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Documento BOE-A-1995-18800

Resolución de 20 de julio de 1995, de la Dirección General de Personal y Servicios, por la que se hace pública la composición de la Comisión de Valoración que ha de juzgar los méritos del concurso de traslados convocado con fecha 28 de junio de 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 1995, páginas 24319 a 24319 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-18800

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la base 4 de la Orden de 28 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de julio), por la que se convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de función inspectora educativa por funcionarios del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y funcionarios docentes que se encuentren en el ejercicio de la función inspectora,

Esta Dirección General ha resuelto hacer pública la composición de la Comisión de Valoración que ha de juzgar los méritos establecidos en el baremo de puntuaciones.

La composición de la Comisión de Valoración es la siguiente:

Presidente: Don José Amador Crespo Redondo, Subdirector general del Servicio de Inspección Técnica de Educación.

Vocales titulares: Don Zacarías Ramo Teraver, Inspector de Educación en Madrid-Centro; don Antonio Trallero Gallego, Inspector de Educación en Huesca; don José Luis Orden Recio, Inspector de Educación en Zaragoza, y doña Nieves Fernández-Espartero García-Consuegra, Inspectora de Educación en Madrid-Centro.

Vocales suplentes: Don José Javier Crespo Berisa, Inspector de Educación en Madrid-Centro; doña Petra Lobera Criado, Inspectora de Educación en Asturias; doña Margarita Moñino García, Inspectora de Educación en Murcia y don Amador Muñoz Arroyo, Inspector de Educación en Salamanca.

Secretaria: Doña María José Martínez García, Consejera técnica de Formación de la Dirección General de Personal y Servicios.

Los miembros de la Comisión tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de locomoción en el caso de que tengan que desplazarse de su residencia oficial, quedando autorizados a utilizar cualesquiera de los medios de locomoción a los que se refiere el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

Madrid, 20 de julio de 1995.-El Director general, Gonzalo Junoy García de Viedma.

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