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Documento BOE-A-1995-17154

Resolución de 13 de julio de 1995, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la inclusión en la central de Anotaciones de dos emisiones de bonos de la entidad financiera Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 1995, páginas 21710 a 21710 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-17154

TEXTO ORIGINAL

La Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que desarrolla el Mercado de la Deuda Pública en Anotaciones establece en su artículo 55 que las Comunidades Autónomas y otras entidades y sociedades públicas podrán negociar en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones aquellas categorías de valores que emitan bajo esa forma de representación.

El Real Decreto 1009/1991, de 21 de junio, que regula la adquisición y pérdida de la condición de miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, establece en su disposición adicional segunda el procedimiento para aplicar lo previsto en el artículo 55 de la Ley citada.

En su virtud, previo informe favorable del Banco de España, y haciendo uso de las facultades que se me confieren en la Orden de 6 de julio de 1993, he resuelto autorizar la negociación en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones de dos emisiones de bonos del Instituto de Crédito Oficial (ICO), para 1995, cuyas características básicas son:

Denominación: Bonos ICO julio 1995 «A».

Bonos ICO julio 1995 «B».

Importe: 6.000.000.000 de pesetas para la serie «A» y 9.000.000.000 de pesetas para la serie «B».

Instrumentación: Bonos simples.

Precio de la emisión: El 100 por 100 y el 98,85 por 100 de su valor nominal para las series «A» y «B», respectivamente, libres de gastos para el suscriptor.

Nominal unitario: 25.000.000 de pesetas.

Fecha de emisión: 17 de julio de 1995.

Amortización: Ambas el 1 de julio de 1998.

Tipo de interés: Será variable, semestralmente, en función del tipo de referencia, que, para estas emisiones, será el tipo de interés publicado en la pantalla «MBOR», de Reuters, para el depósito interbancario a seis meses, el día hábil anterior, a las diez quince horas, al comienzo del período de devengo de intereses, incrementado en un 0,06 por 100.

Existirá un primer cupón irregular a pagar el 31 de diciembre de 1995, correspondiente al plazo transcurrido entre la fecha de puesta en circulación y la de inicio de devengo del primer cupón completo, calculado en base trescientos sesenta días y con tipo de referencia el señalado anteriormente el día hábil anterior a su puesta en circulación.

No obstante, la rentabilidad variable expresada anteriormente quedará limitada para la serie «B» a un tipo máximo del 11,56 por 100 cuando el tipo de referencia sea igual o superior al 11,50 por 100.

Pago de intereses: Se pagarán por semestres vencidos los días 1 de julio y 31 de diciembre de cada año hasta su vencimiento, por los días efectivamente transcurridos y en base a un año de trescientos sesenta días.

Materialización: Exclusivamente en anotaciones en cuenta.

Código valor: Serie «A»: 3001300872.

Código valor: Serie «B»: 3001300952.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de julio de 1995.-El Director general, Manuel Conthe Gutiérrez.

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