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Documento BOE-A-1995-18241

Orden de 3 de julio de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el recurso contencioso-administrativo número 650/1991, interpuesto contra este Departamento por don César Rafael Vasco Martínez.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 1995, páginas 23007 a 23007 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1995-18241

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 24 de abril de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Primera), en el recurso contencioso-administrativo número 650/1991, promovido por don César Rafael Vasco Martínez, contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de reposición formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don César Rafael Vasco Martínez, contra la resolución de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo de fecha 8 de marzo de 1991, en cuanto vino a confirmar en reposición la resolución de 17 de julio de 1990, por la que se le impuso la sanción de quince días de suspensión de empleo y sueldo por la comisión de una falta grave tipificada en el artículo 66.3, h), del Estatuto Jurídico del Personal Médico de la Seguridad Social; sin hacer imposición de costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 3 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.

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