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Documento BOE-A-1995-18234

Orden de 6 de julio de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contencioso-adjninistrativo número 507/1993, promovido por doña María Paz Collado Barrera.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 1995, páginas 23005 a 23006 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-18234

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia, con fecha 23 de febrero de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 507/1993, en el que son partes, de una, como demandante, doña María Paz Collado Barrera, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 10 de junio de 1993, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 15 de febrero de 1993, sobre baja en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Paz Collado Barrera contra la Resolución que recoge el primero de los antecedentes de hecho de esta sentencia, las que anulamos por contrarias al ordenamiento jurídico y declaramos el derecho del actor a conservar el régimen especial de los Funcionarios Civiles del Estado sin solución de continuidad y con todos los derechos derivados de tal declaración, condenando a la Administración demandada a reponer a dicho recurrente en aquella situación con la satisfacción de las cantidades que resulten en ejecución de sentencia conforme a las bases sentadas en el cuarto de los fundamentos de derecho de ésta. Sin costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumpliminto en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 6 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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