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Documento BOE-A-1995-16887

Resolución de 15 de junio de 1995, de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, dictada en el recurso número 3/1.452/1993, interpuesto por el Procurador don Tomás Alonso Ballesteros, en nombre y representación de don Ángel Martínez Hidalgo.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 12 de julio de 1995, páginas 21488 a 21488 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-16887

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional el recurso número 3/1.452/1993, interpuesto por el Procurador don Tomás Alonso Ballesteros, en nombre y representación de don Angel Martínez Hidalgo, contra Resolución de 2 de junio de 1991 del Secretario general de Asuntos Penitenciarios, dictada por delegación del Ministro de Justicia, que impuso al recurrente la sanción de un año de suspensión de funciones, ha dictado Sentencia de 28 de marzo de 1995, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos:

Primero.-Que estimamos parcialmente el presente recurso número 3/1.452/1993, interpuesto por la representación de don Angel Martínez Hidalgo, contra las Resoluciones del Ministerio de Justicia de 2 de julio de 1991, y desestimatoria presunta por silencio administrativo, ésta en reposición, descritas en el primero de los antecedentes de hecho, por considerarlas no ajustadas al ordenamiento jurídico, declarando su revocación, y dejando sin efecto la sanción disciplinaria de suspensión de empleo y sueldo durante un año, que le fue impuesta al recurrente en aquellas Resoluciones, que queda sustituida por la sanción de apercibimiento por la comisión de una falta leve.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, esta Secretaría de Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 15 de junio de 1995.-La Secretaria de Estado de Asuntos Penitenciarios, Paz Fernández Felgueroso.

Ilmo. Sr. Subdirector general de personal.

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