Visto el expediente de indulto de don Miguel Angel Díaz Román, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado Penal número 3 de Huelva, en sentencia de fecha 26 de junio de 1991, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de dos meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el 21 de mayo de 1989, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de junio de 1995,
Vengo en conmutar a don Miguel Angel Díaz Román la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por multa de 50.000 pesetas, a condición de que abone la misma en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 3 de julio de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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