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Documento BOE-A-1995-18843

Orden de 12 de julio de 1995 por la que se anula la concesión del título de productor de semillas a distintas entidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 1995, páginas 24346 a 24347 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1995-18843

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de semillas y plantas de vivero; los artículos 7 y 8 del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero, así como las condiciones que se fijan en el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por Orden de 23 de mayo de 1986, y modificado por Ordenes de 26 de noviembre de 1986, de 16 de julio de 1990, 13 de julio de 1992 y 10 de octubre de 1994, el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Cereales de Fecundación Autógama, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Maíz, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Sorgo, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Oleaginosas, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas Forrajeras, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Remolacha, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986, y el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas, aprobado por orden de 1 de julio de 1986, respecto a la retirada de autorizaciones de Productor de Semillas, así como lo dispuesto en los diferentes Decretos de Transferencias en funciones a las Comunidades Autónomas relativo a los informes preceptivos, estudiadas las circunstancias que concurren en cada caso, y previo informe de las Comunidades Autónomas afectadas, he tenido a bien disponer:

Uno.-Por renuncia, se retira la concesión de los títulos de productor de semillas, a las entidades siguientes:

CALFENSA («Calizas y Fertilizantes del Noroeste, Sociedad Anónima»), de Lugo, de los títulos de productor-seleccionador de semilla de Maíz y Sorgo y de plantas forrajeras y pratenses.

«Cooperativa Nacional Agraria, UNACO, Sociedad Cooperativa Limitada», de Madrid, de los títulos de productor seleccionador de semilla de plantas oleaginosas y de plantas textiles.

«Semillas de la Mancha, Sociedad Anónima», de Albacete, del título de productor seleccionador de semilla de cereales.

«Shell España, Sociedad Anónima», de Madrid, del título de productor seleccionador de semilla de cereales.

Dos.-Por cese de actividad, se retira la concesión de los títulos de productor de semillas, a las entidades siguientes:

«Rústicas, Sociedad Anónima», de Madrid, de los títulos de productor seleccionador de semillas de maíz y sorgo y de plantas oleaginosas.

«Semillas Internacionales Selectas, Sociedad Anónima», de Madrid, del título de productor seleccionador de semilla de cereales.

«Compañía Española Productora de Algodón Nacional» (CEPANSA), de Córdoba, de los títulos de productor-seleccionador de semilla de plantas oleaginosas y de plantas textiles.

«Productos Oleaginosos Andaluces, Sociedad Anónima» (PROANSA), de Córdoba, del título de productor seleccionador de semilla de plantas oleaginosas.

«Dekalb Ibérica, Sociedad Anónima», de Madrid, de los títulos de productor de semilla de cereales, de maíz y sorgo y de plantas oleaginosas.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de julio de 1995.

ATIENZA SERNA

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