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Documento BOE-A-1995-17753

Resolución de 21 de julio de 1995, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la inclusión en la Central de Anotaciones de una emisión de bonos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 1995, páginas 22664 a 22664 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-17753

TEXTO ORIGINAL

La Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que desarrolla el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, establece en su artículo 55 que las Comunidades Autónomas podrán negociar en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones aquellas categorías de valores que emitan bajo esa forma de representación.

El Real Decreto 1009/1991, de 21 de junio, que regula la adquisición y pérdida de la condición de miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, establece en su disposición adicional segunda el procedimiento para aplicar lo previsto en el artículo 55 de la Ley citada.

En su virtud, previo informe favorable del Banco de España y haciendo uso de las facultades que se me confieren en la Orden de 6 de julio de 1993, he resuelto:

Autorizar la negociación en el Mercado de la Deuda Pública en Anotaciones de una emisión de bonos de la Comunidad Autónoma de Galicia, cuyas características básicas se resumen a continuación:

Denominación: Bonos de la Junta de Galicia.

Nominal de la emisión: La emisión se efectuará por un importe global de 21.000.000.000 de pesetas; 10.000.000.000 para la serie A y 11.000.000.000 para la serie B.

Instrumentación: Bonos simples al portador.

Precio de la emisión: A la par, libre de gastos para el suscriptor.

Nominal unitario: 100.000 pesetas.

Fecha de emisión: 26 de julio de 1995.

Amortización: A la par. Serie A: 26 de julio de 1998. Serie B: 26 de julio de 1999.

Tipo de interés: Fijo, al 11,15 por 100 anual para la serie A y al 11,30 por 100 anual para la serie B.

Pago de intereses: Por anualidades vencidas el 26 de julio de cada año, hasta la fecha de amortización, siendo el primero a pagar por su importe completo en 1996.

Materialización: Exclusivamente en anotaciones en cuenta.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de julio de 1995.-El Director general, Manuel Conthe Gutiérrez.

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