Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-18661

Resolución de 21 de julio de 1995, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario de don Eloy Espino Sanz.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 1995, páginas 24111 a 24111 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-18661

TEXTO ORIGINAL

La Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado sentencia de 8 de abril de 1989, en cuyo fallo se condena a don Eloy Espino Sanz, como autor de un delito de falsedad a la pena de seis años y un día de prisión mayor y 50.000 pesetas de multa, y como autor de otro delito de apropiación indebida a la pena de tres meses de arresto mayor e inhabilitación especial por seis años y un día.

Interpuesto recurso de casación por infracción de la Ley por el Ministerio Fiscal, el Tribunal Supremo dicta sentencia de 27 de abril de 1993 en la que casa y anula la sentencia de la Audiencia Provincial, y en segunda sentencia de la misma fecha eleva la pena impuesta por el delito de apropiación indebida a cinco meses de arresto mayor, dando por reproducido el resto del fallo de la sentencia de instancia.

Como consecuencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 37.1.d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de febrero de 1964 y en el artículo 35.1 del Código Penal, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación especial,

Esta Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas, acuerda declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Eloy Espino Sanz, funcionario del Cuerpo de Gestión de la Hacienda Pública, especialidad de Gestión Aduanera, destinado en la Delegación de la Agencia Tributaria de Sevilla.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, previa comunicación a este órgano, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación ante la Audiencia Nacional.

Lo que le comunico para su conocimiento y notificación al interesado, quien deberá diligenciar el «recibí» en uno de los dos ejemplares de la presente Resolución, que posteriormente se remitirá a este Departamento para poder extender el documento de anotación en el Registro Central de Personal, dado que la fecha de efectos de pérdida de la condición de funcionario es la de la notificación de la presente Resolución.

Madrid, 21 de julio de 1995.-El Presidente, Enrique Martínez Robles.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid