Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso número 356/1993, interpuesto por don Francisco Moreno García, contra Resolución de 20 de agosto de 1992, del Director general de Adminsitración Penitenciaria, por la que se desestimaba su pretensión de que le fueran concedidos quince días no disfrutados en concepto de plazo posesorio al establecimiento penitenciario de Madrid-II, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia de 7 de abril de 1995, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Moreno García, contra el acto de la Secretaría General de Asuntos Penitenciarios de 20 de agosto de 1992, que le denegó la concesión de quince días no disfrutados en concepto de plazo posesorio, declaramos tal acto conforme a derecho y absolvemos a la Administración de los pedimentos de la demanda; sin condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 3 de julio de 1995.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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