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Documento BOE-A-1995-18760

Resolución de 14 de julio de 1995, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad a la addenda 1995 al Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Valenciano de la mujer sobre estancias de tiempo libre para mujeres con hijas e hijos a su cargo, exclusivamente.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 1995, páginas 24234 a 24235 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-18760

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 19 de junio de 1995 una Addenda al Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Valenciano de la Mujer sobre estancias de tiempo libre para mujeres con hijas e hijos a su cargo, exclusivamente, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Addenda que figura como anexo a la presente Resolución.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 14 de julio de 1995.-El Subsecretario, Javier Valero Iglesias.

ADDENDA 1995 AL CONVENIO DE COLABORACION SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO DE LA MUJER Y EL INSTITUTO VALENCIANO DE LA MUJER

SE REUNEN

De una parte: Doña Marina Subirats Martori, Directora general del organismo autónomo Instituto de la Mujer (Ministerio de Asuntos Sociales), nombrada por Real Decreto 1549/1993, de 3 de septiembre.

Y de otra: Doña Pilar Pedraza Martínez, Consejera de Cultura de la Generalidad Valenciana, nombrada por Decreto 16/1993, de 12 de julio, del Presidente de la Generalitat Valenciana, en relación con el Decreto 20/1993, de 12 de julio, por el que se le asigna la titularidad de la Consejería de Cultura.

Ambas partes, en la representación que ostentan, tienen y se reconocen mutuamente capacidad legal para el otorgamiento de la presente Addenda, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

Que el Instituto de la Mujer y la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana, como organismos competentes en materia de políticas para las mujeres, el día 9 de julio de 1990 suscribieron un Convenio para llevar a cabo conjuntamente programas y actuaciones dirigidas a las mujeres.

Por Ley 5/1992, de 30 de junio, de la Generalidad Valenciana, se creó el Instituto Valenciano de la Mujer, como organismo autónomo de carácter administrativo, siendo suprimido por Ley 6/1993, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Generalitat Valenciana, y ordenando a su vez su integración en la Consejería de Cultura como Dirección General. Mediante Decreto 35/1994, de 21 de febrero, del Gobierno Valenciano, se estableció el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consejería de Cultura, configurando al Instituto Valenciano de la Mujer, en su artículo 21, como centro directivo al que corresponde, bajo la superior dirección del Consejero de la Consejería, «elaborar, promover y ejecutar las medidas para hacer efectivo el principio de igualdad del hombre y de la mujer en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social de la Comunidad Valenciana».

En base a lo referido, ambas partes suscriben esta Addenda conforme a las siguientes,

CLAUSULAS

Primera.-Dentro del marco normativo regulado en el citado Convenio y de acuerdo con su cláusula segunda en virtud de la cual anualmente y mediante addenda se especificarán las actuaciones previstas y la aportación de recursos, ambas administraciones llevarán a cabo conjuntamente, en 1995, el programa siguiente: Estancias de tiempo libre para mujeres con hijas e hijos a su cargo, exclusivamente.

Este programa va dirigido a mujeres con hijas e hijos menores a su cargo, exclusivamente, en situación de precariedad económica y social, y se realizará durante la primera quincena del mes de julio de 1995, en una localidad costera.

Consistirá en la estancia durante diez días en régimen de pensión completa, con actividades complementarias, tanto para las madres como para sus hijas e hijos.

Procedimiento:

Serán funciones del Instituto de la Mujer:

Dictar la Resolución de convocatoria, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Contratar los servicios de alojamiento, manutención y póliza de seguro.

Dictar Resolución de adjudicación a propuesta del Instituto Valenciano de la Mujer.

Serán funciones de la Consejería de Cultura, a través del Instituto Valenciano de la Mujer:

Difundir la convocatoria.

Recibir las solicitudes.

Seleccionar a las personas asistentes, a través de la Comisión correspondiente, y elevar propuesta a la Directora general del Instituto de la Mujer.

El Instituto de la Mujer aportará la cantidad de 8.200.920 pesetas, en concepto de gastos de alojamiento, manutención y póliza de seguro, mediante un contrato de asistencia técnica que formalizará el Instituto de la Mujer.

La Consejería de Cultura, a través del Instituto Valenciano de la Mujer, contratará y correrá con los gastos de transporte por el traslado de las personas asistentes desde el lugar de procedencia al de destino y viceversa, material para actividades y el pago de las monitoras, hasta un importe máximo de 3.500.000 pesetas. Con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.323.10.228.80 de los presupuestos de la Generalitat Valenciana.

A las personas asistentes se les entregará diverso material divulgativo relacionado con el programa. Los gastos se estiman que ascenderán a 276.910 pesetas, de los cuales el Instituto de la Mujer aportará como máximo 52.660 pesetas y la Consejería de Cultura, a través del Instituto Valenciano de la Mujer aportará hasta un máximo de 224.250 pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.323.10.228.20 de los presupuestos de la Generalitat Valenciana para 1995. El Instituto de la Mujer contratará este servicio, y los importes que corresponde aportar serán abonados directamente por cada organismo a la empresa suministradora.

Todas las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer se imputarán con cargo a la aplicación 27.107.323B-226.10 del presupuesto de gastos del organissmo para 1995.

En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga del programa, deberá constar la colaboración de ambos organismos y figurar expresamente sus logotipos.

Segunda.-El seguimiento de este programa, tal y como contempla la cláusula cuarta del Convenio vigente, lo realizará la Comisión de Seguimiento.

Madrid, 19 de junio de 1995.-La Consejería de Cultura, Pilar Pedraza Martínez.-La Directora general del Instituto de la Mujer, Marina Subirats Martorí.

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