anguita Martos, Manuel.

Anguita Pérez, Inmaculada.

Antolínez Carrasco, María del Mar.

Antolinez Montiel, Antonia.

Arahuetes García, Elena.

Aranda Pons, María Dolores.

Aranda Rosales, Ana Margarita.

Arco Guerrero, Juan María.

Arcos Pérez, María Teresa de.

Arcos Pintor, María Trinidad.

Arenas Gijón, Purificación.

Arnedo Camposo, María.

Arrebola Ruiz, Alberto M.

Arriba Crego, Juan Manuel de.

Artero López, Isabel.

Atencia Gil, María Angeles.

Ausín Turnés, María Dolores.

Avalos Menjíbar, Araceli.

Avila Zurita, Angel.

Ayala Galindo, Bienvenido.

Ayuso Caballero, Yolanda.

Azagra Sánchez, Nuria.

Ballesteros Olmo, Araceli.

Ballesteros Olmo, Carmen.

Barbancho Corrales, Petra Agustina.

Barquero González, Juana.

Barragán Delgado, Jerónimo.

Barrales Sánchez, María Trinidad.

Barranco Sánchez, Mercedes.

Barrero Rodríguez, Luciano.

Barrutia Garrido, Isabel.

Beiro González, Antonio.

Béjar Sánchez, Fernando.

Benítez Gómez, Rafael.

Benítez Sánchez, María Jesús.

Berbel Fornieles, Miguel.

Bernal Barea, Josefa.

Bernal de la Rosa, Juan.

Berrocal Montero, María Isidora.

Blanca Pérez, Antonio.

Blanca Pérez, Manuel.

Blanco Román, Isabel.

Blanco Sanz, Florencio.

Blasco Cebrián, María Isabel.

Bocero Cantarero, Dolores.

Bolívar López, Rosario.

Bolívar Moreno, Juan.

Bonel Armada, Gerardo.

Borrego Mendoza, Africa.

Borrero Pérez, Manuel.

Bossini Puerto, Paulina.

Bravo Campaña, Juan de Dios.

Bravo Jaén, Trinidad.

Bretones Aguilera, Francisca.

Bueno Jiménez, Juan.

Bueno Medina, Miguel.

Burgos Retamero, María José.

Caballero Cortés, Consolación.

Caballero Fernández, Francisco.

Caballero Grande, Francisco.

Caballero López, Germana.

Cabello Recio, Esteban.

Cabrera López, Andrés.

Calahorro Lara, Rafael.

Calderón González, Purificación.

Calderón Villén, Ana.

Callejas Fernández, María del Pilar.

Callejón Moral, María Mercedes.

Camacho Cerezo, Ana.

Campanario Pineda, Antonio.

Campos Berral, Josefa.

Campos Burgos, Francisco José.

Campos Macías, Juana.

Cano Delgado, María de la Cruz.

Cano Mora, Pedro.

Cánovas Carrillo, Lorenzo.

Cañas Torregrosa, Damián.

Caña López, Antonio.

Cara Gómez, Encarnación.

Carazo Liébana, Milagros.

Carmona García, María Luisa.

Carmona Heredia, Rafael.

Carmona Toledano, Juan.

Carranza Osuna, Rafael.

Carrasco Rodríguez, Francisco.

Carrillo Barragán, José Antonio.

Carrillo Martínez, Carmen.

Carrión Darder, José Vicente.

Carrión Gómez, María Trinidad.

Casado Calles, María Josefa.

Casado Pérez, Juan.

Casanova Aguado, María José.

Castellano Cuesta, María del Rosario.

Castilla Valverde, Natalia.

Castillo García, David.

Castillo Muñoz, María Teresa.

Castro Román, Juana.

Castro Vílchez, Maravillas.

Caviedes Formento, José Antonio.

Cenit Melgar, Manuela.

Cerezo Campos, Andrés.

Cerezo Lomas, Francisco.

Cerván Ravira, Ana.

Chaves Periñán, Dolores.

Clemente Fernández, Dionisio.

Clemente Ramos, María Angeles.

Cobo Martínez, Antonia.

Cobos Lorente, María Isabel.

Comesaña Caballero, Elena.

Compán Luque, Concepción.

Conejo Postigo, Teresa.

Copado Lavela, Pedro Jesús.

Córdoba Pascual, Francisca.

Coveñas Arenas, María Angeles.

Cremades Ramírez, Inmaculada.

Cruz Cobos, José Antonio.

Cruz López, Encarnación.

Cruz Marín, Isaías.

Cuadrado Sáez, Francisca.

Cubillas Nieto, Esperanza.

Cuesta Fernández, Alberto.

Cuesta Fernández, José.

Cuevas Ballesteros, Dolores.

Curado Escoz, Nicolás.

Delgado Cáceres, Asunción.

Delgado Cáceres, María Belén.

Delgado Corredera, María José.

Delgado Viruet, María Esther.

Díaz de Castro, Cristina.

Díaz Rodríguez, Domingo.

Díaz Romero, Manuela.

Díaz Rubio, Elena.

Díaz-Albo Romero, María Magdalena.

Domenech Navarro, María del Carmen.

Domingo Alvaro, Carlos.

Domingo Sánchez, Francisca.

Domínguez Agudelo, José Ramón.

Domínguez Rial, Estrella.

Domínguez Rodríguez, José Juan.

Donaire Ariza, Eva María.

Donaire Garcés, José.

Dueñas Fernández, Salud.

Ebreo Suárez, Francisco.

Escabias Gala, María Gregoria.

Escobar Cardenete, María Amor.

Escobar Moreno, María Dolores.

Escobero Rodríguez, José Manuel.

Espadafor Mas, Encarnación.

España Olmedo, Magdalena.

Espina García, Matilde.

Espinosa Cruzado, José.

Espinosa de los Monteros Vallejo, José Manuel.

Estévez Cuenca, Francisca.

Farfán Guillén, Ana.

Fargas Soriano, José.

Felipe Alonso, Antonio.

Fernández Alonso, María Isabel.

Fernández Alvarez, Ana María.

Fernández Arias, María Teresa.

Fernández Gómez, Concepción Inmaculada.

Fernández Huete, Virtudes.

Fernández Jiménez, Ginés.

Fernández Jiménez, Inmaculada.

Fernández Lozano, Victoria.

Fernández Mayo, Soledad.

Fernández Muñoz, Elisa.

Fernández Ortega, María Mercedes.

Fernández Ortiz, María Dolores.

Fernández Ponce de León, María Angeles.

Fernández Recio, Leocadio.

Fernández Rodríguez, Miguel Angel.

Fernández Rodríguez, Remedios.

Fernández Villanueva, Isabel.

Fernández Viola, Manuel.

Fiestas Jiménez, Isabel.

Figueras Cañadas, Sebastián Joaquín.

Flores Cueto, Blanca del Pilar.

Flores Girón, Manuel.

Franco Morales, María de las Mercedes.

Fuentes Rodríguez, María Josefa.

Galera Sánchez, María.

Galindo Maxiá, María Teresa.

Gallardo Gálvez, Lina María.

Gallardo Ginés, María Francisca.

Gallardo Lozano, Francisco.

Gallego Pinilla, María Isabel.

Gálvez José, Carmen.

Gálvez Mendoza, Justina.

García Casado, Rafael.

García Castañeda, Rafaela.

García Córdoba, María del Carmen.

García Díaz, Josefina.

García Donaire, Ana María.

García González, Ana.

García Jiménez, Nieves.

García López, María Angustias.

García Marcet, María Victoria.

García Pascual, Francisco R.

García Piñero, María Isabel.

García Pulido, Ana.

García Ramírez, María del Carmen.

García Raposo, Rafael.

García Raya, Inmaculada.

García Recalde, María del Mar.

García Reguero, Francisco de Paula.

García Toribio, Juan.

García Vargas, José A.

Garmendía Gil, Carmen.

Garramiola García, María Dolores.

Garrido Goicoechea, Teresa.

Garrido Rodríguez, Magdalena.

Gijón Muñoz, Lucía.

Gijón Riego, María José.

Gil González, Manuel.

Gil Martínez, Carmen María.

Giraldo Vargas, Lourdes.

Godino Moreno, Josefa.

Gómez Castro, María del Carmen.

Gómez Jerez, José Luis.

Gómez Lozano, Vicente.

Gómez Morillas, Juana.

Gómez Reina, Amalia.

Gómez Rodríguez, Pilar.

Gómez Romero, Enrique.

González Alba, Ana María.

González Castro, Ana María.

González García, María Gema.

González Gil, María Teresa.

González Izquierdo, Angel.

González Jiménez, Germán.

González Jiménez, Manuel.

González Lucas, María de la Soledad.

González Morilla, María del Pilar.

González Peñalver, Antonio.

González del Río, Angela Felisa.

González Vázquez, María Teresa.

González Zafra, Tiburcio.

Gonzálvez Salas, María Josefa.

Gracia Cobos, Juan Andrés de.

Grande Rojas, Antonio.

Granero Martín, Ricardo C.

Guerrero Martínez, María.

Guerrero de la Torre, Enrique.

Guerrero Torres, Blanca.

Guillén Orellana, Juan Luis.

Guirao García, Francisco.

Guirado Luque, Juan.

Gutiérrez Amate, Francisco.

Gutiérrez Martínez, Juan Pablo.

Gutiérrez de las Mulas, María de los Dolores.

Guzmán López, Francisco.

Henares Ruiz, Carmen.

Heras González, Rosa María de las.

Hermoso López, Emilia.

Hernández Fernández, Antonio.

Hernández Fraile, Alicia.

Hernández González, Agustín.

Hernández Guerrero, María Teresa.

Hernández Montejo, Miguel.

Hernández Páez, Concepción.

Hernández Pérez, Lourdes.

Hernando Soto, Ana Jesús.

Herrera Herrera, María.

Herrera Martínez, Francisco José.

Herrera Martos, María Concepción.

Herrero Medina, Delia.

Herruzo Alamo, María del Pilar.

Hervás Planet, Francisco.

Hidalgo Arroyo, Nicasio.

Hidalgo García, María del Carmen.

Hidalgo Muñoz, Isabel.

Hidalgo Ortega, J. Ramón.

Hidalgo Ruiz, Elisa.

Holgado Castaño, Josefa.

Holgado Navas, Francisca.

Huertas Ortiz, Carmen.

Hurtado Gómez, Francisca.

Igual Luengo, Valentín.

Jaime Pérez, Juan.

Jiménez Abarca, Celia.

Jiménez Jiménez, Mercedes.

Jiménez Lara, Carmen.

Jiménez López, Manuel Antonio.

Jiménez Padilla, Silvia.

Jiménez Pérez, Antonio.

Jiménez Pérez, Carmen.

Jiménez Pinto, Juan Antonio.

Jiménez Trescastro, Ascensión.

Jiménez Vargas, Angeles.

Jorreto Hernández, Sara.

Julián Romero, Rosa María.

Jurado García, Jacinto.

Jurado Quiralte, Manuel.

Jurado Romero, María del Pilar.

Justicia Gil, Juan Carlos.

Lara Martín-Portugués, Antonia.

Lara Moreno, María José.

Lara Palma, María Victoria.

Latorre García, Juana.

Leiva Mota, María José.

Linares Sánchez, Gador.

Lisbona Pastor, Juan M.

López Chaparrós, Manuel.

López Chirosa, Joaquín.

López García, María Inmaculada.

López Garrido, María Luisa.

López Herrera, María del Rosario.

López Jiménez, María Isabel.

López León, Ramón.

López López, Ascensión.

López López, Felipe.

López López, Inmaculada.

López Martínez, Manuel.

López Medina, Blas.

López Nevot, María.

López Prados, Clara.

López Rojas, Carmen.

López Sánchez, Francisca.

López-Gay Lucio-Villegas, Francisco Javier.

Lara Corento, José.

Lores Fort, María del Carmen.

Lozano Díaz, Antonia María.

Lozano López, Pilar.

Lozano del Real, Andrés.

Lumbreras Vicente, Pilar.

Luque Benítez, Inmaculada.

Luque Montalbán, Miguel.

Luque Torres, Juan Francisco.

Machuca Castro, Carmen.

Macias Gamarrón, Isabel.

Maldonado Naranjo, María del Carmen.

Mansilla Reyes, María Isabel.

Manzano Hidalgo, Antonio.

Marín Díaz, Rosa María.

Marín Luque, Gloria.

Marín Sánchez, María Luisa.

Maroto Aibar, Antonio J.

Márquez Moreno, José Manuel.

Márquez Rodríguez, Sebastián.

Márquez Tena, Rafaela.

Marruecos Cruz, María del Carmen.

Martín Aguilar, Aurora.

Martín Bernal, María del Pilar.

Martín Casado, Manuel.

Martín Domínguez, Antonia.

Martín García, Inmaculada.

Martín García, Emilia Juana.

Martín Gijón, Manuel.

Martín Lupiáñez, María Isabel.

Martín Martín, Roberto.

Martín Martínez, Mercedes.

Martínez Berbel, María Angeles.

Martínez Heredero, Antonio.

Martínez López, Miguel.

Martínez Martínez, Antonio.

Martínez Martínez, Alicia.

Martínez Meléndez, Juan de la Cruz.

Martínez Olivares, María Concepción.

Martínez Peinado, Manuel Tito.

Martínez Sánchez, Piedad.

Martínez Serrano, Miguel Angel.

Martínez Vílchez, Matilde Elisa.

Martos Delgado, María Paz.

Matas Caballero, María Josefa.

Matilla Alvarez, Pedro.

Mayo Escudero, Juan.

Mayor Climent, Salvadora.

Mayorga Fernández, María Isabel.

Medina de la Cruz, María de los Angeles.

Medina Reyes, María del Mar.

Melara Bautista, María Teresa.

Melgarejo Millán, Carmelo.

Mendoza García, Concepción.

Merino Marbán, María Elena.

Mesa de la Torre, Juana.

Mezcua Fernández, Elena.

Mihi Puertas, Gregoria.

Mingorance Martín, Esperanza.

Mira Sirvent, Manuela.

Miranda García, Isabel María.

Misas Gento, Rafael Alfonso.

Molina Dorador, Pedro.

Molina Gámez, Salvador.

Molina Ruiz, Antonio.

Molinero Merchán, Juan Andrés.

Montenegro Cuevas, Mariana.

Montilla Martín, José.

Montosa Sánchez, María José.

Moral Molina, María Concepción.

Moraleda Díaz, María del Pilar.

Morales Jiménez, Daniel.

Morales Morales, Teresa.

Morales Navarro, José Antonio.

Morales Puertas, Manuel.

Morán López-Alonso, Gloria.

Moreira Acuña, Manuel Alfonso.

Moreno Bello, Mariano.

Moreno Casco, Inmaculada.

Moreno Castillo, Margarita.

Moreno Herrera, Ana María.

Moreno Martínez, José Luis.

Moreno Martos, Francisco.

Moreno Mozo, Publia.

Moreno Pérez, Inmaculada.

Moreno Velasco, Eva María.

Moro Delgado, Ana María.

Motos Díaz, Manuel.

Moya González, María del Pilar.

Moya Ortiz, Enrique.

Moya Sánchez, María José.

Moya Santana, Ana María.

Mudarra Hidalgo, Conrada.

Muñoz Fernández, Pedro Jesús.

Muñoz Martín, Francisca.

Muñoz Merino, María Mercedes.

Muñoz Millán, María José.

Muñoz Mora, Francisco.

Muñoz Reina, Francisco Manuel.

Muñoz Río, Abelardo.

Muriel Brillo, Antonia María.

Najas Rodríguez, Feliciana C.

Nanclares Sánchez, María Victoria.

Narváez Romero, Pilar.

Navajas Caballero, Antonio.

Navajas Nieto, Isabel.

Navarrete Morales, Gerardo.

Navarro Conde, Asunción.

Navarro Guevara, Antonio.

Navarro Guzmán, Carmen Eugenia.

Navas Sánchez, Carmen.

Nebro López, Joaquín.

Nieto Brea, Ana María.

Nieto Horrillo, Isabel.

Nieto Nieto, María.

Nieto Pedrero, Cándido.

Nieto Robles, María Teresa.

Núñez Castilla, Alicia.

Nuño Ruiz, Adoración.

Ocete Alcalde, María del Carmen.

Ojeda Díaz, José.

Oliva Ocaña, Francisca.

Ordax Carnero, María del Mar.

Ortega García, José Nicasio.

Ortega Herrera, Serafín.

Ortega Martín, María Teresa.

Osorio Osorio, Honorino José.

Padilla González, Lisardo.

Palomino Ortega, Isabel.

Palomo Guerrero, José María.

Pancorbo Martos, Montserrat.

Parra Parra, Josefa.

Parra Rivilla, María del Carmen.

Pastor Millán, José Juan.

Pastor Sánchez, Elena Araceli.

Peña Girón, María Dolores.

Perea López, Miguel Angel.

Pereles Román, Antonio.

Pérez Cuadrado, Dolores.

Pérez Díaz, Ana Luisa.

Pérez Gámez, Gerarda.

Pérez Garrido, Angustias.

Pérez Guantes, Margarita.

Pérez López, Rosario.

Pérez Martín, Alberto.

Pérez Romera, Carmen.

Pérez Valderrama, Ana María.

Pineda Bohórquez, Juan.

Pinillos Salido, Ana.

Platero Ortega, María del Pilar.

Plaza Carrascosa, José Alberto.

Pleguezuelo Jerez, María Dolores.

Ponce Iglesias, María Amapola.

Porras Pavón, Rafael.

Porras Pérez, Emilia.

Potables Muradas, Antonio.

Porto López, Néstor.

Prada Grosso, Arturo.

Pulido Pérez, Juana.

Quero Herrador, María de la Cabeza.

Quesada Quesada, José Carlos.

Quijano Sánchez, María Luisa.

Quintana Luque, Ana.

Quintino Varo, Juana.

Ramírez Jiménez, Manuel.

Ramírez Mora, José.

Ramírez Ortiz, Susana.

Ramírez Pérez, María Soledad.

Ramírez Téllez, María Celia.

Ramos Serrano, Angela.

Raya Medina, Antonia.

Recio Romero, Higinio.

Recio Sanz, María Francisca.

Recuerda Jalón, Concepción.

Regalado Cristóbal, Juan Antonio.

Revelles Martínez, Antonio.

Reyes Barrera, Rafael.

Reyes Herrera, Inmaculada.

Ríos Montero, Benilde.

Riquelme Gómez, María del Carmen.

Riscos Algarra, María del Pilar.

Rivera Sánchez, Carmen Ana.

Rodríguez Díaz, Juan Antonio.

Rodríguez Fernández, Consuelo.

Rodríguez Fernández, María Jesús.

Rodríguez López, Celia María.

Rodríguez Marcos, Angel.

Rodríguez Martínez, Amelia.

Rodríguez Muñoz, Leocadio.

Rodríguez Padilla, Juan Antonio.

Rodríguez Peña, María Teresa.

Rodríguez Rodríguez, Guadalupe.

Rodríguez Rodríguez, María Cruz.

Rodríguez de Zuloaga Montesino, María del Carmen.

Rojas Hita, Isabel de Gracia.

Rojas López, Alfonso F.

Rojo Lara, Gerardo.

Roldán Moral, María Sierra.

Roldán Ruiz, Gema.

Román Cantero, María Antonia.

Román García, Rosalia.

Román Valverde, María Angeles.

Romasanta Pavón, María del Mar.

Romero Fernández, María Luisa.

Romero Ferre, Miguel Angel.

Romero García, Manuel Angel.

Romero Murillo, José A.

Romero Ramírez, Juana María.

Romero Vizoso, Fátima.

Rominguera Urenda, Francisco.

Romo Peláez, Remedios.

Rubia Sánchez, María Isabel.

Rubiales Olmedo, José.

Rubio Cortés, Fernando.

Rubio Lara, Modesta.

Rubio Pinalla, María Josefa.

Rubio Solomando, Fermín.

Rueda Sánchez, Felicidad.

Ruiz Calzado, Manuela.

Ruiz Castilla, María José.

Ruiz García, Jesús.

Ruiz Guerrero, Rafael.

Ruiz Márquez, Antonia Yolanda.

Ruiz Muñoz, Natividad.

Ruiz Porras, Josefa.

Ruiz Rivillas, Rosa María.

Ruz Amigo, María Piedad.

Saavedra Salas, Horacio.

Sáez Camacho, Juan Luis.

Sainz Ros, Mercedes.

Salguero García, María Dolores.

Salmerón Sánchez, José.

Sánchez Bueno, Josefa.

Sánchez Díaz, Andrés.

Sánchez Escutia, José Manuel.

Sánchez Estepa, Ramón.

Sánchez Fernández-Pintado, Marta.

Sánchez Gálvez, Guadalupe.

Sánchez Hitos, María Teresa.

Sánchez López, Manuela.

Sánchez Menéndez, María Luisa.

Sánchez Roda, María Dolores.

Sánchez Rodríguez, Francisca.

Sánchez Rodríguez, Francisco.

Sánchez Tejero, José Félix.

Sánchez-Matamoros de Mora, María del Carmen.

Santaolalla Tore, María Dolores.

Santiago Berdugo, Encarnación.

Santiago Berdugo, María Joaquina.

Santiago Fernández, Amparo.

Santiago Fernández, María Mercedes.

Santos Caro, José.

Sentis Bravo, Antonia.

Sequero Fernández, José Antonio.

Serrano Alférez, Pilar.

Serrano Alvarez, Salvadora.

Serrano Corpas, María del Carmen.

Serrano González, María del Rosario.

Serrano Poyatos, José Antonio.

Sevilla Jiménez, María del Carmen.

Sierra Castaño, María del Carmen.

Simón Torres, Ana.

Sivianes Serrano, María Reyes.

Soria Rodríguez, María José.

Soriano Lázaro, Antonia.

Soriano Vicaria, Ana María.

Suárez Rivera, Rafael.

Tejada Ocaña, Juan.

Tejada Punta, Dolores.

Tejera Picossi, Cristina.

Teruel Botella, Antonio.

Tirado Conde, Antonio.

Toro Soriano, Francisca.

Torregrosa Martínez, Victoriano.

Torrejón González, Francisco Javier.

Torres Cañabate, Celestina.

Torres García, Irene.

Toscano Barroso, Trinidad.

Trenas Pulido, María Dolores.

Trigo Delgado, Antonio José.

Trujillo Liñán, Isabel.

Ubeda Murcia, María del Carmen.

Urbano Bernal, Antoni Miguel.

Urbano Bernal, Francisca Aurora.

Urdiales Castán, Elena.

Ureña Domingo, Josefa.

Uria Castillo, María Jesús.

Uroz Muñoz, Eva María.

Utsera Cárdeñas, Pablo.

Valcárce Saiz, Andrés.

Valdés Consentino, Rosa.

Valero Delgado, Rafael.

Valero Delgado, Rosa María.

Valiente Fuentes, Andrea.

Valverde Jiménez, Concepción.

Vargas Lirio, Inmaculada.

Vargas Martos, María del Carmen.

Vázquez Domínguez, Aurora.

Vega Torres, María del Consuelo de la.

Veiga Barranco, Manuel Angel.

Velasco Carrillo, Jesús.

Vélez González, Enrique.

Vera López, María José.

Vera Olivares, María del Mar.

Vera Tome, Francisca.

Vergara Pelayo, Pedro Manuel.

Vico Parra, Ana.

Viera Chacón, María del Pilar.

Vigo Torres, Francisco Manuel.

Villaespesa Ruiz, Yolanda.

Villena Molina, Carmen.

Zambrano Barrero, Cristina.

Zamorano Ojuel, Armando.

Zorro Sánchez, Antonio.

Zurdo San Segundo, Jesús.

Zurita Cabello, Ana María.

Zurita León, María Montserrat.

Zurita Sánchez, Juan María.

ANEXO V

Fuera de plazo

Acuyo Fernández, Inmaculada.

Díaz Ballesteros, José.

Domínguez Rial, Estrella.

Duarte López, Antonio.

Fernández Porras, María del Carmen.

Gallego Milla, María.

Herrera Núñez, José.

Huertas Morales, Herminia.

Llorente Gómez, Andrés.

López Carpio, María del Carmen.

María Carmona, Mercedes.

Martínez Martínez, María del Carmen.

Ochando Almazán, Lucía.

Quevedo Galindo, Angeles María.

Rodríguez Rodríguez, Manuel.

Rojas Heredia, Manuel.

Torres Gutiérrez, Aurea.

Villén Martínez, Abelardo.

(RELACION OMITIDA)

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