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Documento BOE-A-1995-17166

Orden de 20 de junio de 1995 sobre renuncia de los permisos de investigación de hidrocarburos, denominados «Estella Sur» y «Estella Oeste».

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 1995, páginas 21733 a 21733 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-17166

TEXTO ORIGINAL

Los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Estella Sur» y «Estella Oeste», situados en la zona A, provincias de Alava, Navarra y Guipúzcoa, fueron otorgados por Real Decreto 600/1990, de 11 de mayo («Boletín Oficial del Estado» del 17) a las sociedades «Teredo Oils Limited», «Holland Sea Search III B. V.», «Monument Resources Limited» y «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima». Después de diversas cesiones, la actual titularidad es:

«Teredo Oils Limited», primera sucursal en España, 50 por 100.

«Monument Resources Limited», sucursal en España, 30 por 100.

«Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima», 20 por 100.

Las compañías titulares han solicitado la renuncia de los permisos anteriormente citados.

Tramitado el expediente de renucia de los permisos mencionados por la Dirección General de la Energía, dispongo:

Primero.-Se declaran extinguidos, por renuncia de sus titulares, al final del cuarto año de vigencia, los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Estella Sur» y «Estella Oeste», cuyas superficies vienen delimitadas en el Real Decreto 600/1990, de 11 de mayo, de otorgamiento de los mismos.

Segundo.-De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 21/1974, de 27 de junio, y el Reglamento que la desarrolla, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, las áreas extinguidas de los permisos citados en el punto primero anterior revierten al Estado y adquirirán la condición de francas y registrables a los seis meses de la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», si el Estado no hubiera ejercido antes la facultad que le confiere el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento vigente, de asumir su investigación por sí mismo o sacar su adjudicación a concurso.

Tercero.-Devolver las garantías presentadas para responder del cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley 21/1974, de 27 de junio, y del Real Decreto de otorgamiento de los permisos «Estella Sur» y «Estella Oeste».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 20 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 30 de mayo de 1991), el Secretario general de la Energía y Recursos Minerales, Alberto Lafuente Félez.

Ilma. Sra. Directora general de la Energía.

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