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Documento BOE-A-1995-18730

Orden de 10 de julio de 1995 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 1.408/1992, interpuesto por don Julio de Mateo Navarro.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 1995, páginas 24207 a 24207 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1995-18730

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 15 de febrero de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo numero 1.408/1992, promovido por don Julio de Mateo Navarro, sobre jubilación forzosa; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos:

Primero.-Que admitiendo la causa invocada, debemos declarar y declaramos la inadmisión -por inexistencia de acto impugnable- del presente recurso contencioso-administrativo 03/1.408/1992, interpuesto por don Julio de Mateo Navarro, contra la Resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación descrita en el primer fundamento de Derecho, que se confirma en su integridad por ajustarse al ordenamiento jurídico.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 10 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Servicios.

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